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12 NORMAS LEGALES Viernes 29 de octubre de 2021 El Peruano / recursos provenientes de donaciones, cooperación técnica internacional no reembolsable y otras fuentes de fi nanciamiento, conforme a la normatividad vigente. La participación de los integrantes del Grupo de Trabajo, es ad honórem, no irrogando gastos al Estado. Artículo 10.- Instalación El Grupo de Trabajo se instala en el plazo máximo de veinte (20) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 11.- Período de vigencia El Grupo de Trabajo tiene vigencia por un periodo de ciento ochenta (180) días calendario, prorrogable por un período adicional. Artículo 12.- Informe Final Vencido el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo, la Secretaría Técnica dispondrá de treinta (30) días calendario adicionales, para presentar un informe fi nal a la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 13.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.MIRTHA ESTHER VÁSQUEZ CHUQUILÍN Presidenta del Consejo de Ministros 2006146-1 Autorizan viaje de Presidente Ejecutivo del INDECOPI a Bolivia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 253-2021-PCM Lima, 28 de octubre de 2021VISTO:El O fi cio Nº 000142-2021-GEG/INDECOPI, de la Gerenta General del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; CONSIDERANDO: Que, mediante OF. RE (DGA) Nº 1-0-H/137, el Ministerio de Relaciones Exteriores comunica al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, que el Encuentro Presidencial y VI Gabinete Binacional Perú-Bolivia se celebrará en la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, el sábado 30 de octubre de 2021; Que, según se indica en el referido documento, el Gabinete Binacional constituye la máxima instancia de diálogo y coordinación política con Bolivia, y sus trabajos se estructuran en función a cuatro ejes temáticos: (i) medio ambiente y recursos hídricos transfronterizos; (ii) seguridad y defensa; (iii) desarrollo económico, políticas sociales y fortalecimiento institucional; e (iv) infraestructura para la integración y el desarrollo; Que, de acuerdo con el documento de visto, dicho evento será propicio para la suscripción del Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI (Perú), el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural - MDPyEP (Bolivia) y, el Servicio Nacional de Propiedad Intelectual - SENAPI (Bolivia), en el marco del compromiso 21 del Eje III del Plan de Acción de Ilo - Gabinete Binacional Perú-Bolivia;Que, asimismo, la participación del señor JULIAN FERNANDO PALACIN GUTIERREZ, Presidente Ejecutivo del INDECOPI, en el citado evento, resulta de interés institucional toda vez que representa una oportunidad para fortalecer las buenas relaciones que se vienen desarrollando con las autoridades de más alto nivel del Estado Plurinacional de Bolivia, en materia de promoción y protección de la propiedad intelectual, lo que contribuirá al desarrollo económico y la formulación de políticas públicas entre ambos países en bene fi cio de sus ciudadanos; Que, conforme lo dispone el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos correspondientes, se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo sector; Que, por lo expuesto resulta de interés institucional, autorizar el viaje del Presidente Ejecutivo del INDECOPI para que participe en el Encuentro Presidencial y VI Gabinete Binacional Perú-Bolivia, cuyos gastos por concepto de viáticos serán cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal 183: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 156-2021-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor JULIAN FERNANDO PALACIN GUTIERREZ, Presidente Ejecutivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, el día 30 de octubre de 2021, a la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia; para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución ministerial serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Pliego 183: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual -INDECOPI, de acuerdo al siguiente detalle: Nombre y ApellidosViático por un (1) día US$ JULIAN FERNANDO PALACIN GUTIERREZ370 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona cuyo viaje se autoriza deberá presentar a su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4.- La presente resolución ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIRTHA ESTHER VÁSQUEZ CHUQUILÍN Presidenta del Consejo de Ministros 2006146-2