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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (18/09/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 110

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Sábado 18 de setiembre de 2021 El Peruano / Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº D000310- 2021-SUTRAN-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica y el Informe Nº D000234-SUTRAN-GG de la Gerencia General, y; CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 29380 se crea la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran, entidad que tiene competencia para normar, supervisar, fi scalizar y sancionar las actividades del transporte de personas, carga y mercancías en los ámbitos nacional e internacional; Que, a través del Informe Nº D000097-2021-SUTRAN- GEN, la Gerencia de Estudios y Normas sustenta y propone la aprobación de la “Directiva para la fi scalización del cumplimiento de la normativa sobre las entidades certi fi cadoras de conversión a gas natural vehicular (GNV) por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - Sutran”; Que, mediante el Memorando Nº D000301-2021- SUTRAN-OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe D000151-2021-SUTRAN-UPM, con el cual la Unidad de Planeamiento y Modernización emite opinión técnica favorable para la aprobación del proyecto de “Directiva para la fi scalización del cumplimiento de la normativa sobre las entidades certi fi cadoras de conversión a gas natural vehicular (GNV) por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - Sutran”; Que, mediante el Informe Nº D000310-2021-SUTRAN- OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que el proyecto de “Directiva para la fi scalización del cumplimiento de la normativa sobre las entidades certi fi cadoras de conversión a gas natural vehicular (GNV) por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - Sutran” se adecúa a las disposiciones normativas de la Directiva D-001-2021-SUTRAN-GG V01, que regula la formulación de documentos normativos en la entidad, y dado que constituiría un documento normativo que regule la gestión de aspectos técnicos y administrativos relacionados con la aplicación de la función de fi scalización a las entidades certi fi cadoras de conversión a GNV, corresponde su aprobación a través de resolución de Superintendencia; opinión que hizo suya la Gerencia General a través del Informe Nº D000234-2021-SUTRAN-GG Que, resulta necesario aprobar la “Directiva para la fi scalización del cumplimiento de la normativa sobre las entidades certi fi cadoras de conversión a gas natural vehicular (GNV) por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - Sutran”, con el objeto de optimizar el desarrollo de la actividad de fi scalización; De conformidad con la Ley Nº 29380, Ley de Creación de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías- Sutran; la Directiva Nº D-001-2021-SUTRAN-GG v01 “Directiva que regula la formulación, aprobación y modi fi cación de documentos normativos y de gestión de la Sutran”, aprobada por Resolución de Gerencia General Nº D000123-2021-SUTRAN-GG; en ejercicio de la atribución señalada en el literal l) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sutran, aprobado con el Decreto Supremo Nº 006-2015-MTC; y, contando con los vistos buenos de las gerencias de Estudios y Normas, de Supervisión y Fiscalización, de Procedimientos y Sanciones y de Articulación Territorial, las o fi cinas de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica, y la Gerencia General; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la Directiva D-005-2021- SUTRAN-SP v01 “Directiva para la fi scalización del cumplimiento de la normativa sobre las entidades certi fi cadoras de conversión a gas natural vehicular (GNV) por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - Sutran”, la misma que forma parte de la presente resolución.Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal institucional www.gob.pe/sutran. Regístrese y comuníquesePATRICIA ELIZABETH CAMA MEZA Superintendente 1992527-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS CENTRO NACIONAL DE PLANEAMIENTO ESTRATEGICO Prorrogan plazo para la elaboración y presentación del informe de evaluación de implementación del Plan Operativo Institucional (POI) 2021 correspondiente al primer semestre RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO N° 00048-2021/CEPLAN/PCD Lima, 17 de setiembre de 2021 VISTO: El Informe N° D00009-2021-CEPLAN-DE de la Dirección Ejecutiva, el Informe N° D000085-2021-CEPLAN-DNSE, y el Informe N° D0000163-2021-CEPLAN-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1088 se creó el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, como órgano rector, orientador y de coordinación de dicho sistema, y como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, los numerales 3 y 16 del artículo 10, de la citada norma, dispone que una de las funciones generales del CEPLAN es asesorar a las Entidades del Estado y a los gobiernos regionales y orientar a los gobiernos locales en la formulación, el seguimiento y la evaluación de políticas y planes estratégicos de desarrollos, con la fi nalidad de lograr que se ajusten a los objetivos estratégicos de desarrollo nacional previstos en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional; y como función especial del CEPLAN, el desarrollar el seguimiento y evaluación de la gestión estratégica del Estado, que comprende el seguimiento y evaluación de los planes y políticas, los objetivos, los programas y los proyectos prioritarios de desarrollo nacional; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 026-2017/CEPLAN/PCD, modi fi cada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00009-2021/CEPLAN/PCD, se aprobó la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, “Directiva para la Formulación y Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, que establece los lineamientos para la formulación y actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, dentro del marco de una visión compartida y concertada del país con prospectiva de mediano y de largo plazo; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Directiva N° 001-2017/CEPLAN/PCD, “Directiva para la Formulación y Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, establece que la Presidencia del Consejo Directivo del CEPLAN aprueba la actualización de guías e instrumentos metodológicos necesarios para orientar la actualización de políticas y planes a diferentes