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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE OCTUBRE DEL AÑO 2021 (29/10/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Viernes 29 de octubre de 2021 El Peruano / Reglas de Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el Territorio Nacional; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2020-DE; SE RESUELVE:Artículo 1. Prórroga de la intervención de las Fuerzas Armadas Prorrogar la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú, con el objeto de asegurar el control y el mantenimiento del orden interno, así como para prestar apoyo en la ejecución de operaciones policiales especializadas de interdicción contra la minería ilegal y delitos conexos, en el distrito de El Cenepa, provincia de Condorcanqui, departamento de Amazonas, por el término de treinta (30) días calendario, del 30 de octubre al 28 de noviembre de 2021. Artículo 2. De la actuación de las Fuerzas Armadas2.1. La actuación de las Fuerzas Armadas constituye una tarea de apoyo a la misión de la Policía Nacional del Perú y no releva la activa participación de esta. El control del orden interno permanece en todo momento a cargo de la Policía Nacional del Perú. 2.2. La actuación de las Fuerzas Armadas está dirigida a contribuir y garantizar la plena vigencia del derecho a la libertad y seguridad personales, a la libertad de tránsito por las vías y carreteras, el derecho a la paz, a la tranquilidad, al adecuado funcionamiento de los servicios públicos esenciales y resguardar puntos críticos vitales para el normal desarrollo de las actividades de la población afectada, facilitando de este modo que los efectivos de la Policía Nacional del Perú concentren su accionar en el control del orden interno y la interacción con la población. Artículo 3. De la intervención de las Fuerzas Armadas La intervención de las Fuerzas Armadas se efectúa conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1095, Decreto Legislativo que establece Reglas de Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el Territorio Nacional; y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2020-DE. Artículo 4. Estado de Derecho La intervención de las Fuerzas Armadas, conforme a la presente Resolución Suprema, no implica en modo alguno la restricción, suspensión ni afectación de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución Política del Perú, las leyes y los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos de los que el Perú es parte. Artículo 5. Refrendo La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República WALTER AYALA GONZÁLES Ministro de Defensa LUIS ROBERTO BARRANZUELA VITE Ministro del Interior 2006427-6 Designan Director General de la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0907-2021-IN Lima, 28 de octubre de 2021CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo público de confi anza de Director General de la O fi cina de Seguridad y Defensa Nacional del Ministerio del Interior; Que, resulta necesario designar al profesional que asuma el mencionado cargo de con fi anza; Con el visado de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor MANUEL ALBERTO PACHECO LEDESMA en el cargo público de confi anza de Director General de la O fi cina de Seguridad y Defensa Nacional del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS ROBERTO BARRANZUELA VITE Ministro del Interior 2006267-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Decreto Supremo que otorga vigencia a los certificados de “aprobado” en el examen psicológico para el Concurso Público de Méritos para el ingreso a la función notarial DECRETO SUPREMO Nº 016-2021-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, con arreglo al literal c) del artículo 142 del Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado, modi fi cado por el artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1232, es atribución del Consejo del Notariado proponer los Reglamentos y normas para el mejor desenvolvimiento de la función notarial; Que, en el año 2019 se convocó a Concurso Público de Méritos para el ingreso a la función notarial en 21 Colegios Notariales distribuidos en tres grupos. El Primer Grupo conformado por los Colegios de Notarios de La Libertad, Amazonas, Cusco y Madre de Dios, Arequipa, Puno, Moquegua y Lambayeque; el Segundo Grupo conformado por los Colegios de Notarios de Ucayali, San Martín, Ancash, Ayacucho, Lima, Loreto y Callao; y, el Tercer Grupo conformado por los Colegios de Notarios de Cajamarca, Junín, Piura y Tumbes, Huancavelica, Apurímac, Huánuco y Pasco e Ica; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, se declara Emergencia Sanitaria a nivel nacional, por el plazo de noventa (90) días calendario, por la existencia del COVID-19, y se dictan medidas de prevención y control para evitar su propagación, la misma que fue prorrogada mediante los Decretos Supremos Nº 020-2020-SA, Nº 027-2020-SA, Nº 031-2020-SA, Nº 009-2021-SA y Nº 025-2021-SA, siendo la última prórroga a partir del 3 de setiembre de 2021, por un plazo de ciento ochenta (180) días calendario; Que, mediante Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM se declaró el Estado de Emergencia Nacional y se