NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (19/09/2021)
CANTIDAD DE PAGINAS: 52
TEXTO PAGINA: 49
49 NORMAS LEGALES Domingo 19 de setiembre de 2021 El Peruano / la cobertura de áreas verdes en ambientes urbanos ”, siendo responsables de la acción los gobiernos locales, provinciales y distritales; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 009-2018-MC, se aprobó la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú, la cual fue actualizada mediante los Decretos Supremos Nº 159-2020-PCM y Nº 011-2021-MC, reconociéndose a la Campaña Nacional “Reconocimiento de árboles patrimoniales”, como una iniciativa que busca identi fi car, reconocer y valorar a los árboles urbanos y rurales a nivel nacional que destaquen por su tamaño, forma, edad o por ser protagonistas de mitos, tradiciones o hechos históricos. Que, mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 037-2020-MINAGRI-SERFOR-DE, se aprobó la Guía para el Reconocimiento de Árboles Patrimoniales, estableciendo los criterios y pautas generales para el reconocimiento de árboles patrimoniales por parte de las municipalidades distritales, con la fi nalidad de promover su conservación y puesta en valor en las zonas urbanas y rurales, cuyo reconocimiento, de acuerdo con el numeral 6.2.4, se aprueba mediante ordenanza municipal; Que, la Subgerencia de Limpieza, Parques y Jardines, mediante el Informe Nº 257-2021-SGLPJ-GSC-MSS del 05.07.2021, conforme a las consideraciones técnicas señaladas en el Informe Técnico Nº 076-2021-EDVB-SGLPJ-GSC-MSS de la misma fecha, y en mérito a los lineamientos establecidos en el plan de trabajo contenido en el Informe Nº 039-2021-GMS-GSC-MSS de la Gerencia de Servicios a la Ciudad, sustenta la necesidad de reconocer como árboles patrimoniales en el distrito de Santiago de Surco a dos (02) árboles de la especie Ceiba Trichistandra , con registro Nº 002-2021-MSS y Nº 003-2021-MSS, ubicados en la Av. Circunvalación del Golf Los Incas Nº 335-A y Nº 335-B, respectivamente; Que, la Subgerencia de Educación, Cultura, Turismo y Deporte, mediante el Informe Nº 364-2021-SGECTD-GDS-MSS del 13.07.2021, considera viable incluir en la Guía Turística del distrito al ejemplar del árbol patrimonial propuesto, como parte de una iniciativa orientada al incremento del turismo en la jurisdicción de Santiago de Surco en bene fi cio de la comunidad; Que, la Gerencia de Imagen Institucional, mediante el Memorándum Nº 604-2021-GCII-MSS del 15.07.2021, desde el ámbito de su competencia, opina favorablemente por la propuesta de ordenanza de reconocimiento de árboles patrimoniales; Que, la Gerencia de Servicios a la Ciudad, mediante el Memorándum Nº 716-2021-GSC-MSS del 16.07.2021, sustentado en el Informe Técnico Nº 005-2021-GMS-GSC-MSS de la misma fecha, determina la importancia, viabilidad y necesidad de reconocer a los árboles propuestos de la especie Ceiba Trichistandra , con registro Nº 002-2021-MSS y Nº 003- 2021-MSS, como árboles patrimoniales del distrito de Santiago de Surco, toda vez que cumplen con los criterios de evaluación para dicho reconocimiento y son de interés histórico por ser una especie endémica y en peligro de extinción, señalando además que se encuentran ubicados en la berma lateral de la casa del señor Felipe Benavides Barrera, quien fue un conservacionista peruano, promotor de la protección de reservas nacionales; Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, mediante el Memorándum Nº 1983-2021-GPP-MSS del 20.07.2021, opina favorablemente por la propuesta presentada, al encontrarse alineada a la misión y visión del distrito, así como a los siguientes planes municipales: i) al Plan de Desarrollo Local Concertado (PDLC) 2017 - 2021, ii) al Plan Estratégico Institucional (PEI) 2019 – 2023 (horizonte ampliado) y iii) al Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2021 – 2023 y el Plan Operativo Institucional (POI) 2021; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Nº 741-2021-GAJ-MSS del 22.07.2021, opina por la procedencia del proyecto de ordenanza, para lo cual debe elevarse los actuados al Concejo Municipal para su aprobación; asimismo, señala que esta se encuentra dentro de los supuestos de exoneración de pre publicación establecidos en el Decreto Supremo Nº 01-2009-JUS que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de carácter general; Que, la Gerencia Municipal, mediante el Memorándum Nº 2186-2021-GM-MSS del 23.07.2021, mani fi esta su conformidad con el proyecto de ordenanza, la misma que se fundamenta en los documentos señalados anteriormente y solicita la prosecución del trámite respectivo para su aprobación; Estando al Dictamen Conjunto Nº 04-2021-CSCMA- CAJ-MSS de las Comisiones de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente y de Asuntos Jurídicos, al Informe Nº Nº 741-2021-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica y demás actuados, de conformidad con las facultades establecidas en el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, luego del debate correspondiente, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó por UNANIMIDAD, la siguiente: ORDENANZA QUE DECLARA EL RECONOCIMIENTO DE ÁRBOLES PATRIMONIALES EN EL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO Artículo Primero .- DECLARAR el reconocimiento como árboles patrimoniales en el distrito de Santiago de Surco a los árboles con registro Nº 002-2021-MSS y Nº 003-2021-MSS, pertenecientes a la especie “Ceiba” (Ceiba Trichistandra ), ubicados en la berma lateral de la Av. Circunvalación del Golf Los Incas Nº 335-A (coordenadas -12.076000S, -76.958632O) y Nº 335-B (coordenadas -12.075953S, -76.958817O), así como de interés distrital su protección, intangibilidad y su valoración histórica, cultural y ambiental, al encontrarse dichos ejemplares situados frente a la casa del primer conservacionista del Perú, quien fue reconocido por su defensa de especies vulnerables en Latinoamérica. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios a la Ciudad, a través de la Subgerencia de Limpieza, Parques y Jardines, para que, en el marco de sus competencias formulen y ejecuten los proyectos y/o actividades que garanticen la implementación de estrategias conducentes a la protección, conservación y gestión del ejemplar en mención, conforme a lo dispuesto en el artículo precedente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Subgerencia de Educación, Cultura, Turismo y Deporte, para que, en el marco de sus competencias, incluya al ejemplar del árbol patrimonial dentro de la Guía Turística del distrito y en coordinación con la Subgerencia de Limpieza, Parques y Jardines, formulen y ejecuten los proyectos y/o actividades que garanticen la promoción y puesta en valor del recurso. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios a la Ciudad la remisión de la presente Ordenanza al Ministerio del Ambiente y al Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR. Artículo Quinto. - ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del texto de la presente Ordenanza en el diario o fi cial El Peruano y a la Gerencia de Tecnología de las Información su publicación en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco (www.munisurco.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JEAN PIERRE COMBE PORTOCARRERO Alcalde 1992017-1 ORDENANZA Nº 648-MSS Santiago de Surco, 27 de agosto de 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO