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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (19/09/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 50

50 NORMAS LEGALES Domingo 19 de setiembre de 2021 El Peruano / POR CUANTO El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en sesión ordinaria de la fecha; VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 05-2021-CSCMA- CAJ-MSS de las Comisiones de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente y de Asuntos Jurídicos, el Memorándum Nº 2376-2021-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 790-2021-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 2202-2021-GPP-MSS de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Memorándum Nº 788-2021-GSC-MSS de la Gerencia de Servicios a la Ciudad, el Memorándum Nº 670-2021-GCII-MSS de la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, el Informe Nº 410-2021-SGECTD-GDS-MSS de la Subgerencia de Educación, Cultura, Turismo y Deporte, los Informes Nº 288-2021-SGLPJ-GSC-MSS y Nº 268-2021-SGLPJ-GSC-MSS de la Subgerencia de Limpieza, Parques y Jardines, entre otros documentos relacionados con el proyecto de ordenanza que declara el reconocimiento de árboles patrimoniales en el distrito de Santiago de Surco; y, CONSIDERANDO:Que, el literal d) del artículo 73º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece como competencia municipal la emisión de normas técnicas generales para la organización del espacio físico y uso del suelo, así como sobre la protección y conservación del ambiente; asimismo, el numeral 13 del artículo 82º de la citada Ley, prescribe que en materia de educación, cultura, deportes y recreación, una de las funciones específicas de las municipalidades, compartidas con el gobierno nacional y el regional, es promover la cultura de la prevención mediante la educación para la preservación del ambiente; Que, el artículo 132º de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, establece que el Estado reconoce los bene fi cios de la existencia de árboles en las ciudades y además promueve la forestería urbana; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 014-2011-MINAM, se aprobó el Plan Nacional de Acción Ambiental: 2011-2021, el cual establece como Acción Estratégica 3.1 para la Meta 3: Aire, la “ Ampliación de la cobertura de áreas verdes en ambientes urbanos ”, siendo responsables de la acción los gobiernos locales, provinciales y distritales; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 009-2018- MC, se aprobó la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú, la cual fue actualizada mediante los Decretos Supremos Nº 159-2020-PCM y Nº 011-2021-MC, reconociéndose a la Campaña Nacional “Reconocimiento de árboles patrimoniales”, como una iniciativa que busca identificar, reconocer y valorar a los árboles urbanos y rurales a nivel nacional que destaquen por su tamaño, forma, edad o por ser protagonistas de mitos, tradiciones o hechos históricos. Que, mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 037-2020-MINAGRI-SERFOR-DE, se aprobó la Guía para el Reconocimiento de Árboles Patrimoniales, estableciendo los criterios y pautas generales para el reconocimiento de árboles patrimoniales por parte