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42 NORMAS LEGALES Jueves 11 de noviembre de 2021 El Peruano / que puedan implementarse en el tiempo que coadyuven al proceso de pago oportuno de las obligaciones tributarias en Lince; Que, con Informe Técnico N° 00020-2021-MDL-GAT- SRROC, de fecha 25 de octubre de 2021, la Subgerencia de Registro, Recaudación y Orientación al Contribuyente, señala que para realizarse el cumplimiento de la meta 2 “Fortalecimiento de la Administración y Gestión del Impuesto Predial”, se recomienda la ejecución de: “La Campaña Tributaria de Incentivos, La Municipalidad de Lince Premia Tu Puntualidad”, con la fi nalidad de promover el pago puntual de los tributos del vecino Linceño del ejercicio 2021; Que, con Acta de Instalación de Comisión para la Organización de Bene fi cios a Otorgarse en el Programa de Incentivos del Vecino Linceño, regulado mediante Ordenanza Municipal N° 307-MDL, de fecha 27 de octubre de 2021, consideraron realizar un sorteo de bienes muebles, el que se efectuará de manera electrónica; Que, en ese sentido, mediante Memorando N° 277- 2021-MDL/GAT, de fecha 29 de octubre de 2021, la Gerencia de Administración Tributaria, remite a la Gerencia de Asesoría Jurídica, el proyecto del Decreto de Alcaldía, a fi n de que se realicen las acciones correspondientes, de acuerdo a sus competencias y atribuciones que estime pertinente; Que, con Informe N° 452-2021-MDL-GAJ, de fecha 03 de noviembre de 2021, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que: “(…) se declare PROCEDENTE la aprobación de las Bases del Sorteo Campaña tributaria, paga tus deudas, actualiza tus datos y gana”; Que, estando a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo 1.- APROBAR, las Bases del Sorteo “Campaña tributaria, paga tus deudas, actualiza tus datos y gana” que forma parte del presente Decreto de Alcaldía. Artículo 2.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de Registro, Recaudación y Orientación al Contribuyente, Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional y Subgerencia de Tecnologías de la Información. Artículo 3 .- ENCARGAR, a la Secretaría General, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el diario O fi cial el Peruano y en el Portal Institucional, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, realizar la difusión correspondiente. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.VICENTE AMABLE ESCALANTE Alcalde 2009356-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA Ordenanza Municipal que regula el Procedimiento de Adecuación de las Municipalidades de Centros Poblados de la provincia de Cajamarca, a la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y modifica el Texto Único de Procedimiento Administrativo de la MPC ORDENANZA MUNICIPAL Nº 770-CMPC Cajamarca, 16 de setiembre del 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA POR CUANTOEL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DE CAJAMARCA. VISTO:En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 15 de setiembre de 2021, el Dictamen Nº 014-2021-CDS-MPC, de la Comisión de Desarrollo Social, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma de la Constitución Política del Perú, Ley Nº 30305, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades; la Municipalidad Provincial de Cajamarca es un órgano de gobierno local. Tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, según el Art. 40º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, las municipalidades son órganos de gobierno local que se ejercen en las Circunscripciones provinciales y distritales de cada una de las Regiones del país. Asimismo en el Art. 48º de la referida norma, establece que las municipalidades de centros poblados se rigen por las normas que establezca la Ley Orgánica de Municipalidades, para su creación, ámbito, competencias y funciones delegadas, elección de sus autoridades, rentas para su operación y mantenimiento Que, según el Art. 128º de Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, modi fi cado por Ley Nº 31079 “Ley que modi fi ca la Ley Nº 27972, respecto de las municipalidades de centros poblados, modi fi cada por Ley Nº 30937 y la Ley 28440 Ley de Elecciones de Autoridades municipales de centros poblados”, las municipalidades de centros poblados son órganos de administración de las funciones y los servicios públicos locales que les son delegados y se rigen por las disposiciones reguladas en las leyes mencionadas. Estableciéndose en este dispositivo las precisiones que debe contemplar la Ordenanza de Creación emitida por la Municipalidad Provincial, (aprobada con el voto favorable de los dos tercios del número legal de regidores). Que según la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 31079, Las Municipalidades Provinciales, con arreglo a lo dispuesto en el Art. 128 de la Ley 27972 -LOM, emiten la ordenanza de adecuación de las municipalidades de centros poblados en funcionamiento. Derogándose, además con esta norma la disposición complementaria transitoria única de la ley Nº 30937, que establecía plazo para la adecuación de las Municipalidades en funcionamiento, criterios para la adecuación entre otros apercibimientos. Que, ante el contexto normativo antes señalado, se conformó a través de la Resolución de Alcaldía Nº 106-2021-A-MPC, la Comisión Técnica de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, con la fi nalidad que plantee las directrices y/o lineamientos para el procedimiento de Adecuación de las Municipalidades de Centros Poblados en funcionamiento, a las disposiciones contenidas en el Capítulo I “Las Municipalidades de Centros Poblados” del Título X de la Ley 27972 – LOM, modi fi cada por Ley Nº 30937 y Ley Nº 31079; Que mediante Informe Nº 002-2021-CT/PA-MPC, emitido por el presidente de la Comisión Técnica de la MPC para el procedimiento de Adecuación de las Municipalidades de Centro Poblados a la Ley Orgánica de Municipalidades, presenta la propuesta de Ordenanza que regularía el procedimiento de Adecuación, así como propone la modificación del Procedimiento Nº 6.1.4 “Adecuación de las Municipalidades de Centros Poblados a la Ley Nº 27972” del Texto Único de Procedimiento Administrativo, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 744-CMPC. Precisando que este Informe, tiene como sustento el acuerdo adoptado por la referida Comisión