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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (16/09/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 38

38 NORMAS LEGALES Jueves 16 de setiembre de 2021 El Peruano / Informe N° 744-2021-JUS/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución del Procurador General del Estado N° 33-2020-PGE/PG, se designó a la señora Silvana América Carrión Ordinola, como Procuradora Pública Ad Hoc para que ejerza la defensa jurídica de los derechos e intereses del Estado peruano ante los órganos jurisdiccionales y no jurisdiccionales, nacionales e internacionales, en las investigaciones y procesos vinculados a delitos de corrupción de funcionarios, lavado de activos y otros conexos en los que habría incurrido la empresa Odebrecht y otras; Que, mediante el O fi cio N° 621-2021-JUS-PPAH/ ODEBRECHT, la Procuraduría Pública Ad Hoc para el caso Odebrecht y otras, remite el Informe N° 006-2021-JUS-PPAH-ODEBRECHT-SACO en el que informa sobre diligencias relacionadas a los pedidos de extradición de los ciudadanos peruanos Alejandro Toledo Manrique, Mariella Janette Huerta Minaya y Gustavo Fernando Salazar Delgado, formulados a los Estados Unidos de América por el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional de la Sala Penal Nacional y el Tercer Juzgado Nacional de Investigación Preparatoria Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, en los procesos penales seguidos contra los citados requeridos, para ser procesados por delitos de Corrupción de Funcionarios; Que, en estos términos, se solicita la autorización de viaje de la señora abogada Silvana América Carrión Ordinola, Procuradora Pública Ad Hoc para el caso Odebrecht y otras, a efectos que participe en las citadas diligencias en representación del Estado peruano; Que, asimismo, de los documentos que se acompañan, se veri fi ca que la citada Procuraduría Pública Ad Hoc, da cuenta de la importancia de las acotadas diligencias, las mismas que guardan relación con la defensa judicial del Estado peruano para los casos vinculados con la empresa Odebrecht y otras; lo cual ha sido rati fi cado por la Procuraduría General del Estado; Que, teniendo en cuenta la importancia y trascendencia de las diligencias antes mencionadas, resulta de interés institucional autorizar el viaje de la señora abogada Silvana América Carrión Ordinola, Procuradora Pública Ad Hoc para el caso Odebrecht y otras, a efectos que participe en las mismas en representación del Estado peruano. Asimismo, por razones de itinerario es pertinente autorizar el presente viaje del 20 al 25 de setiembre de 2021; Que, los gastos que genere dicho viaje serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-JUS; la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora abogada Silvana América Carrión Ordinola, Procuradora Pública Ad Hoc para que ejerza la defensa jurídica de los derechos e intereses del Estado peruano ante los órganos jurisdiccionales y no jurisdiccionales, nacionales e internacionales, en las investigaciones y procesos vinculados a delitos de corrupción de funcionarios, lavado de activos y otros conexos en los que habría incurrido la empresa Odebrecht y otras, del 20 al 25 de setiembre de 2021, a Washington D.C. - Estados Unidos de América, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, serán cubiertos con recursos del presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de acuerdo al siguiente detalle: Silvana América Carrión Ordinola, Procuradora Pública Ad Hoc para el caso Odebrecht y otras. Pasajes US$ 680 Viáticos x 5 días US$ 2,200 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, la profesional citada en los artículos 1 y 2 de la presente Resolución deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe dando cuenta de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1992127-1 PRODUCE Aceptan renuncia de Viceministra de MYPE e Industria RESOLUCIÓN SUPREMA N° 005-2021-PRODUCE Lima, 15 de setiembre de 2021CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema N° 012-2020-PRODUCE se designa la señora Juana Rosa Ana Balcázar Suárez en el cargo de Viceministra de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, cargo al cual ha formulado renuncia, siendo necesario aceptarla; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modi fi catorias; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modi fi catorias; y el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modi fi catoria; SE RESUELVE: Artículo 1. Aceptar la renuncia de la señora Juana Rosa Ana Balcázar Suárez, al cargo de Viceministra de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2. La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República YVÁN QUISPE APAZA Ministro de la Producción 1992195-14