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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE OCTUBRE DEL AÑO 2021 (29/10/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Viernes 29 de octubre de 2021 El Peruano / NUMERAL DENOMINACIÓN DEL SERVICIO REQUISITOSTARIFA GENERAL S/ (…) (…) (…) (…) 3.27Espectáculos culturales organizados por la Coordinación y Programación del Gran Teatro Nacional (…) 4) Espectáculos Familiares 1. Piso 1 Platea Baja 40.00 2. Piso 1 Platea Alta 40.00 3. Piso 1 Platea Lateral 40.00 4. Piso 2 Central 30.00 5. Piso 2 Lateral 30.00 6. Piso 3 Central 20.00 7. Piso 3 Lateral 20.00 8. Piso 4 General 10.00 9. Piso 4 Lateral 10.00 (…) Notas:Respecto a los Espectáculos culturales organizados por la Coordinación y Programación del Gran Teatro Nacional:Debido a la coyuntura actual a nivel nacional, se establece temporalmente, hasta el 31 diciembre del 2021, la Tarifa Familiar como una tarifa general (acápite 4 del numeral 3.27). En ese sentido, quedan suspendidas hasta el 31 de diciembre del 2021 las tarifas por espectáculos estelares, las tarifas por espectáculos solistas y las tarifas por espectáculos coproducidos, contempladas dentro del numeral 3.27. (…) Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe) el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANDREA GISELA ORTIZ PEREA Ministra de Cultura 2005760-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Oficializan el “II Foro Nacional de la Vicuña”, a desarrollarse en la provincia de Huaytará de la Región Huancavelica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0308-2021-MIDAGRI Lima, 27 de octubre de 2021VISTOS; el Memorándum Nº 706-2021-MIDAGRI- DVPSDA del Viceministro de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario; el Informe Técnico Nº D000227-2021- MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS-DPR del Director (e) de la Dirección de Política y Regulación del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR; el O fi cio Nº 322-2021/GOB.REG.HVCA/GGR del Gerente General Regional del Gobierno Regional de Huancavelica; el Informe Nº 076-2021/GOB.REG.HVCA/GRDE del Gerente Regional de Gobierno Regional de Huancavelica; el Informe Nº 290-2021/GOB.REG.HVCA/GRDE/DIRCAMS del Director de la Dirección Regional de Camélidos Sudamericanos del Gobierno Regional de Huancavelica; y, el O fi cio Nº D000351-2021-MIDAGRI-SERFOR-DE del Director Ejecutivo (e) del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR; y,CONSIDERANDO: Que, el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, en adelante la LOF, establece que este Ministerio ejerce la rectoría sobre las políticas nacionales propias de su ámbito de competencia, las cuales son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno; Que, el artículo 13 de la LOF, establece que con arreglo a la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y la normativa vigente, el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR), es un organismo público adscrito al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; Que, el artículo 13 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, crea el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR) como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura ahora Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, constituyéndose en la autoridad nacional forestal y de fauna silvestre y ente rector del Sistema Nacional de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre (SINAFOR); así como, en la autoridad técnico-normativa a nivel nacional, encargada de dictar las normas y establecer los procedimientos relacionados a su ámbito, correspondiéndole, conforme a lo señalado en el literal c) del artículo 14 de la citada Ley, emitir y proponer normas y lineamientos de aplicación nacional, relacionados con la gestión, administración y uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29763, dispone que el SERFOR, es el organismo nacional competente para la administración y conservación de los camélidos sudamericanos silvestres de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 26496, Régimen de la Propiedad, Comercialización y Sanciones por la Caza de las Especies de Vicuña, Guanaco y sus Híbridos, y normas complementarias, respetando las competencias transferidas a los gobiernos regionales; Que, el artículo 27 del Reglamento de Ferias y Eventos Agropecuarios, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0650-2006-AG, establece que los congresos son eventos cientí fi cos, técnicos o académicos sobre intereses comunes relacionados con el desarrollo del Sector Agrario, ahora Sector Agrario y de Riego, estando también comprendidos en este rubro los simposios, foros y otros relacionados a las ciencias agrarias; correspondiendo su organización, entre otras, a instituciones que presenten temas relacionados con el Sector Agrario y de Riego; Que, mediante O fi cio Nº 322-2021/GOB.REG.HVCA/ GGR, el Gerente General Regional del Gobierno Regional de Huancavelica, con el sustento de los Informes Nºs. 076- 2021/GOB.REG.HVCA/GRDE y 290-2021/GOB.REG. HVCA/GRDE/DIRCAMS, solicita a la Dirección Ejecutiva del SERFOR, el reconocimiento del “II Foro Nacional de la Vicuña” a realizarse los días 14 y 15 de noviembre de 2021 en la Provincia de Huaytará de la Región Huancavelica, organizado por el citado Gobierno Regional a través de la Dirección Regional de Camélidos Sudamericanos, en el marco de la celebración del “Día Nacional de la Vicuña”, para lo cual adjunta la documentación que exige el artículo 28 del Reglamento de Ferias y Eventos Agropecuarios anteriormente citado; Que, con O fi cio Nº D000351-2021-MIDAGRI- SERFOR-DE el Director Ejecutivo (e) del SERFOR, remite al Viceministro de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario el Informe Técnico Nº D000227-2021- MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS-DPR del Director (e) de la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR, por el cual se propone el proyecto de Resolución Ministerial que o fi cializa el “II Foro Nacional de la Vicuña” a que se re fi ere el considerando precedente; Que, por Memorándum Nº 706-2021-MIDAGRI- DVPSDA el Viceministro de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario, mani fi esta su conformidad sobre el contenido del Informe Técnico Nº D000227- 2021-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS-DPR, emitido