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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (16/09/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Jueves 16 de setiembre de 2021 El Peruano / En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el literal c) del artículo 45º del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modi fi catorias, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 4º.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 5º.- La presente Resolución Directoral deberá publicarse en el Diario O fi cial “El Peruano”, siendo de cargo de la empresa CHECK & GO S.A.C., los gastos que origine su publicación, conforme lo establecido en el numeral 39.2 del artículo 39 del Reglamento. Artículo 6º. - Disponer la noti fi cación de la presente Resolución Directoral en el domicilio procesal ubicado en Av. Argentina 5704, provincia Constitucional del Callao y departamento de Lima, así como al correo electrónico gerenterevisionestecnicas@gmail.com. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIANGELLA ROSSI PAZOS Directora de Circulación VialDirección General de Autorizaciones en Transporte 1 Conforme la Resolución Nº 0818-2011/SC1-INDECOPI (Expediente 00098- 2009/CEB) del Tribunal de defensa de la competencia y de la propiedad intelectual, Sala especializada en eliminación de barreras burocráticas, resuelve, “PRIMERO: con fi rmar la Resolución 0194-2009/CEB-INDECOPI del 22 de octubre de 2009,en el extremo que declaró fundada la denuncia interpuesta por Check Go S.A.C., contra el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, toda vez que la negativa de dicha entidad, materializada en la Resolución Directoral 2429-2009-MTC/15 del 14 de julio de 2009, de otorgar a la denunciante una autorización para operar un Centro de inspección Técnica Vehicular con una línea de inspección tipo mixta en el distrito de San Miguel sobre la base de la existencia de una cláusula de exclusividad en el contrato de concesión entre la Municipalidad Metropolitana de Lima y Lidercon Perú S.A.C., constituye una barrera burocrática ilegal. SEGUNDO: con fi rmar la Resolución 0194-2009/CEB-INDECOPI del 22 de octubre de 2009, en el extremo que dispuso la inaplicación al denunciante de la barrera burocrática declarada ilegal en el presente procedimiento, (…)”. 2 Cabe señalar que, el requerimiento de la empresa ” CHECK & GO S.A.C. ” está relacionado a una solicitud de autorización para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular Tipo Fijo, con dos (02) líneas de inspección: una (01) línea de inspección técnica vehicular tipo mixta y una (01) línea de inspección técnica vehicular tipo combinada, en el local ubicado en Av. El Parque, Asociación de vivienda La Planicie, distrito San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. 3 Folios 230. 1991377-1 VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Aceptan renuncia de Superintendente Nacional de Bienes Estatales RESOLUCIÓN SUPREMA N° 006-2021-VIVIENDA Lima, 15 de setiembre de 2021CONSIDERANDO:Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Suprema N° 016-2017-VIVIENDA, se designa al señor Armando Miguel Subauste Bracesco, en el cargo de Superintendente Nacional de Bienes Estatales; Que, el citado funcionario ha presentado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde aceptarla; De, conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Armando Miguel Subauste Bracesco, al cargo de Superintendente Nacional de Bienes Estatales, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República GEINER ALVARADO LÓPEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1992195-17 Designan Superintendenta Nacional de Bienes Estatales RESOLUCIÓN SUPREMA N° 007-2021-VIVIENDA Lima, 15 de setiembre de 2021CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Superintendente/a Nacional de Bienes Estatales, siendo necesario designar a su titular; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar a la señora Cyntia Raquel Rudas Murga, en el cargo de Superintendenta Nacional de Bienes Estatales. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República GEINER ALVARADO LÓPEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1992195-29