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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (16/09/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Jueves 16 de setiembre de 2021 El Peruano / VISTO; el Informe N° 138-2021/COE-TPC, del 10 de setiembre de 2021, de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de traslado pasivo del ciudadano de nacionalidad española ESTICK JONATHAN SALDAÑA GUTIÉRREZ; CONSIDERANDO: Que, el ciudadano de nacionalidad española ESTICK JONATHAN SALDAÑA GUTIÉRREZ, quien se encuentra cumpliendo condena en el Establecimiento Penitenciario de Miguel Castro Castro, solicita ser trasladado a su país de origen para cumplir el resto de la condena impuesta por las autoridades judiciales peruanas, por el delito de robo agravado, en agravio de Seberina Sulluchuco Quispe de Salazar y otras; Que, conforme al inciso 2) del artículo 540 del Código Procesal Penal, corresponde al Poder Ejecutivo decidir la solicitud de traslado activo o pasivo de personas condenadas, mediante Resolución Suprema expedida con el acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas; Que, el literal d) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la referida Comisión propone al Consejo de Ministros, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de traslado pasivo; Que, mediante Informe N° 138-2021/COE-TPC, del 10 de setiembre de 2021, la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone acceder a la solicitud de traslado pasivo del ciudadano de nacionalidad española ESTICK JONATHAN SALDAÑA GUTIÉRREZ a un centro penitenciario del Reino de España; Que, también propone la mencionada Comisión, requerir que las Autoridades Centrales de ambos países verifi quen, en lo que a cada una corresponda, que el traslado se realice con todas las garantías necesarias para prevenir el riesgo de contagio del COVID-19 en el mencionado ciudadano y sus custodios como acto previo a la ejecución de dicho traslado; Que, la presente solicitud se encuentra regulada por el Tratado entre la República del Perú y el Reino de España sobre Transferencia de Personas Sentenciadas a Penas Privativas de Libertad y Medidas de Seguridad Privativas de Libertad, así como de Menores Bajo Tratamiento Especial, el cual fue suscrito el 25 de febrero de 1986 y se encuentra vigente desde el 9 de junio de 1987; así como por el Código Procesal Penal peruano y el Decreto Supremo N° 016-2006-JUS respecto del trámite interno y en todo lo que no disponga el Tratado; Que, conforme al inciso 1) del artículo 541 del Código Procesal Penal, el Perú mantendrá jurisdicción sobre la condena impuesta y cualquier otro procedimiento que disponga la revisión o modificación de la sentencia dictada por el órgano jurisdiccional. En igual sentido retendrá la facultad de indultar o conceder amnistía o redimir la pena a la persona condenada; En uso de la facultad conferida en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Acceder a la solicitud de traslado pasivo del ciudadano español ESTICK JONATHAN SALDAÑA GUTIÉRREZ, quien se encuentra cumpliendo sentencia en el Establecimiento Penitenciario de Miguel Castro Castro, para cumplir el resto de la condena impuesta por las autoridades judiciales peruanas en un centro penitenciario del Reino de España. Artículo 2.- Disponer que las Autoridades Centrales de ambos países verifiquen, en lo que a cada una corresponda, que el traslado se realice con todas las garantías necesarias para prevenir el riesgo de contagio del COVID-19 en el solicitante y sus custodios como acto previo a la ejecución de dicho traslado.Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Ministro de Justicia y Derechos Humanos OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 1992195-28 Designan Asesor II del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0164-2021-JUS Lima, 15 de setiembre de 2021CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Asesor II, Nivel F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, resulta necesario designar al profesional que ocupará dicho cargo; Con el visado de la O fi cina General de Recursos Humanos y la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-JUS; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor abogado Ivar Jesús Calixto Peña fi el en el cargo de con fi anza de Asesor II, Nivel F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1991869-1 Autorizan viaje de Procuradora Pública Ad Hoc a EE.UU. para que ejerza la defensa jurídica de los derechos e intereses del Estado peruano en las investigaciones y procesos vinculados a delitos de corrupción de funcionarios, lavado de activos y otros conexos en los que habría incurrido la empresa Odebrecht y otras RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0165-2021-JUS Lima, 15 de setiembre de 2021VISTOS, el O fi cio N° 621-2021-JUS-PPAH/ ODEBRECHT, de la Procuraduría Pública Ad Hoc para el caso Odebrecht y otras; el O fi cio N° 216-2021-JUS/ PGE-SGCD, de la Procuraduría General del Estado; el Informe N° 304-2021-JUS/OGPM, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el