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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE OCTUBRE DEL AÑO 2021 (15/10/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Viernes 15 de octubre de 2021 El Peruano / Que, asimismo, a través de la Resolución de Consejo Directivo N° 208-2020-OS/CD se aprobó el Reglamento de Fiscalización y Sanción de las actividades energéticas y mineras a cargo de Osinergmin, que contempla disposiciones aplicables a la actuación de la autoridad de fi scalización, la autoridad instructora y la autoridad sancionadora; Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (en adelante, el TUO de la LPAG); Que, el numeral 2 del artículo 248 del TUO de la LPAG, de fi ne al principio del debido procedimiento de la potestad sancionadora administrativa, según el cual se debe establecer una debida separación entre la fase instructora y la sancionadora, encomendándolas a autoridades distintas; Que, asimismo, el inciso 1 del numeral 254.1 del artículo 254 del citado TUO, establece que para el ejercicio de la potestad sancionadora se requiere obligatoriamente diferenciar en su estructura entre la autoridad que conduce la fase instructora y la que decide la aplicación de la sanción; Que, en el marco de los principios de e fi ciencia y efi cacia y el criterio de especialización, para efectos de un mejor desempeño de las funciones a cargo de Osinergmin y de lo dispuesto en el citado Reglamento, se estima conveniente precisar las competencias de instrucción y sanción de las O fi cinas Regionales de la División de Supervisión Regional y de la División de Supervisión de Gas Natural, ambas de la Gerencia de Supervisión de Energía, respecto de los agentes habilitados de Gas Natural Vehicular (GNV), Gas Natural Comprimido (GNC) y Gas Natural Licuefactado (GNL), asimismo, las competencias de la División de Supervisión de Gas Natural respecto de los Procesos de Oferta Pública de Capacidad de Transporte de gas natural, Planes de Desarrollo Inicial de nuevos proyectos en gas natural, remisión de contratos de transporte y suministro de gas natural con usuarios y otras responsabilidades en el marco de un proceso regulatorio de tarifas de transporte de gas natural por ductos; fi nalmente, resulta necesario modi fi car la autoridad instructora y sancionadora respecto de la actividad de distribución de gas natural, y respecto de los procedimientos de reclamos de usuarios y de solución de controversias en lo concerniente a la actividad de distribución de gas natural; Que, considerando que las disposiciones de la presente resolución están referidas a aspectos relacionados a los órganos competentes para actividades relacionadas al ejercicio de las funciones de Osinergmin, en aplicación del numeral 3.2 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, se exceptúa de su publicación para comentarios; De conformidad con lo dispuesto en el literal c) del artículo 3 de la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, el literal b) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2016-PCM; Con la conformidad de la Gerencia General, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, de la Gerencia de Políticas y Análisis Económico y la Gerencia de Supervisión de Energía y estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 34-2021. SE RESUELVE:Artículo 1° .- Sobre los órganos instructores y sancionadores en el sector energía Modi fi car el numeral 1.1 del artículo 1 del Anexo 1 “Disposiciones relacionadas a instancias administrativas en los procedimientos tramitados ante Osinergmin”, aprobadas por Resolución de Consejo Directivo N° 057-2019-OS/CD, modi fi cadas por Resolución de Consejo Directivo N° 165-2020-OS/CD, en los siguientes términos: “Artículo 1.- Órganos instructores y sancionadores en el sector energía1.1. Los actos de instrucción y de sanción en el sector energía están a cargo de las siguientes autoridades: AGENTES QUE OPERAN ACTIVIDADES DE:INSTRUCCIÓN SANCIÓN Generación y transmisión de electricidad1.Jefe de Fiscalización de Generación y Transmis- ión Eléctrica.Gerente de Supervisión de Electri- cidad Exploración2 de hidrocarburos; así como explotación3 y producción de hidrocarburos líquidos.Jefe de Exploración y Explotación de Hidrocar- buros Líquidos Gerente de Supervisión de Hidrocarbu- ros LíquidosTransporte marítimo y por ductos de hidrocarburos líquidos4.Jefe de Transporte Marítimo y Ductos de Hidrocarburos Líquidos Procesamiento de hidrocarburos líquidos.Jefe de Plantas y Re fi n- erías de Hidrocarburos Líquidos Almacenamiento5 de hidrocarburos líquidos6.Jefe de Plantas y Refi nerías de Hidrocar- buros Líquidos/Jefe de Plantas de Envasado e Importadores Explotación7, producción, proc- esamiento, almacenamiento8 y abastecimiento de gas natural9.Jefe de Producción y Procesamiento de Gas Natural Gerente de Supervisión de Gas NaturalTransporte por ductos de gas natural10.Jefe de Transporte por Ductos de Gas Natural. Transporte por ductos de Gas Natural y de Distribución de Gas Natural obligados al cumplimiento de las disposiciones contenidas en los procedimientos de supervisión de contratos bajo competencia de la División de Supervisión de Gas Natural11.Jefe de Contratos y Asuntos Regulatorios de Gas Natural. Distribución y Comercialización de hidrocarburos líquidos12 13 14.Especialista Regional en Hidrocarburos o Especialista Regional de EnergíaJefe de Ofi cina Regional15 Distribución y comercialización de electricidad 14.Especialista Regional en Electricidad o Especialis-ta Regional de Energía Distribución de Gas Natural.Jefe de Supervisión de Distribución de Gas NaturalGerente de Supervisión Regional Procedimiento de reclamos de usuariosJefe de Supervisión de Distribución de Gas Natural Gerente de Supervisión Regional Especialista Regional en ElectricidadJefe O fi cina Regional Procedimiento de solución de controversias 16Jefe de Fiscalización de Generación y Transmis- ión Eléctrica.Gerente de Supervisión de Electri- cidad Jefe de Producción y Procesamiento de Gas Natural Gerente de Supervisión de Gas Natural Jefe de Transporte por Ductos de Gas Natural.