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43 NORMAS LEGALES Jueves 11 de noviembre de 2021 El Peruano / Técnica (sesión del 20/07/2021) y la opinión legal contenida en el Informe Legal Nº 161-2021-OGAJ-MPC. Estando a lo expuesto, dictaminado y contando con la aprobación por Unanimidad del Concejo Municipal en Pleno, en el Cumplimiento de las facultades conferidas por el numeral 8) del Art. 9º y los Artículos 39º, 40º y 44º de la Ley Orgánica de Municipalidades –Ley Nº 27972; se aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE ADECUACIÓN DE LAS MUNICIPALIDADES DE CENTROS POBLADOS DE LA PROVINCIA DE CAJAMARCA, A LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES Nº 27972 Y MODIFICA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE LA MPC Artículo Primero. - OBJETO La presente Ordenanza Municipal tiene como objeto regular el Procedimiento de Adecuación que realizarán las Municipalidades del Centros Poblados de la Jurisdicción de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, a los lineamientos establecidos en la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 y en las Leyes Nº 30937 y Nº 31079; para tal efecto, se modi fi ca el procedimiento Nº 6.1.4 “Adecuación de las Municipalidades de Centros Poblados a la Ley Nº 27972” del Texto Único de Procedimiento Administrativo, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 744-CMPC. La Municipalidad Provincial de Cajamarca, en atención a lo establecido en la Primera Disposición Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 31079 “Ley que modi fi ca la Ley Nº 27972, respecto de las Municipalidades de Centros Poblados modi fi cada por Ley Nº 30937…”, emitirá la Ordenanza de Adecuación con arreglo a lo establecido en el Art. 128 de la Ley 27972”, previo cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidos en la presente Ordenanza y disposiciones normativas que corresponda. Artículo Segundo: ÁMBITO DE APLICACIÓN La presente Ordenanza es de aplicación y cumplimiento para todas las Municipalidades de Centros Poblados creadas por la Municipalidad Provincial de Cajamarca, es decir en el ámbito distrital y provincial. Artículo Tercero: DE LA COMISIÓN TÉCNICA DE EVALUACIÓN La evaluación integral de las solicitudes de Adecuación, estará a cargo de una Comisión Técnica; para tal efecto, deberá tener en cuenta los lineamientos establecidos en la presente norma y el ordenamiento jurídico vigente. Encargándose al Alcalde Provincial designar a dicha Comisión. Artículo Cuarto: DEL PROCEDIMIENTO DE ADECUACIÓN Los Representantes de las Municipalidades de Centros Poblados del ámbito distrital y provincial y la Comisión Técnica de Evaluación deberán cumplir con los siguiente requisitos y procedimientos: 1. DE LA SOLICITUD DE ADECUACIÓN – REQUISITOS: 1.1. Requisitos para Municipalidades de Centro Poblado pertenecientes a la Jurisdicción (ámbito distrital) de la Municipalidad Provincial de Cajamarca: a) Solicitud de Adecuación de la Municipalidad de Centro Poblado, esta solicitud debe estar debidamente suscrita por su Alcalde y con conocimiento de su Concejo Municipal; además deberá estar acompañada con las fi rmas de los habitantes con domicilio en el centro poblado. Se anexará a dicha solicitud las copias simples de la ordenanza de creación, ordenanza de adecuación de corresponder, y resolución de designación de autoridades vigentes. En el caso que la solicitud de adecuación, contenga la ampliación o delegación de nuevos servicios públicos o funciones, deberá solicitarse expresamente en dicha solicitud, acompañando los requisitos y condiciones establecidos en la Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, esta ampliación deberá estar aprobada previamente por el Concejo de la Municipalidad de Centro Poblado. b) Acreditar con la documentación pertinente el régimen de organización interna (mínimo ROF y TUPA). c) Plano de Ubicación y Localización, (AUTOCAD, GPS, GOOGLE MAP o GOOGLE EART, ETC.) de la jurisdicción de la Municipalidad de Centro Poblado con coordenadas en el sistema WGS-84, acompañado de su memoria descriptiva. d) Acreditar con panel fotográ fi co o estudio técnico la confi guración urbana del centro poblado. e) Acreditar con la documentación pertinente (estudio técnico, enfoque de auditoria, memorial anual, entre otros similares), el cumplimiento de las funciones y prestación de los servicios públicos que le fueron delegados. f) Señalar los ingresos que viene percibiendo por la prestación de los servicios públicos delegados, así como por otros servicios públicos que no haya sido expresamente delegado. 1.2. Requisitos para Municipalidades de Centro Poblados pertenecientes a la jurisdicción de Municipalidades Distritales de la Provincia de Cajamarca a) Solicitud de Adecuación de la Municipalidad de Centro Poblado, esta solicitud debe estar debidamente suscrita por su Alcalde y con conocimiento de su Concejo Municipal; además deberá estar acompañada con las fi rmas de los habitantes con domicilio en el centro poblado. Se anexará a dicha solicitud las copias simples de la ordenanza de creación, ordenanza de adecuación de corresponder, y resolución de designación de autoridades vigentes. En el caso que la solicitud de adecuación, contenga la ampliación o delegación de nuevos servicios públicos o funciones, deberá solicitarse expresamente en dicha solicitud, acompañando los requisitos y condiciones establecidos en la Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, esta ampliación deberá estar aprobada previamente por el Concejo de la Municipalidad de Centro Poblado y por la Municipalidad Distrital de corresponder. b) Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Distrital correspondiente, el mismo que debe contener la opinión favorable para la adecuación y deberá pronunciarse sobre las materias delegadas y los recursos asignados. c) Informe Técnico que contenga la opinión favorable de la Autoridad Competente de la Municipalidad Distrital delegante, que contenga o precise lo siguiente: - Régimen de organización interna (mínimo ROF y TUPA). - Plano de Ubicación y Localización, (AUTOCAD, GPS, GOOGLE MAP o GOOGLE EART, ETC.) de la jurisdicción de la Municipalidad de Centro Poblado con coordenadas en el sistema WGS-84, acompañado de su memoria descriptiva. - Con fi guración urbana del centro poblado y que no esté ubicado en zona urbana o de expansión urbana de la Municipalidad Distrital. - Acreditar con la documentación pertinentes (estudio técnico, enfoque de auditoria, memorial anual, entre otros similares), el cumplimiento de las funciones y prestación de los servicios públicos que le fueron delegados. 2. DEL PROCEDIMIENTO A CARGO DE LA COMISIÓN: a) Recepción de la solicitud Luego de recibida la solicitud, acompañada de todos los requisitos, la unidad de Mejor Atención al Ciudadano (MAC), derivará el expediente al Presidente de la Comisión Técnica representada por el Gerente de Desarrollo Social. b) Evaluación Integral del Expediente (Solicitud de Adecuación) La Comisión Técnica, previa citación de su presidente, se reunirá con la fi nalidad de revisar y evaluar de manera integral la solicitud de Adecuación, lo que implicará el