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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (08/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 52

52 NORMAS LEGALES Viernes 8 de abril de 2022 El Peruano / Sexto. Que, en ese sentido, la O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena solicitó a las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, mediante O fi cio Múltiple N° 014-2021-ONAJUP-CE-PJ del 6 de agosto de 2021, la remisión de las resoluciones administrativas mediante las cuales se conforman las comisiones para la formulación de aranceles por servicios prestados por juzgados de paz; reiterando el requerimiento mediante O fi cio Múltiple N° 018-2021-ONAJUP-CE-PJ del 5 de octubre de 2021. Sétimo. Que, la Corte Superior de Justicia de La Libertad remitió a este Órgano de Gobierno, la propuesta del cuadro de aranceles por servicios prestados por los juzgados de paz del referido Distrito Judicial. Octavo. Que, la propuesta presentada fue remitida a la Gerencia General del Poder Judicial a fi n que evalúe y emita el respectivo informe técnico, conforme a lo establecido en el artículo 12° del Reglamento para la Formulación de Aranceles por Servicios Prestados por Juzgados de Paz, procediendo a emitir los Informes N° 000119-2022-OAL-GG-PJ y N° 000007-2022-GSJR-GG-PJ que otorgan opinión favorable a la propuesta de aranceles. Noveno. Que, en atención a ello, el señor Consejero Vicente Paul Espinoza Santillán remite a este Órgano de Gobierno el O fi cio N° 000065-2022-VPES-D-CE-PJ, que contiene el Informe N° 000015-2022-ONAJUP-CE-PJ mediante el cual se da opinión favorable a la propuesta presentada por la Corte Superior de Justicia de La Libertad. Décimo. Que, el artículo 82°, inciso 26) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por lo que siendo así, y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente aprobar la propuesta presentada. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 318- 2022 de la décima tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 23 de marzo de 2022, realizada con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán, sin la intervención del señor Arias Lazarte por asistir a una reunión programada con anterioridad; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Cuadro de Aranceles por servicios prestados por los Juzgados de Paz de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, conforme al formato que en anexo forma parte de la presente decisión. Artículo Segundo.- Disponer que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Libertad; así como la Ofi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, a través de su O fi cina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz en la referida Corte Superior, en cuanto sea de su competencia, realicen las acciones que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución y el documento aprobado, en el Portal Institucional del Poder Judicial para su difusión y cumplimiento. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO PresidentaCUADRO DE ARANCELES POR SERVICIOS PRESTADOS POR LOS JUECES DE PAZ DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD SERVICIOS NOTARIALES N° CONCEPTOCOSTO DE ARANCEL S/ 1 Escritura pública de transferencia posesoria de bienes inmuebles S/ 50.28 2Escritura pública de transferencia de bienes muebles no registrablesS/ 49.01 3 Certi fi cación de fi rmas S/ 4.72 4Certi fi cación de copias de documentos presentados por la parte interesadaS/ 5.87 5Otorgamiento de copias certi fi cadas de documentos que obran en el archivo del Juzgado de PazS/ 7.02 6 Certi fi cación de apertura de libros S/ 9.05 7Constancia de actos y decisiones que adopten en asamblea las organizaciones sociales o comunalesS/ 36.42 8 Constancia de posesión S/ 69.68 9 Constancia domiciliaria S/ 21.59 10 Constancia de supervivencia S/ 37.18 11 Constancia de convivencia S/ 59.69 12 Constancia de viudez S/ 37.11 13Otras constancias de hechos que el juez de paz pueda veri fi car personalmenteS/ 60.23 SERVICIOS JURISDICCIONALES N° CONCEPTOCOSTO DE ARANCEL S/ 1 Toda actuación realizada fuera del despacho del juez de paz S/ 61.23 2 Noti fi cación fuera de su centro poblado S/ 19.16 2056276-5 ORGANISMOS AUTONOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viaje de funcionarios de la Universidad Nacional del Altiplano Puno a Chile, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO - PUNO RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0376-2022-R-UNA Puno, 28 de febrero del 2022 VISTOS: El MEMORÁNDUM Nº 141-2022-SG-UNA-PUNO (21- 02-2022) de Secretaría General de esta Casa Superior de Estudios, que transcribe el acuerdo del Consejo Universitario Extraordinario del 11 de febrero del año en curso, referido a la aprobación del viaje de funcionarios a la ciudad de CHILE en Comisión O fi cial de Servicio, del 06 al 10 de marzo del 2022, con motivo de visitar la infraestructura e instalación del Edi fi cio del Centro de Innovación de la Ponti fi cia Universidad Católica de Chile, para recabar información, respecto a la Arquitectura, Infraestructura e instalaciones especiales del Centro de Innovación UC de la Ponti fi cia Universidad Católica de Chile, así mismo los procedimientos de gestión de las actividades del investigación e innovación que se ejecuta en la universidad antes mencionada, a fi n de aplicarlo en la elaboración del Expediente Técnico del Proyecto denominado: “CREACIÓN DEL SERVICIO DEL PARQUE TECNOLÓGICO EN CIENCIA TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO DISTRITO DE PUNO, PROVINCIA DE PUNO - DEPARTAMENTO DE PUNO”;