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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE OCTUBRE DEL AÑO 2021 (21/10/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Jueves 21 de octubre de 2021 El Peruano / provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas, domicilio señalado por el administrado en el presente procedimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIANGELLA ROSSI PAZOS Directora de Circulación VialDirección General de Autorizaciones en Transporte 1 Numeral 4.1 del artículo 4 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC que de fi ne a los Centros de Inspección Técnica Vehicular – CITV, como: “Persona jurídica habilitada por la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para realizar las Inspecciones Técnicas Vehiculares”. 2 La Empresa solicita autorización para operar un Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo, con una (01) línea de inspección técnica vehicular tipo mixta y una (01) línea de inspección técnica vehicular tipo menor, en el local ubicado en la Carretera Federico Basadre KM 6200, distrito de Yarinacocha, provincia de Coronel Portillo, Departamento de Ucayali. 1999656-1 Aprueban el texto de modificación de la Regulación Aeronáutica del Perú - RAP 314 “Aeródromos” Volumen I “Diseño y Operaciones de Aeródromos” Nueva Edición, Revisión 002, Enmienda 2 y Volumen II “Helipuertos” Nueva Edición, Revisión 001, Enmienda 2 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0488-2021-MTC/12 Lima, 14 de octubre 2021VISTO: el Informe N° 0498-2021-MTC/12.08 de la Dirección de Regulación, Promoción y Desarrollo Aeronáutico; CONSIDERANDO: Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es la encargada de ejercer la Autoridad Aeronáutica Civil del Perú siendo competente para aprobar, modi fi car y dejar sin efecto las Regulaciones Aeronáuticas del Perú y las directivas técnicas, conforme lo señala el literal c) del artículo 9° de la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú y el literal b) del artículo 2º del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; Que, el artículo 7° del citado Reglamento señala que la Dirección General de Aeronáutica Civil pondrá en conocimiento público los proyectos sujetos a aprobación o modi fi cación de las RAP con una antelación de quince días calendario; Que, en cumplimiento del referido artículo, mediante Resolución Directoral N° 126-2021-MTC/12 del 26 de marzo de 2021 se aprobó la difusión a través de la Plataforma Única del Estado Peruano del texto del proyecto de modi fi cación de la RAP 314 “Aeródromos” Volumen I “Diseño y Operaciones de Aeródromos” Nueva Edición – Revisión 002, Enmienda 1 que pasará a ser Revisión 002, Enmienda 2 y Volumen II “Helipuertos” Nueva Edición, Revisión 001, Enmienda 1, que pasará a ser Revisión 001, Enmienda 2, habiéndose recibido comentarios, indicando a través del acta de reunión de validación de la propuesta normativa (PNOR) RAP 314 de fecha 27 de mayo de 2021 que las observaciones son de forma y no de fondo y que no ameritan otra difusión de la citada propuesta normativa; Que, el texto de modi fi cación de la Regulación Aeronáutica del Perú – RAP 314 cuenta con las opiniones favorables de la Dirección de Seguridad Aeronáutica, la Dirección de Certi fi caciones y Autorizaciones, la Dirección de Regulación, Promoción y Desarrollo Aeronáutico, así como la conformidad para su aprobación de la Asesoría Legal de la Dirección General de Aeronáutica Civil, otorgadas a través del Memorando N° 0884-2021-MTC/12.04, Memorando No. 0979-2021-MTC/12.07, Informe No. 0498-2021-MTC/12.08 y Memorando N° 1226-2021-MTC/12.00.03, respectivamente; De conformidad con la Ley de Aeronáutica Civil del Perú, Ley N° 27261 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC y estando a lo informado por la Dirección de Regulación, Promoción y Desarrollo Aeronáutico; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el texto de modi fi cación de la Regulación Aeronáutica del Perú - RAP 314 “Aeródromos” Volumen I “Diseño y Operaciones de Aeródromos” Nueva Edición, Revisión 002, Enmienda 2 y Volumen II “Helipuertos” Nueva Edición, Revisión 001, Enmienda 2, el cual forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Dejar sin efecto el texto anterior materia de modi fi cación de la Regulación Aeronáutica del Perú – RAP 314 “Aeródromos” Volumen I “Diseño y Operaciones de Aeródromos” Nueva Edición, Revisión 002, Enmienda 1 y Volumen II “Helipuertos” Nueva Edición, Revisión 001, Enmienda 1. Regístrese, comuníquese y publíquese. DONALD HILDEBRANDO IVÁN CASTILLO GALLEGOSDirector General de Aeronáutica CivilMinisterio de Transportes y Comunicaciones 2002785-1 VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Designan Asesora II del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 332-2021-VIVIENDA Lima, 20 de octubre del 2021 CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor/a II del Despacho Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo necesario designar a la persona que ejercerá el mencionado cargo; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora Angie Dessiré Mayanga Pinedo en el cargo de Asesora II del Despacho Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. GEINER ALVARADO LOPEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2003513-1