TEXTO PAGINA: 28
28 NORMAS LEGALES Jueves 11 de noviembre de 2021 El Peruano / En la jurisprudencia emitida por el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones 1.8. Ante la consunción de suplentes de la lista de la autoridad vacada, se instauró que, en el supuesto de que no haya su fi cientes candidatos, se incorpora a los integrantes de la otra lista, que deben ser los que siguen en el orden del cómputo de sufragio2. En el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones3 (en adelante, Reglamento) 1.9. Según el artículo 16, todas las partes de los procesos electorales y no electorales, jurisdiccionales o de índole administrativa, serán noti fi cadas únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas, por lo que se debe solicitar la apertura de estas. Así, en caso de que no la soliciten, se entenderán por noti fi cadas a través de su publicación en el portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones. SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO2.1. En la Sesión Extraordinaria de Concejo Nº 004- 2020-MDH, del 28 de setiembre de 2020, el Concejo Distrital de Huasicancha aprobó, por unanimidad, la vacancia del señor regidor por la causa prevista en el numeral 7 del artículo 22 de la LOM. Ante ello, el señor alcalde remitió a este Supremo Tribunal Electoral la documentación correspondiente, a fi n de que se deje sin efecto su credencial y se convoque al accesitario. 2.2. Para realizar dicha convocatoria corresponde que este organismo electoral veri fi que la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a lo prescrito en el artículo 23 de la LOM (ver SN 1.4.), y constatar si se cumplió con el debido proceso, observando las garantías y los derechos de la autoridad cuestionada. 2.3. Del análisis de los actuados, se veri fi ca que, el 23 de setiembre de 2020, la Municipalidad Distrital de Huasicancha convocó al señor regidor para la sesión extraordinaria de concejo, programada para el 28 de setiembre 2020, a horas 09:00 a.m., en la que se resolvería el pedido de vacancia. Dicha convocatoria fue diligenciada en el domicilio del señor regidor, y recibida, personalmente, por este, quien consignó su fi rma, número de DNI, así como la fecha y hora de recepción (ver SN 1.7.). 2.4. Sin embargo, del contenido del Acta de la Sesión Extraordinaria de Concejo Nº 004-2020-MDH, del 28 de setiembre de 2020, se advierte que el señor regidor no asistió. 2.5. La decisión adoptada, por unanimidad, que se formalizó mediante el Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo Nº 004-2020-MDH, del 28 de setiembre de 2020, fue noti fi cada, el 29 de setiembre del mismo año, en el domicilio del señor regidor, y entregada, personalmente, consignando su fi rma, número de DNI, fecha y hora. De esta manera, se evidencia el cumplimiento de las normas del TUO de la LPAG (ver SN 1.7). 2.6. A partir de dicho acto de noti fi cación, válidamente diligenciado, el señor regidor tomó conocimiento de la decisión adoptada por el concejo municipal y, en consecuencia, se encontró habilitado para ejercer su derecho a interponer el recurso de impugnación que hubiera considerado pertinente. No obstante, de acuerdo con el Informe Nº 032-2020-JLRA-SG/MDH, emitido por el señor secretario general, el 20 de octubre de 2020, el señor regidor no impugnó el citado acuerdo de concejo. 2.7. Dicho informe fue puesto en conocimiento del concejo municipal, siendo que, en la Sesión Extraordinaria de Concejo Nº 008-2020-MDH, del 21 de octubre de 2020, el acuerdo de concejo que declaró la vacancia del señor regidor fue declarado consentido. 2.8. En consecuencia, habiéndose veri fi cado que el pronunciamiento del Concejo Distrital de Huasicancha fue emitido conforme a ley y siguiendo el procedimiento preestablecido, corresponde dejar sin efecto la credencial otorgada al señor regidor y proceder de conformidad con el numeral 2 del artículo 24 de la LOM (ver SN 1.6.). 2.9. Así, se debe convocar a doña Liliana Brusel Yaranga, identi fi cada con DNI Nº 75460790, candidata no proclamada de la organización política Perú Patria Segura , para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Huasicancha, provincia de Huancayo, departamento de Junín, a fi n de completar el número de integrantes del referido concejo por el periodo de gobierno municipal 2019-2022. 2.10. Dicha convocatoria se realiza de conformidad con el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, del 29 de octubre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huancayo, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 2.11. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.9.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a don Víctor Celso Tacunan Zárate, regidor del Concejo Distrital de Huasicancha, provincia de Huancayo, departamento de Junín, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018 , por la causa de inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, prevista en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2. CONVOCAR a doña Liliana Brusel Yaranga, identi fi cada DNI Nº 75460790, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Huasicancha, provincia de Huancayo, departamento de Junín, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le entregará la credencial que la faculta como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución Nº 0165-2020-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENASRODRÍGUEZ MONTEZASANJINEZ SALAZARRODRÍGUEZ VÉLEZVargas Huamán Secretaria General 1 Aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS. 2 Numeral 46, parte considerativa de la Resolución Nº 3533-2018-JNE, y numeral 1.5, parte considerativa de la Resolución Nº 0107-2021-JNE. 3 Aprobado por la Resolución Nº 0165-2020-JNE, publicada el 19 de junio de 2020, en el diario o fi cial El Peruano . 2009839-1 Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Asillo, provincia de Azángaro, departamento de Puno RESOLUCIÓN Nº 0882-2021-JNE Expediente Nº JNE.2021092150 ASILLO - AZÁNGARO - PUNOVACANCIACONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, veintiséis de octubre de dos mil veintiuno