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176 NORMAS LEGALES Viernes 1 de abril de 2022 El Peruano / MUNICIPALIDAD PROVINCIAL SANCHEZ CARRION Aprueban actualización del Plan de Desarrollo Local Concertado de la provincia de Sánchez Carrión al 2030 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 442-MPSC EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL SÁNCHEZ CARRIÓN POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Provincial Sánchez Carrión, en sesión de Concejo Ordinaria Nº 004, de fecha 17 de febrero de 2022; VISTO: El O fi cio Nº 0042-2022-MPSC/CEPPLAN/D, del Director del Centro Provincial de Planeamiento Territorial – CEPPLAN S.C., por el que solicita la “Actualización del Plan de Desarrollo Local Concertado (PDLC) de Provincia Sánchez Carrión al 2030”; y, CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, el Artículo 9º, de la Ley Nº 27972; Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del Consejo Municipal, aprobar los Planes de Desarrollo Municipal Concertados; Que, el Decreto Legislativo Nº 1088 del año 2008, Ley de Creación del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, dispone que el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, es un organismo de derecho público cuya fi nalidad es constituirse como el órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico. Asimismo, dispone que sus competencias son de alcance nacional, teniendo como funciones desarrollar metodologías e instrumentos técnicos, para asegurar la consistencia y coherencia del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional y expedir las directivas que correspondan; Que, con Decreto Supremo Nº 054-2011-PCM, Artículo 1º, se aprueba el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional denominado PLAN BICENTENARIO: El Perú hacia el 2021, presentado por el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, (...). Artículo 2º.- Ajuste de los Planes Estratégicos. Las entidades conformantes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico ajustarán sus Planes Estratégicos a los objetivos estratégicos de desarrollo nacional previstos en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional denominado PLAN BICENTENARIO: El Perú hacia el 2021. (...); Que, el Decreto Supremo Nº 089-2011-PCM autoriza al CEPLAN iniciar el proceso de actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN); dispone además que las entidades conformantes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico ajustarán sus Planes Estratégicos a los objetivos del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional vigente, conforme a las directivas y normas que expida con tal propósito el CEPLAN; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM se aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2021, estableciéndose como primer pilar de la modernización: Políticas Públicas, Planes Estratégicos y Operativos; Que, con Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 26-2014-CEPLAN/PCD, se aprobó la Directiva Nº 001-2014-CEPLAN, Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico – Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, la cual tiene por objetivo establecer los principios, normas, procedimientos e instrumentos del proceso de planeamiento estratégico en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; Que, con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 026-2017/CEPLAN/PCD, se aprobó la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/PCD, “Directiva para la Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, la cual tiene como objetivo establecer los lineamientos para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional – PEDN, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Que, con Ordenanza Municipal Nº 354-2017-CEPLAN, se aprobó el Plan de Desarrollo Local Concertado de la Provincia Sánchez Carrión 2017 al 2021; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 212-2021- MPSC, se aprueba el inicio del proceso de Actualización del Plan de Desarrollo Local Concertado (PDLC) de la Provincia de Sánchez Carrión al 2030 en coordinación con el CERPLAN del GORE La Libertad; Que, mediante O fi cio Nº 0042-2022-MPSC/ CEPPLAN/D el director del CEPPLAN, Arq. Paul R. Rodríguez Román solicita la aprobación de la Actualización del Plan de Desarrollo Local Concertado de la Provincia Sánchez Carrión al 2030, por cumplir con la metodología participativa de la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/PCD “Directiva para la Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional” y la Guía Metodológica 2020 CEPLAN para la formulación de Planes de Desarrollo Concertado; Que, en sesión de Concejo ordinaria de fecha 17 de febrero de 2022, el Pleno por unanimidad ACORDÓ: Aprobar la Ordenanza Municipal que Actualiza el Plan de Desarrollo Local Concertado de la Provincia Sánchez Carrión al 2030; Estando a lo expuesto, con visaciones de Gerencia Municipal, Gerencia de Administración, Gerencia de Presupuesto, Desarrollo y Plani fi cación Institucional, Gerencia de Asesoría Jurídica, Centro Provincial de Planeamiento Territorial, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con dispensa de la lectura y aprobación del Acta, el Consejo Municipal aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE ACTUALIZA EL PLAN DE DESARROLLO LOCAL CONCERTADO DE LA PROVINCIA SÁNCHEZ CARRIÓN AL 2030 Artículo 1º.- APROBAR la Actualización del Plan de Desarrollo Local Concertado (PDLC) de la Provincia Sánchez Carrión al 2030, documento base para la articulación de los Planes Estratégicos Institucionales y Operativos, Planes de Desarrollo Concertado de los Gobiernos Distritales, Planes Temáticos y de los planes del sector privado. Artículo 2º.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal a Gerencia Municipal, Gerencia de Presupuesto, Desarrollo y Plani fi cación Institucional y Centro Provincial de Planeamiento Territorial – CEPPLAN. Artículo 3º.- ENCARGAR a Gerencia Municipal, Gerencia de Presupuesto, Desarrollo y Plani fi cación Institucional y Centro Provincial de Planeamiento Territorial – CEPPLAN, la ejecución de las acciones que corresponden a la difusión, socialización y de actualización del PDLC de la provincia de Sánchez Carrión al 2030, a nivel provincial. Asimismo, regular y ejecutar anualmente el proceso de monitoreo, seguimiento y evaluación del cumplimiento de objetivos y metas establecidas concertadamente en el PDLC de la provincia de Sánchez Carrión al 2030. Artículo 4º.- ORDENAR que las iniciativas y/o proyectos de inversión pública, que se desarrollan e inician en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones - INVIERTE.PE, deben regirse obligatoriamente a las prioridades y metas