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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2021 (13/11/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Sábado 13 de noviembre de 2021 El Peruano / la Intendencia Nacional de Formulación de Inversiones y Finanzas, dándosele las gracias por la labor realizada. Artículo 2.- Dar por concluido el vínculo laboral con la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT de la señora CEDILIA VICTORIA AKEMI KUROIWA PEREZ, a partir del 15 de noviembre de 2021. Artículo 3.- Designar al señor LUIS ALBERTO CABALLERO REYES, a partir del 15 de noviembre de 2021, en el cargo de con fi anza de Gerente de Presupuesto y Formulación de Inversiones de la Intendencia Nacional de Formulación de Inversiones y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS ENRIQUE VERA CASTILLO Superintendente Nacional 2010245-1 Designan Gerente Jurídico Laboral y Civil y de Defensa de Servidores de la Intendencia Nacional de Asesoría Legal Interna RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000162-2021/SUNAT DEJA SIN EFECTO DESIGNACIÓN Y DESIGNA EN CARGO DE CONFIANZA Lima, 11 de noviembre de 2021 CONSIDERANDO: Que el artículo 7° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titular de la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargos de con fi anza no contemplados en el artículo 1° de dicha norma; Que mediante Resolución de Superintendencia N° 0227- 2020/SUNAT se designó, entre otros, al señor Luis Enrique Machuca Nájar en el cargo de con fi anza de Gerente Jurídico Laboral y Civil y de Defensa de Servidores de la Intendencia Nacional de Asesoría Legal Interna; Que el citado trabajador ha formulado renuncia al cargo señalado en el considerando precedente, por lo que corresponde aceptar la misma y, en consecuencia, dejar sin efecto su designación y designar a la persona que asumirá dicho cargo de con fi anza; En uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27594 y el inciso g) del artículo 8 del Documento de Organización y Funciones Provisional - DOFP de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado mediante Resolución de Superintendencia N° 000065-2021/SUNAT; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia al cargo formulada por el señor LUIS ENRIQUE MACHUCA NAJAR, dejándose sin efecto a partir del 15 de noviembre de 2021, su designación en el cargo de con fi anza de Gerente Jurídico Laboral y Civil y de Defensa de Servidores de la Intendencia Nacional de Asesoría Legal Interna, dándosele las gracias por la labor realizada. Artículo 2.- Dar por concluido el vínculo laboral con la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT del señor LUIS ENRIQUE MACHUCA NAJAR, a partir del 15 de noviembre de 2021. Artículo 3.- Designar al señor JOSEPH NORIEGA CHAVEZ, a partir del 15 de noviembre de 2021, en el cargo de con fi anza de Gerente Jurídico Laboral y Civil y de Defensa de Servidores de la Intendencia Nacional de Asesoría Legal Interna. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS ENRIQUE VERA CASTILLO Superintendente Nacional 2010250-1SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD Aprueban el “Reglamento de Auditoría Interna de las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS del sector privado” RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 100-2021-SUSALUD/S Lima, 11 de noviembre de 2021VISTOS:El Informe Nº 01037-2021/INA, de fecha 29 de octubre de 2021, elaborado por la Intendencia de Normas y Autorizaciones; el Memorándum N° 00886-2021-SUSALUD/SAREFIS, de fecha 03 de noviembre de 2021, elaborado por la Superintendencia Adjunta de Regulación y Fiscalización y el Informe Nº 00662-2021/OGAJ, de fecha 08 de noviembre de 2021, elaborado por la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con los artículos 9, 11 y 13 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 29344, Ley Marco de Aseguramiento en Salud aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2014-SA, en armonía con el Decreto Legislativo Nº 1158 y su modi fi catoria, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud (SUNASA), se crea la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD) como organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; encargada de promover, proteger y defender los derechos de las personas al acceso a los servicios de salud; registrar, autorizar, supervisar y regular a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS), así como, supervisar y registrar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) y Unidades de Gestión de IPRESS (UGIPRESS), en el ámbito de su competencia; Que, el artículo 6 del Decreto Legislativo 1158, antes citado, señala que las IAFAS son aquellas entidades o empresas públicas, privadas o mixtas, creadas o por crearse, que reciban, capten y/o gestionen fondos para la cobertura de las atenciones de salud o que oferten cobertura de riesgos de salud, bajo cualquier modalidad. Asimismo, establece que el registro en la Superintendencia Nacional de Salud es requisito indispensable para la oferta de las coberturas antes señaladas; Que, el artículo citado en el párrafo anterior señala que son IAFAS, entre otras: las Entidades Prestadoras de Salud (EPS), Entidades de Salud que ofrecen Servicios de Salud Prepagados, Autoseguros que gestionen fondos para la cobertura de salud de modo exclusivo o en adición a otro tipo de coberturas, las cuales pertenecen al sector privado; Que, el numeral 2 del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1158, establece como función general de SUSALUD, supervisar que el uso de los recursos destinados a la provisión de los servicios de salud y de los fondos destinados al Aseguramiento Universal en salud, garanticen la calidad, oportunidad, disponibilidad y aceptabilidad de las prestaciones. Asimismo, el numeral 6 del precitado artículo establece como función general del citado organismo supervisor, regular, supervisar, autorizar y registrar a las IAFAS; Que, de conformidad con el numeral 10 del artículo 8 del texto legal antes citado, son funciones de SUSALUD, supervisar la calidad, oportunidad, disponibilidad y transparencia de la información generada u obtenida por las IAFAS, IPRESS y Unidades de Gestión de IPRESS, de acuerdo al marco legal vigente;