NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (15/09/2021)
CANTIDAD DE PAGINAS: 56
TEXTO PAGINA: 33
33 NORMAS LEGALES Miércoles 15 de setiembre de 2021 El Peruano / por la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional, que se detallan a continuación: - OD14-GOECOR/JEL “Protocolo de seguridad y prevención contra el COVID-19 en el local de votación y espacios abiertos”, Versión 04; y, - OD16-GOECOR/JEL “Protocolo de seguridad y prevención contra el COVID-19 para electores”, Versión 04; Artículo Tercero.- Mantener en todos sus extremos la vigencia de los cinco (5) documentos denominados Protocolos de Seguridad y Prevención Contra la COVID 19, revalidados por la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional, en el marco de la emergencia sanitaria nacional y del estado de emergencia nacional a causa del brote de la COVID-19, y aprobados por la Resolución Jefatural Nº 000103-2021-JN/ONPE, que a continuación se especi fi can: - OD04-GOECOR/IMO “Protocolo de seguridad y prevención contra el COVID-19 en la ODPE y ORC”, Versión 03; - OD15-GOECOR/JEL “Protocolo de seguridad y prevención contra el COVID - 19 en la mesa de sufragio”, Versión 03; - OD17-GOECOR/JEL “Protocolo de seguridad y prevención contra el COVID - 19 para los personeros durante el proceso electoral”, Versión 03; - OD18-GOECOR/JEL “Protocolo de seguridad y prevención contra el COVID - 19 para los observadores durante el proceso electoral”, Versión 03; - OD19-GOECOR/JEL “Protocolo de seguridad y prevención contra el COVID - 19 para periodistas”, Versión 03; Artículo Cuarto.- Disponer que los documentos citados en los artículos precedentes son de cumplimiento obligatorio por todos los servidores y/o ciudadanos intervinientes en los procesos electorales convocados, por los fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente resolución; Artículo Quinto.- Disponer que los documentos aprobados mediante la presente resolución jefatural tendrán vigencia en tanto dure la Emergencia Sanitaria a nivel nacional declarada por el Poder Ejecutivo; Artículo Sexto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano; asimismo, su publicación de manera conjunta con sus anexos en la Plataforma Única para la Orientación al Ciudadano (www.gob.pe/onpe), en el Portal institucional (www.onpe.gob.pe) y en el Portal de Transparencia de la ONPE, de conformidad con el artículo 10 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. Regístrese, comuníquese y publíquese.PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS Jefe 1991186-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan inscripción de la empresa MHA CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas RESOLUCIÓN SBS Nº 02638-2021 Lima, 7 de septiembre de 2021EL SECRETARIO GENERAL VISTA:La solicitud presentada por el señor Rafael Arturo Milla Herrera para que se autorice la inscripción de la empresa MHA CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas (Registro): Sección III: De los Corredores de Seguros B: Personas Jurídicas, numeral 1 Corredores de Seguros Generales; y, CONSIDERANDO: Que, el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas, aprobado por Resolución S.B.S. Nº 808-2019, establece los requisitos formales para la inscripción de las Empresas Corredoras de Seguros en el Registro respectivo; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos exigidos por la referida norma administrativa; Que, el Departamento de Registros ha considerado pertinente aceptar la solicitud de inscripción de la empresa MHA CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. en el Registro; y, De conformidad con lo establecido en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modi fi catorias y en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de esta Superintendencia, aprobado por Resolución S.B.S. Nº 1678-2018 de fecha 27 de abril de 2018; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción en el Registro, Sección III: De los Corredores de Seguros B: Personas Jurídicas, numeral 1 Corredores de Seguros Generales, a la empresa MHA CORREDORES DE SEGUROS S.A.C., con matrícula Nº J-0918. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ENRIQUE MELGAR ROMARIONI Secretario General 1989381-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE COMAS Ordenanza que aprueba el nuevo Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas, la modificación de la Ordenanza Municipal Nº 598/MDC y beneficio de descuentos para multas administrativas ORDENANZA MUNICIPAL Nº 619 /MDC Comas, 18 de agosto de 2021EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 18 de agosto de 2021; los Informes Nº 025-2021-JMT.SGPM-GPP/MDC y Nº 033-2021-SGPM-GPP/MDC de la Subgerencia de Planeamiento y Modernización; los Informes Nº 082-2021-GFT/MDC y Nº 373 -2021-SGCYO-GFT/MDC de la Gerencia de Fiscalización y Transporte; Informe Múltiple Nº 01-2021-SGSyECA-GFyT/MDC de la Subgerencia de Sanciones y Ejecutoria Coactiva Administrativa; Informe Nº 183-2021-SGPUCHUE/