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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (08/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 53

53 NORMAS LEGALES Viernes 8 de abril de 2022 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, tal como prescribe el primer párrafo del artículo 1º de la Ley Nº 27619, denominada “Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos”, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Publico, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE; de ello se colige que, todo viaje al extranjero del rector y de docentes universitarios que irrogue gastos al Estado (en calidad de bolsa de viaje, viáticos, etc.), deberá ser publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” de forma obligatoria; Que, sobre la Publicación de viajes al exterior en el Diario O fi cial El Peruano, la Ley Nº 27619, en concordancia con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que regula la Autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, respecto contenido del acto de autorización, en su artículo 2º, dice lo siguiente: “La Resolución de autorización de viaje al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. Sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad”. En concordancia con lo señalado en su artículo 4º sobre la publicidad: “Las Resoluciones de autorización de viaje deberá publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje. En aquellos casos en que se haya requerido una permanencia mayor a la autorizada, se deberá acreditar especí fi camente la circunstancia que la motiva, siendo necesaria, además, la publicación de la autorización de mayor permanencia”. Finalmente su artículo 10º, señala en relación a la obligación de presentar informe: “Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario o servidor público, deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.”; Que, mediante el OFICIO Nº 115-2022-J-UEI-UNAP (08-02-2022) y OFICIO Nº 146-2022-J-UEI-UNAP (16-02-2022), del Jefe de la UNIDAD EJECUTORA DE INVERSIONES de esta Casa Superior de Estudios, en concordancia con el Plan de Trabajo denominado “Viaje de Visita Técnica y Gestión de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto - Unidad de Ejecución de Inversiones de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno al Centro de Innovación UC de la Ponti fi cia Universidad Católica de Chile”, se desprende la solicitud de autorización de viaje de funcionarios a la ciudad de CHILE en Comisión Ofi cial de Servicio, del 06 al 10 de marzo del 2022, con motivo de visitar la infraestructura e instalación del Edi fi cio del Centro de Innovación de la Ponti fi cia Universidad Católica de Chile, para recabar información, respecto a la Arquitectura, Infraestructura e instalaciones especiales del Centro de Innovación UC de la Ponti fi cia Universidad Católica de Chile, así mismo los procedimientos de gestión de las actividades del investigación e innovación que se ejecuta en la universidad antes mencionada, a fi n de aplicarlo en la elaboración del Expediente Técnico del Proyecto denominado: “CREACIÓN DEL SERVICIO DEL PARQUE TECNOLÓGICO EN CIENCIA TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO DISTRITO DE PUNO, PROVINCIA DE PUNO - DEPARTAMENTO DE PUNO”. Consiguientemente, del cuadro adjunto al presente Plan de Trabajo, se obtiene que cada funcionario asistente al mencionado viaje en comisión o fi cial de servicio, solicita el monto de OCHO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y DOS CON 86/100 SOLES (S/ 8,272.86) como concepto de bolsa de viaje; Que, respecto al egreso que demande la presente resolución, la Unidad de Presupuesto según INFORME Nº 0100-2022-UP-OPP-UNA-PUNO (11-02-2022), considera la existencia de disponibilidad de marco presupuestal en la Meta 001 Proyectos de Preinversión, genérica de Gasto 2.6 Adquisición de Activos no Financieros, fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios conforme a la directiva de viáticos, y el cálculo de pasajes que se dieran en dicho viaje para los servidores asignados, siempre en observancia del ámbito de la austeridad y normas conexas; Que, en ese contexto, según el numeral 89.16 artículo 89º del Estatuto Universitario, aprobado con RAU Nº 020-2021-AU-UNA, son atribuciones del Consejo Universitario, entre otras: “Autorizar los viajes fuera del país en comisión de servicio del Rector y Vicerrectores, Decanos, Director de la Escuela de у Posgrado, docentes, funcionarios y estudiantes; así también recibir los informes correspondientes.”; Que, consiguientemente, el Consejo Universitario Extraordinario del 11 de febrero del año en curso, ha aprobado el viaje de tres funcionarios a la ciudad de CHILE en Comisión O fi cial de Servicio, del 06 al 10 de marzo del 2022, con motivo de visitar la infraestructura e instalación del Edi fi cio del Centro de Innovación de la Ponti fi cia Universidad Católica de Chile, para recabar información, respecto a la Arquitectura, Infraestructura e instalaciones especiales del Centro de Innovación UC de la Ponti fi cia Universidad Católica de Chile, así mismo los procedimientos de gestión de las actividades del investigación e innovación que se ejecuta en la universidad antes mencionada, a fi n de aplicarlo en la elaboración del Expediente Técnico del Proyecto denominado: “CREACIÓN DEL SERVICIO DEL PARQUE TECNOLÓGICO EN CIENCIA TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO DISTRITO DE PUNO, PROVINCIA DE PUNO - DEPARTAMENTO DE PUNO”; Que, la autonomía inherente a la Universidad Nacional del Altiplano – Puno, se mani fi esta en los siguientes regímenes: normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico para el cumplimiento de los fi nes y objetivos institucionales, se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Estado, disposiciones contenidas en la Ley Universitaria Nº 30220, Estatuto Universitario y demás normativa aplicable; Estando a la documentación sustentatoria que forma parte de la presente Resolución; contando con el PROVEÍDO, que precisa el monto a ser otorgado como bolsa de viaje, del Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de fecha 28 de febrero del 2022; y con la opinión procedente de la O fi cina de Asesoría Jurídica contenida en la OPINIÓN LEGAL Nº 113-2022-OAJ-UNA-PUNO (10-02-2022); En el marco de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto Universitario y la Resolución de Asamblea Universitaria Nº 009-2021-AU-UNA; SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR, el VIAJE de los siguientes FUNCIONARIOS de esta Casa Superior de Estudios, a la ciudad de CHILE en COMISIÓN OFICIAL DE SERVICIO, del 06 al 10 de marzo del 2022, con motivo de visitar la infraestructura e instalación del Edi fi cio del Centro de Innovación de la Ponti fi cia Universidad Católica de Chile, para recabar información respecto a la Arquitectura, Infraestructura e instalaciones especiales del Centro de Innovación UC de la Ponti fi cia Universidad Católica de Chile, así mismo los procedimientos de gestión de las actividades del investigación e innovación que se ejecuta en la universidad antes mencionada, a fi n de aplicarlo en la elaboración del Expediente Técnico del Proyecto denominado: “CREACIÓN DEL SERVICIO DEL PARQUE TECNOLÓGICO EN CIENCIA TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO DISTRITO DE PUNO, PROVINCIA DE PUNO - DEPARTAMENTO DE PUNO”, por las consideraciones expuestas en el presente acto administrativo: 1. Ing. Gino Frank Laque Córdova Jefe de la Unidad Ejecutora de Inversiones.