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26 NORMAS LEGALES Jueves 21 de octubre de 2021 El Peruano / artículos 26 al 31 del Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, aprobado mediante la Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/CD y modi fi cado, entre otras, por la Resolución del Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU/CD; y según lo acordado en la sesión del Consejo Directivo N° 046-2021. SE RESUELVE:Primero.- APROBAR la modi fi cación de licencia institucional solicitada por la Universidad Nacional de Frontera, y RECONOCER la creación de tres (3) programas conducentes a grado académico de bachiller y título profesional en la modalidad presencial; conforme se señala en la TABLA N° 1 de la presente resolución, sumándose a la oferta del servicio educativo superior universitario reconocida en la Resolución del Consejo Directivo N° 045-2019-SUNEDU/CD del 5 de abril de 2019. TABLA N° 1 . CREACIÓN DE TRES (3) PROGRAMAS DE ESTUDIOS N°Código del ProgramaDenominación del programaDenominación del Grado Académico que otorgaDenominación del Título que otorgaModalidad de EstudiosLocal 1 P04Ingeniería AmbientalBachiller en Ingeniería AmbientalIngeniero Ambiental Presencial SL01 2 P05Ingeniería ForestalBachiller en Ingeniería ForestalIngeniero Forestal 3 P06Ingeniería en BiotecnologíaBachiller en Ingeniería en BiotecnologíaIngeniero Biotecnólogo Fuente: Formato de Licenciamiento A4 y A5. SMLI. Elaboración: Dilic. Segundo.- REQUERIR a la Universidad Nacional de Frontera lo siguiente: i. Presentar al fi nal de los periodos 2022-II y 2023- II, 2024-I y 2024-II, evidencias (registros fotográ fi cos, reportes de avances, sustentos de adquisiciones, avance presupuestal, entre otros) de la implementación progresiva del equipamiento de los laboratorios correspondientes al proyecto de “Creación del servicio del Laboratorio de Investigación de Agua y Suelos”, que permita identi fi car el cumplimiento de la ejecución física y presupuestal para la disponibilidad y operatividad de los laboratorios, de acuerdo a la Tabla 15 del Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia N° 040-2021-SUNEDU-02-12. ii. Presentar al fi nal de los periodos académicos 2022- II y 2023-II, evidencias (registros fotográ fi cos, reportes de avances, sustentos de adquisiciones, entre otros) de la implementación de equipamiento y mobiliario de las dieciséis (16) aulas correspondientes al proyecto “Construcción del Pabellón de Aulas para Estudios Generales de la UNF”, así como, las evidencias de la sustitución de mobiliario de las veintiún (21) aulas existentes correspondientes a los Pabellones A, B, C y D. iii. Presentar, al fi nalizar los semestres académicos 2022-I, 2022-II, 2023-I, 2023-II, 2024-I, 2024-II, 2025-I y 2025-II evidencias de los resultados de los procesos de adjudicación de las plazas docentes programadas en el “Plan de Proyección para Contrato Docente 2022- 2025 para los Programas de Estudios de Ingeniería Ambiental (P04), Ingeniería Forestal (P05) e Ingeniería en Biotecnología (P06) de la Universidad Nacional de Frontera” que incluya información como las bases, convocatorias, resultados fi nales, entre otros, de los concursos públicos que se ejecutarán. iv. Presentar al fi nalizar el periodo académico 2022- II, evidencias (reportes de seguimiento, sustentos de adquisiciones, entre otros) de los avances en la ejecución de los ocho (8) Proyectos de Inversión Pública (PIP) vinculados a la nueva oferta académica, principalmente en actividades de investigación, a fi n de garantizar la ejecución y el cumplimiento de su cronograma.v. Presentar al fi nalizar el periodo 2022-II, evidencias (reportes de avances, informes internos, entre otros) del cumplimiento del “Plan de Proyección para contrato Docente 2022-2025” respecto a los docentes que realizarán actividades de investigación en la Universidad, como parte de la nueva oferta académica. Tercero.- RECOMENDAR a la Universidad Nacional de Frontera lo siguiente: i. Realizar la suscripción de alianzas y/o convenios con universidades e institutos de investigación públicos y/o privados, cuyas actividades estén asociadas a los programas de la presente SMLI y a sus correspondientes líneas de investigación. ii. Incluir estrategias de contratación de docentes Renacyt que realicen actividades de investigación en los programas de estudios de Ingeniería Forestal, Ingeniería Ambiental e Ingeniería en Biotecnología en atención al “Plan de Proyección para contrato Docente 2022-2025”. Cuarto.- PRECISAR que la presente Resolución no agota la vía administrativa, salvo que sea consentida, pudiendo ser impugnada ante el Consejo Directivo mediante la interposición del recurso de reconsideración, dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de su noti fi cación. Quinto.- NOTIFICAR la presente Resolución y el Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia N° 040-2021-SUNEDU-02-12 del 12 de octubre de 2021 a la Universidad Nacional de Frontera, encargando a la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario a realizar el trámite correspondiente. Sexto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Séptimo.- ENCARGAR a la O fi cina de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución y el Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia N° 040-2021-SUNEDU-02-12 en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu (www.sunedu.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.OSWALDO DELFIN ZEGARRA ROJAS Presidente del Consejo Directivo de la Sunedu 1 Aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/CD, publicada el 14 de marzo de 2017 en el Diario O fi cial El Peruano y modi fi cada mediante Resoluciones del Consejo Directivo N° 048-2018-SUNEDU/CD, N° 063-2018-SUNEDU/CD, N° 096-2019-SUNEDU/CD, N° 139-2019-SUNEDU/CD, N° 105-2020-SUNEDU/CD, N° 049-2021-SUNEDU/CD y N° 091-2021-SUNEDU/CD, publicadas en el Diario O fi cial “El Peruano” el 31 de mayo de 2018, el 29 de junio de 2018, el 23 de julio de 2019, el 31 de octubre de 2019, el 25 de agosto de 2020, el 8 de mayo de 2021 y 3 de septiembre de 2021, respectivamente. 2 Publicada el 6 de abril de 2019 en el Diario O fi cial “El Peruano”. 3 Los programas conducentes a grado académico de Bachiller y Título Profesional son: (i) Administración Hotelera y de Turismo (P01); (ii) Ingeniería Económica (P02); y (iii) Ingeniería de Industrias Alimentarias (P03). 4 Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU-CD, modi fi cado por el artículo 2 de la Resolución N° 096-2019-SUNEDU-CD. (…) Artículo 31.- Supuestos de modi fi cación de licencia institucional 31.1 Los administrados que cuenten con licencia institucional pueden solicitar a la Sunedu su modi fi cación, en los siguientes escenarios: (a) creación de fi lial, (b) creación de local, (c) creación de programa conducente a grados y títulos, (d) cambio de denominación y/o creación de mención, (e) cambio de modalidad; y, (f) cambio de locación. 5 Aprobado por Decreto Supremo N° 003-2016-MINEDU, modi fi cado por la Resolución Ministerial N° 459-2017-MINEDU, la Resolución de Consejo Directivo N° 003-2019-SUNEDU/CD, el Decreto Supremo N° 010-2020-MINEDU y la Resolución del Consejo Directivo N° 122-2020-SUNEDU/CD. 6 Resolución del Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU/CD.