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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (30/09/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 35

35 NORMAS LEGALES Jueves 30 de setiembre de 2021 El Peruano / ………………………………………………………………… ……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… VI. MEDIOS PROBATORIOS ………………………………………………………………… ……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… VII. FIRMA Y HUELLA DIGITAL DEL SOLICITANTE .............................. ................................... FIRMA HUELLA DIGITAL 1 El presente documento tiene la calidad de declaración jurada, de conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS. 2 Coloque su número de Documento Nacional de Identidad, y de no ser nacional precise otro documento de identi fi cación. 3 Dirección para efectos de noti fi caciones de la Comisión Multisectorial y de los resultados de la evaluación efectuada por esta a que se re fi ere el artículo 14 del Reglamento de la Ley N° 31218. 4 Dato opcional. 5 Dato opcional. 1996964-4 ORGANISMOS EJECUTORES ARCHIVO GENERAL DE LA NACION Modifican el Reglamento Interno de Servidores Civiles del Archivo General de la Nación RESOLUCIÓN JEFATURAL N°105-2021-AGN/JEF Lima, 27 de setiembre de 2021VISTOS el Memorándum Nº 228-2021-AGN/SG, de fecha 30 de junio de 2021, de la Secretaría General; el Informe Nº 474-2021-AGN/SG-OA-ARH, de fecha 27 de julio de 2021, del Área de Recursos Humanos; el Informe N° 093-2021-AGN/SG-OPP, ampliado con Memorándum N° 247-2021-AGN/SG-OPP, de fecha 16 de septiembre de 2021, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 247-2021-AGN/SG-OAJ, de fecha 27 de septiembre de 2021, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO Que el artículo II del título preliminar de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil Nº 30057, establece como su fi nalidad que las entidades públicas del Estado alcancen mayores niveles de e fi cacia y e fi ciencia y presten, efectivamente, servicios de calidad a través de un mejor servicio civil, así como promover el desarrollo de las personas que lo integran; Que el artículo 1 de la Ley Nº 28716, Ley de Control Interno de las entidades del Estado, señala como su objeto el establecer las normas para regular la elaboración, aprobación, implantación, funcionamiento, perfeccionamiento y evaluación del control interno en las entidades del Estado; con el propósito de cautelar y fortalecer los sistemas administrativos y operativos con acciones y actividades de control previo, simultáneo y posterior contra los actos y las prácticas indebidas o de corrupción, propendiendo al debido y al transparente logro de los fi nes, objetivos y metas institucionales; Que el artículo 129 del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, establece que todas las entidades públicas están obligadas a contar con un único reglamento interno de los servidores civiles–RIS. Dicho documento tiene como fi nalidad establecer condiciones en las cuales debe desarrollarse el servicio civil en la entidad, señalando los derechos y obligaciones del servidor civil y la entidad pública, así como las sanciones en caso de incumplimiento; Que mediante la Resolución Jefatural Nº 018-2018-AGN/J, de fecha 6 de febrero de 2018, se aprobó el Reglamento Interno de los Servidores Civiles del Archivo General de la Nación con la fi nalidad de precisar los derechos y las obligaciones en las cuales debe desarrollarse el servicio civil, así como fomentar la armonía y la disciplina en el centro de trabajo para mantener las buenas relaciones entre la entidad y sus servidores civiles; Que mediante el Informe Nº 437-2021-AGN/SG-OA- ARH, ampliado con el Informe N° 474-2021-AGN/SG-OA-ARH, el Área de Recursos Humanos advierte que debe actualizarse la base legal del Reglamento Interno de los Servidores Civiles del Archivo General de la Nación para evitar los vacíos normativos. Asimismo, mediante el Informe N° 093-2021-AGN/SG-OPP, ampliado con Memorándum N° 247-2021-AGN/SG-OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto brinda opinión a favor de realizar modi fi caciones al reglamento interno de los servidores de la entidad para contar con un dispositivo normativo actualizado; Que mediante el Informe N° 247-2021-AGN/SG- OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina a favor de la propuesta de modi fi cación del reglamento interno de la entidad por contar con sustento técnico y legal acorde a la normatividad vigente; Con los visados del Área de Recursos Humanos, de la Ofi cina de Administración, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; la Ley Nº 28716, Ley de Control Interno de las entidades del Estado; el Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; el TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; el Decreto Supremo N° 005-2018-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Archivo General de la Nación; SE RESUELVEArtículo 1. Modi fi car el artículo 4, en sus numerales 4.13, 4.16, 4.18, 4.21, 4.24, 4.25, 4.32, 4.42, 4.47 y 4.55, el artículo 92 y la Tercera Disposición Final Complementaria del Reglamento Interno de los Servidores Civiles del Archivo General de la Nación, aprobado por la Resolución Jefatural Nº 018-2018-AGN/J, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera: “Artículo 4.- Base legal (…)4.13 Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS. (…)