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64 NORMAS LEGALES Viernes 8 de abril de 2022 El Peruano / N° ADMINISTRADON° DE RESOLUCIÓN JEFATURAL FECHA DE EMISIÓN DECISIÓN 83EDUARDO PÍO DE LA CRUZ SOTIL1080-2022-JN 14/03/2022 ARCHIVO 84 ALEJANDRO PIZARRO RUA1081-2022-JN 14/03/2022 ARCHIVO 85EDWARD ZAMBRANO VALER1082-2022-JN 14/03/2022 ARCHIVO 86ANGELA MARIA RIME PUMAYAULI1083-2022-JN 14/03/2022 ARCHIVO 87ROSA NEDIN GELDRES SARE1166-2022-JN 23/03/2022 ARCHIVO 88MAXIMO VENTURA HUAMAN1167-2022-JN 23/03/2022 ARCHIVO 89JOSE VICTOR QUIROZ RAMIREZ1168-2022-JN 23/03/2022 ARCHIVO 90VICTOR ROGELIO ARTEAGA MARTINEZ1169-2022-JN 23/03/2022 ARCHIVO 91HERNAN ENRIQUE VENANCIO RIVERA1170-2022-JN 23/03/2022 ARCHIVO 92GILBERTO TORRES VALENCIA1184-2022-JN 23/03/2022 ARCHIVO 93EDMER RUFINO VIVAS CAMPUSANO1185-2022-JN 23/03/2022 ARCHIVO 94NÉSTOR MACARIO BARRETO MILLA1273-2022-JN 30/03/2022 ARCHIVO Artículo Segundo.- PRECISAR que las resoluciones a las que se han hecho mención en el artículo precedente, se encuentran disponibles en el portal institucional www.onpe.gob.pe . Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano, en el portal institucional (www.onpe.gob.pe) y en el Portal de Transparencia de la ONPE, dentro de los tres (3) días posteriores a su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. BERNARDO JUAN PACHAS SERRANO Secretario General (e) 2055720-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA Aprueban el Plan Estratégico Regional de Turismo - PERTUR MOQUEGUA 2019 - 2025 CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL N° 17-2021-CR/GRM Fecha: 20-12-2021VISTO:En Sesión Extraordinaria N° 22-2021-CR/GRM, de Consejo Regional de Moquegua, realizada el 20 de diciembre del 2021, el Pleno del Consejo Regional de Moquegua, con la dispensa de los actos de lectura y aprobación del acta; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191° modi fi cado por el Artículo Único de la Ley N° 30305, publicada el 10 de marzo de 2015, reconoce que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Autonomía que es delimitada, por el Artículo 80° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, como el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia; Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 2° establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y fi nanciera, un pliego presupuestal; Que, en su literal a) del artículo 15° de la Ley Orgánica citada, se establece como atribución del Consejo Regional, el aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; asimismo, en su artículo 38, prescribe que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Que, la Ley N° 29408, Ley General de Turismo, modi fi cada por la Ley N° 30753 en su artículo 4 establece: “Corresponde al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo — MINCETUR aprobar y actualizar el Plan Estratégico Nacional de Turismo (PENTUR), así como coordinar y orientar a los gobiernos regionales y locales en materia de turismo, fomentando el desarrollo del turismo social y la implementación de estrategias para la facilitación turística, inversión y promoción del turismo interno y receptivo, entre otras”; en tanto que en su artículo 12 prescribe: “Los gobiernos regionales, de conformidad con su Ley Orgánica, aprueban el Plan Estratégico Regional de Turismo (PERTUR) como instrumento de plani fi cación y gestión que impulsará el desarrollo turístico de cada región. Para ello, el PERTUR solo podrá ser aprobado por los Gobiernos Regionales siempre que cuente con la Opinión Técnica favorable del MINCETUR”; Que, mediante Resolución Ministerial N° 231-2016-MINCETUR, de fecha 22 de julio de 2016 se aprobó la actualización del Plan Estratégico Nacional de Turismo PENTUR 2025; en tanto que mediante Resolución Ministerial N° 288-2018-MINCETUR se aprobó la Guía para la elaboración del Plan Estratégico Regional de Turismo — PERTUR (en adelante Guía PERTUR), documento orientador que establece los lineamientos, pautas y recomendaciones para la formulación de los Planes Estratégicos Regionales de Turismo; Que, con O fi cio N° 116-2021-GRM/GERCETUR- MOQ, el Gerente Regional de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de Moquegua solicita al Consejo Regional de Moquegua información sobre el estado del trámite de aprobación del PERTUR remite el Plan Regional Estratégico de Turismo Moquegua 2019 - 2025, solicitando su revisión y aprobación mediante Ordenanza Regional, para lo cual se adjunta los informes y demás documentos que sustentan su pedido; Que, con el O fi cio N° 246-2019-GR-GERCETUR-MOQ, Suscrito por el Gerente Regional de Comercio Exterior y Turismo; solicita al MINCETUR opinión favorable del Plan estratégico Regional de Turismo de Moquegua-PERTUR-Moquegua 2025, con el O fi cio N° 07-2020-MINCETUR/VMT de fecha 07 de enero del 2020, emitido por el Viceministerio de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, anexando el Informe N° 043-2019-MINCETUR/VMT/DGS1/DPDT-VAY emitido por la Dirección de Productos y Destinos Turísticos, en el cual se emite Opinión Técnica Favorable al Plan Estratégico Regional de Turismo de Moquegua 2019-2025; asimismo con memorándum N° 043-2020-GRM/OREPLAN la O fi cina Regional de Planeamiento Presupuesto y Ordenamiento Territorial del Gobierno Regional de Moquegua, anexando el Informe N° 022-2020-GR.M-OREPLAN-OPL, emite opinión favorable al Plan Estratégico Regional de Turismo de Moquegua 2019–2025; Que, la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico del Consejo Regional de Moquegua luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el dictamen, sobre: “APROBAR EL PLAN ESTRATÉGICO DE TURISMO PERTUR MOQUEGUA 2019–2025”, dictamen con opinión favorable que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional, en Sesión Ordinaria de fecha en mérito al Pedido;