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17 NORMAS LEGALES Viernes 29 de octubre de 2021 El Peruano / por el Director (e) la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR, respecto a la o fi cialización del “II Foro Nacional de la Vicuña”, señalando que dicho Informe cuenta con la conformidad del SERFOR; Con las visaciones del Viceministro de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario; y, de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego aprobado por Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI; y, el Reglamento de Ferias y Evento Agropecuarios aprobado por Resolución Ministerial Nº 0650-2006-AG; SE RESUELVE:Artículo 1 .- O fi cializar el evento denominado “II Foro Nacional de la Vicuña”, a desarrollarse del 14 al 15 de noviembre de 2021 en la Provincia de Huaytará de la Región Huancavelica, organizado por el Gobierno Regional de Huancavelica a través de la Dirección Regional de Camélidos Sudamericanos. Artículo 2.- La realización del evento a que se re fi ere el artículo 1, no irrogará gastos al Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego. Artículo 3.- Dentro de los treinta (30) días calendario siguientes de fi nalizado el evento a que se re fi ere el artículo 1, los organizadores del mismo, presentan al Despacho Ministerial del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, un Informe Final sobre las actividades realizadas y los objetivos alcanzados. Artículo 4 .- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.VÍCTOR RAÚL MAITA FRISANCHO Ministro de Desarrollo Agrario y Riego 2006042-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 a favor de diversos Gobiernos Locales DECRETO SUPREMO Nº 293-2021-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley Nº 30458, Ley que regula diversas medidas para fi nanciar la ejecución de proyectos de inversión pública en apoyo de Gobiernos Regionales y Locales, los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos y la ocurrencia de desastres naturales, se crea el Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), destinado a fi nanciar proyectos de inversión pública para la mitigación, capacidad de respuesta, rehabilitación y reconstrucción ante la ocurrencia de fenómenos naturales; asimismo, mediante el numeral 4.5 del citado artículo, se establece que la priorización de los proyectos de inversión pública a ser fi nanciados con los recursos del mencionado Fondo, es efectuada por una Comisión Multisectorial;Que, el literal a) del numeral 57.1 del artículo 57 de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, dispone que en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, se ha asignado hasta la suma de S/ 264 000 000,00 (DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MILLONES Y 00/100 SOLES), de los cuales hasta por la suma de S/ 164 000 000,00 (CIENTO SESENTA Y CUATRO MILLONES Y 00/100 SOLES) corresponden a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, y hasta por la suma de S/ 100 000 000,00 (CIEN MILLONES Y 00/100 SOLES) por la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, en el pliego Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), para el fi nanciamiento de actividades e inversiones para la mitigación, capacidad de respuesta, rehabilitación, y reconstrucción ante la ocurrencia de fenómenos naturales y antrópicos, priorizados por la Comisión Multisectorial del FONDES, y que se ejecutan en el Año Fiscal 2021, conforme a lo establecido, entre otros, en el numeral 4.5 del artículo 4 de la Ley Nº 30458 y en el Decreto Supremo Nº 132-2017-EF y modi fi catorias; precisándose, en el numeral 57.2 del citado artículo, que los recursos se trans fi eren a través de modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional, que se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Defensa, a solicitud del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI); Que, mediante el O fi cio Nº 4637-2021-INDECI/4.0, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 42 406 996,00 (CUARENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS SEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), a favor de treinta y cinco (35) Gobiernos Locales, para fi nanciar setenta y siete (77) intervenciones priorizadas en el Acta Nº 24 de la Comisión Multisectorial del FONDES, las cuales corresponden a cuarenta y tres (43) Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Reposición y de Rehabilitación (IOARR), a treinta y dos (32) actividades de emergencia y a dos (02) actividades de mitigación y capacidad de respuesta; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Técnico Nº 171-2021-INDECI/4.0, de su O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, con los sustentos respectivos; Que, mediante el Memorando Nº 0473-2021- EF/63.04, que adjunta el Informe Nº 0426-2021-EF/63.04, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas remite información sobre el estado situacional de cuarenta y tres (43) IOARR priorizadas en el Acta Nº 24 de la Comisión Multisectorial del FONDES, las que se encuentran activas y cumplen con los criterios de no duplicación, ni fraccionamiento; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 42 406 996,00 (CUARENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS SEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) a favor de treinta y cinco (35) Gobiernos Locales, para fi nanciar lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley Nº 30458, Ley que regula diversas medidas para fi nanciar la ejecución de proyectos de inversión pública en apoyo de Gobiernos Regionales y Locales, los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos y la ocurrencia de desastres naturales; y, en el numeral 57.2 del artículo 57 de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; DECRETA: Artículo 1. Objeto1.1. Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 42 406 996,00 (CUARENTA