NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (18/09/2021)
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48 NORMAS LEGALES Sábado 18 de setiembre de 2021 El Peruano / niveles, considerando el ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00015-2021/CEPLAN/PCD se aprobó la Guía para el seguimiento y evaluación de políticas nacionales y planes del Sinaplan, que establece las pautas para desarrollar el seguimiento y evaluación de las políticas nacionales y planes en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua, así como ser una herramienta orientadora para las entidades que conforman el SINAPLAN; Que, mediante Informe N° D000085-2021-CEPLAN- DNSE, la Dirección Nacional de Seguimiento y Evaluación señala la necesidad de prorrogar el plazo para la elaboración y presentación del informe de evaluación de implementación del Plan Operativo Institucional (POI) 2021 correspondiente al primer semestre, sustentando su requerimiento en las di fi cultades presentadas para dar continuidad a la operación y el mantenimiento del aplicativo CEPLAN V.01; así como, para brindar la asistencia técnica y el acompañamiento a las entidades públicas en el registro del seguimiento y evaluación del Plan Operativo Institucional, por factores externos a la entidad; Que, en ese sentido, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente, considerando la necesidad de prorrogar el plazo para la elaboración y presentación del informe de evaluación de implementación del Plan Operativo Institucional (POI) 2021 correspondiente al primer semestre, hasta el 5 de noviembre de 2021; Que el Reglamento de Organización y Funciones del CEPLAN, aprobado por Decreto Supremo N° 046-2009-PCM, establece en el literal w) de su artículo 13 que es una atribución del Presidente del Consejo Directivo de la entidad emitir las Resoluciones y Directivas pertinentes que regulen el marco conceptual, técnico, metodológico y operativo de las actividades inherentes al Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; Con el visado del Director Ejecutivo, del Director Nacional de Prospectiva y Estudios Estratégicos (e), de la Directora Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico, del Director Nacional de Seguimiento y Evaluación y de la Jefa de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN; la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, aprobada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 026-2017/CEPLAN/PCD y modi fi cada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00009-2021/CEPLAN/PCD; y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2009-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Prorrogar el plazo de la sección 4.6 de la Guía para el seguimiento y evaluación de políticas nacionales y planes del Sinaplan, aprobada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00015-2021/CEPLAN/PCD, estableciendo el 5 de noviembre de 2021, como plazo para la elaboración del informe de evaluación de implementación del POI 2021 correspondiente al primer semestre y su respectiva publicación en el portal de transparencia estándar. Artículo 2°.- Dejar sin efecto el artículo 2 de la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00043-2021/CEPLAN/PCD. Artículo 3°.- La Dirección Nacional de Seguimiento y Evaluación establece el modelo de informe de evaluación de implementación del POI 2021 del primer semestre y su forma de presentación, así como el formato de registro del seguimiento mensual del Plan Operativo Institucional 2021, ambos documentos se desarrollan de forma alterna al aplicativo CEPLAN V.01 y se encuentran publicados en el Portal Institucional del CEPLAN. Artículo 4°.- . Disponer que la O fi cina General de Administración realice las gestiones para la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como en el Portal Institucional del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (www.gob.pe/ceplan). Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER EDMUNDO ABUGATTÁS FATULE Presidente del Consejo Directivo del CEPLAN 1993111-1 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Aprueban Índices Unificados de Precios de la Construcción para las seis (6) Áreas Geográficas correspondientes al mes de agosto de 2021 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 214-2021-INEI Lima, 17 de setiembre de 2021CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Novena Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Ley 25862, de 18.11.92, se declara en desactivación y disolución al Consejo de Reajuste de Precios de la Construcción; Que, asimismo la Undécima Disposición Complementaria y Transitoria del referido Decreto Ley, dispone transferir al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) las funciones de elaboración de los Índices de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos ha elaborado el Informe Nº 02-08-2021/DTIE, referido a los Índices Uni fi cados de Precios de la Construcción para las Áreas Geográ fi cas 1, 2, 3, 4, 5 y 6, correspondientes al mes de Agosto de 2021 y que cuenta con la conformidad de la Comisión Técnica para la Aprobación de los Índices Uni fi cados de Precios de la Construcción, por lo que resulta necesario expedir la Resolución Jefatural correspondiente, así como disponer su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, y; Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística; de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática. SE RESUELVE:Artículo 1 .- Aprobar los Índices Uni fi cados de Precios de la Construcción (Base: julio 1992 = 100,0) para las seis (6) Áreas Geográ fi cas correspondientes al mes de Agosto de 2021, que se indican en el cuadro siguiente: Á R E A S G E O G R Á F I C A S Cód. 1 2 3 4 5 6 Cód. 1 2 3 4 5 6 01 1204.51 1204.51 1204.51 1204.51 1204.51 1204.51 02 839.89 839.89 839.89 839.89 839.89 839.89 03 819.35 819.35 819.35 819.35 819.35 819.35 04 641.69 1059.54 1182.24 609.44 358.11 795.14 05 483.79 237.93 451.40 608.22 (*) 668.58 06 1592.07 1592.07 1592.07 1592.07 1592.07 1592.07 07 1068.55 1068.55 1068.55 1068.55 1068.55 1068.55 08 1329.83 1329.83 1329.83 1329.83 1329.83 1329.83