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22 NORMAS LEGALES Sábado 13 de noviembre de 2021 El Peruano / INTERIOR Designan Asesor II del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0952-2021-IN Lima, 11 de noviembre de 2021 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor/a II del Despacho Ministerial del Ministerio del Interior, por lo que resulta necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor ENRIQUE SEBASTIAN SOTO RUIZ en el cargo de Asesor II del Despacho Ministerial del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.AVELINO TRIFÓN GUILLÉN JÁUREGUI Ministro del Interior 2010992-1 Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú a Italia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0961-2021-IN Lima, 12 de noviembre de 2021VISTOS, los O fi cios N° 974 y 984-2021-SUBCOMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, y el Informe N° 001593-2021/IN/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Oficio RE (DSD) Nº 2-10-A/147 de fecha 14 octubre de 2021, la Dirección de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores informa a la Secretaría General del Ministerio de Interior que la División de Policía del Departamento de Operaciones de Paz de la Organización de las Naciones Unidas, ha cursado invitación para que un Oficial de Policía que supervisa o gestiona la participación del personal policial en las Operaciones de Mantenimiento de la Paz, participe en una reunión de los países contribuyentes de policía con el Mecanismo Ligero de Coordinación de las Naciones Unidas, a llevarse a cabo en el Centro de Servicios Globales de la Organización de las Naciones Unidas, ubicado en la ciudad de Bríndisi de la República Italiana, del 17 al 18 de noviembre de 2021; Que, con Informe Nº 21-2021-SCGPNP-DIRASINT- DIVCIEA-UFMP de fecha 20 de octubre de 2021, la División de Cooperación Internacional Enlace y Agregadurías de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, sustenta la importancia y viabilidad de la participación de la Capitán de la Policía Nacional del Perú Paola Elizabeth Montes Ramírez, en el evento descrito precedentemente;Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 143-2021-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI de fecha 4 de noviembre de 2021, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú estima conveniente se prosiga con el trámite de la expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal policial descrito precedentemente, del 15 al 20 de noviembre de 2021, conforme a lo precisado en el O fi cio Nº 984-2021-SUBCOMGEN PNP/DIRASINT- DIVABI, con destino a la ciudad de Bríndisi de la República Italiana, para que participe en una reunión de los países contribuyentes de policía con el Mecanismo Ligero de Coordinación de las Naciones Unidas, toda vez que, permitirá llevar a cabo debates sobre los recursos y las necesidades de desarrollo de capacidades en el contexto de la puesta en marcha del Programa de Arquitectura de Capacitación de la Policía de las Naciones Unidas, así como alentará nuevas asociaciones entre los Estados miembros para mejorar la preparación y el rendimiento de las unidades de policía constituidas, en las operaciones de mantenimiento de la paz; asimismo, dicha reunión permitirá que los Estados miembros y la Secretaría de las Naciones Unidas compartan las mejores prácticas en materia de desarrollo de capacidades y permitan el intercambio de información entre los proveedores de capacidad policial y los países receptores; Que, en ese sentido, la participación del mencionado personal policial en la comisión asignada, se encuentra en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y vuelta), son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter o fi cial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (…)” ; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 señala “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002- 2004-DE/SG (…)” ; Que, la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, en su artículo 11 establece que “11.1. Durante el Año Fiscal 2021, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)” ; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento” ; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano (…)” ; Que, a través del Informe de Vistos, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable tramitar el proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal policial antes