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27 NORMAS LEGALES Jueves 11 de noviembre de 2021 El Peruano / JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Huasicancha, provincia de Huancayo, departamento de Junín RESOLUCIÓN Nº 0881-2021-JNE Expediente Nº JNE.2021091833 HUASICANCHA - HUANCAYO - JUNÍNVACANCIACONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, veintiséis de octubre de dos mil veintiunoVISTO: el O fi cio Nº 083-2021-A/MDH, recibido el 7 de setiembre de 2021, y presentado por don Roberto Diego Lázaro, alcalde de la Municipalidad Distrital de Huasicancha, provincia de Huancayo, departamento de Junín (en adelante, señor alcalde), a través del cual solicita la convocatoria de candidato no proclamado, debido a que se declaró la vacancia del regidor don Víctor Celso Tacunan Zárate, por la causa de inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, prevista en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), solicitando que se acredite al accesitario llamado por ley. PRIMERO. ANTECEDENTES1.1. Con el Memorando Nº 0981-2021-SG/JNE, del 19 de octubre de 2021, la Secretaría General de este órgano electoral incorporó el Escrito Nº 2 del Expediente Nº JNE.2020029752 al presente expediente. Dicho escrito incluye diversa documentación que también ha sido remitida por el señor alcalde mediante el O fi cio Nº 107- 2020-A/MDH, recibido el 23 de noviembre de 2020, tal como se advierte a continuación: a) Copia del Informe Nº 027-2020-JLRA-SG/MDH, de fecha 22 de setiembre de 2020, emitido por el señor secretario general de la comuna edil sobre las inconcurrencias injusti fi cadas del señor regidor. b) Copia del Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo Nº 004-2020-MDH, del 28 de setiembre de 2020, que declaró la vacancia del señor regidor. c) Copia de la noti fi cación personal al señor regidor del Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo Nº 004-2020/MDH, recibida el 29 de setiembre de 2020. d) Copia de la constancia de noti fi cación personal con su respectiva citación a las sesiones ordinarias, dirigida a los miembros del concejo municipal. e) Copia de la constancia de noti fi cación personal con su respectiva citación a la sesión extraordinaria, convocada para el 28 de setiembre de 2020, para resolver la vacancia del señor regidor, dirigida a los miembros del concejo municipal. f) Copia de la constancia de noti fi cación personal con su respectiva citación a la sesión extraordinaria, del 28 de setiembre de 2020, dirigida al señor regidor. g) Copia del Informe Nº 032-2020-JLRA-SG/MDH, del 20 de octubre de 2020, emitido por el secretario general, comunicando el consentimiento del acuerdo de concejo, del 28 de setiembre de 2020, que declaró la vacancia del señor regidor, y que no ha sido impugnado, pese a que fue correctamente noti fi cado, quedando así consentido. h) Copia del Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo Nº 008-2020-MDH, del 21 de octubre de 2020, que consentido el acuerdo del consejo municipal del 28 de setiembre de 2020. i) Comprobante de pago de la respectiva tasa electoral, del 2 de noviembre de 2020. CONSIDERANDOS PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN)En la Constitución Política del Perú 1.1. El numeral 4 del artículo 178 establece, como atribución del Jurado Nacional de Elecciones, la administración de justicia en materia electoral. 1.2. El numeral 5 del referido artículo determina que es competencia de este organismo electoral: “Proclamar a los candidatos elegidos; el resultado del referéndum o el de otros tipos de consulta popular y expedir las credenciales correspondientes [resaltado agregado]”. En la LOM 1.3. El numeral 10 del artículo 9 indica lo siguiente:Corresponde al concejo municipal: […]10. Declarar la vacancia o suspensión de los cargos de alcalde y regidor. 1.4. El artículo 23, respecto del procedimiento de vacancia, señala lo siguiente: La vacancia del cargo de alcalde o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa noti fi cación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. El acuerdo de consejo que declara o rechaza la vacancia es susceptible de recurso de reconsideración, a solicitud de parte, dentro del plazo de 15 (quince) días hábiles perentorios ante el respectivo concejo municipal. El acuerdo que resuelve el recurso de reconsideración es susceptible de apelación. El recurso de apelación se interpone, a solicitud de parte, ante el concejo municipal que resolvió el recurso de reconsideración dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes, el cual elevará los actuados en el término de 3 (tres) días hábiles al Jurado Nacional de Elecciones, que resolverá en un plazo máximo de 30 (treinta) días hábiles, bajo responsabilidad. La resolución del Jurado Nacional de Elecciones es defi nitiva y no revisable en otra vía. […]1.5. El numeral 1 del artículo 22 determina que el cargo de alcalde o regidor se declara vacante por el concejo municipal en caso de muerte. 1.6. El artículo 24, respecto a los reemplazos de autoridades, señala lo siguiente: En caso de vacancia o ausencia del alcalde, lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. En caso de vacancia del regidor, lo reemplaza: 1. Al Teniente Alcalde, el regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. 2. A los regidores, los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral. En el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General1 (en adelante, TUO de la LPAG) 1.7. El artículo 21 ordena lo siguiente:21.1 La noti fi cación personal se hará en el domicilio que conste en el expediente, o en el último domicilio que la persona a quien deba noti fi car haya señalado ante el órgano administrativo o en otro procedimiento análogo en la propia entidad dentro del último año. […]21.3 En el acto de noti fi cación personal debe entregarse copia del acto noti fi cado y señalar fecha y hora en que es efectuada, recabando el nombre y fi rma de la persona con quien se entienda la diligencia, Si esta se niega a fi rmar o recibir copia del acto noti fi cado, se hará constar así en el acta, teniéndose por bien noti fi cado, En este caso la noti fi cación dejara constancia de las características del lugar donde se ha noti fi cado.