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37 NORMAS LEGALES Sábado 9 de abril de 2022 El Peruano / 2020, que promueve el fi nanciamiento de la MIPYME, Emprendimientos y Startups; el Decreto Supremo Nº 004-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE; Decreto Supremo n.º 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); SE RESUELVE:Artículo 1.- Derogar la Resolución Ejecutiva Nº 242-2016-ITP/DE que aprueba el “Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Amazónico Ahuashiyacu – CITEpesquero Amazónico Ahuashiyacu”. Artículo 2.- Aprobar el “Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Acuícola Pesquero Ahuashiyacu – CITEacuícola Pesquero Ahuashiyacu”, conforme al Anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolución, en atención a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Los servicios contenidos en el tarifario aprobado serán prestados de forma transitoria por el CITEpesquero Amazónico Ahuashiyacu, hasta la culminación del proceso de integración dispuesto en la Resolución Ejecutiva Nº 121-2021-ITP/DE. Artículo 3.- De acuerdo con el tarifario aprobado en el artículo 2 de la presente Resolución, corresponde proceder al retiro e incorporación de los servicios que se encuentren en el Anexo N° 3 “Lista de servicios adicionales (no incluidos en tarifario)” y el Anexo N° 2. “Relación de Servicios Tecnológicos contenidos en los tarifarios vigentes a lo que resultan aplicable los Esquemas Promocionales” aprobados en la Resolución Ejecutiva Nº 047-2021-ITP/DE y modi fi catorias. Artículo 4.- Disponer que en el caso de aquellos servicios tecnológicos derogados con la aprobación del tarifario del artículo 2 de la presente Resolución y que se encuentren en ejecución, solo continúan vigentes hasta la culminación de la prestación de dichos servicios. Artículo 5.- Disponer que la O fi cina de Tecnologías de la Información en aplicación del artículo 2 y artículo 3 de la presente Resolución, realice las acciones correspondientes para la actualización del Sistema Informático de Gestión Integrada de Servicios Tecnológicos del ITP - SSIPRO. Artículo 6.- Disponer que la O fi cina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Instituto Tecnológico de la Producción (https://www.gob.pe/itp), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO CÉSAR ROBLES SORIA Director Ejecutivo 2056037-1 Modifican el contenido del Anexo N° 2 denominado “Relación de Servicios Tecnológicos contenidos en los tarifarios vigentes a los que resultan aplicable los Esquemas Promocionales”, aprobado mediante Resolución Ejecutiva N° 047-2021-ITP/DE y modificatoria RESOLUCIÓN EJECUTIVA Nº 046-2022-ITP/DE Lima, 7 de abril de 2022 VISTOS:El Memorando Nº 049-2022-ITP/DEDFO de fecha 2 de marzo de 2022, de la Dirección de Estrategia y Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica; el Memorando Nº 1135-2022-ITP/OPPM de fecha 10 de marzo de 2022, Memorando Nº 1185-2022-ITP/OPPM de fecha 15 de marzo de 2022 y Memorando Nº 1436-2022-ITP/OPPM de fecha 25 de marzo de 2022 y el Memorando Nº 1535-2022-ITP/OPPM de fecha 02 de abril de 2022, de la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº 00128-2022-ITP/OAJ de fecha 4 de abril de 2022, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el artículo 2, los literales c) y d) del artículo 16 y el artículo 17 del Decreto Legislativo Nº 92, modi fi cado por el Decreto Legislativo Nº 1451, el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) promueve el consumo de recursos hidrobiológicos, productos agroindustriales y otros productos industriales de competencia del sector producción; y, cuando fuera necesario, la comercialización y distribución de los mismos, contando entre sus recursos directamente recaudados los que se generen de estas actividades; Que, de conformidad con el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE y el artículo 41 del Reglamento de Organización y Funciones del ITP, los CITE púbicos del Sector Producción son órganos desconcentrados del ITP encargados de contribuir a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas y los sectores productivos a través de las actividades de capacitación y asistencia técnica, asesoría especializada para la adopción de nuevas tecnologías; transferencia tecnológica, investigación, desarrollo e innovación productiva y servicios tecnológicos, difusión de información; interrelación de actoras/es estratégicos y generación de sinergias, bajo un enfoque de demanda; Que, de acuerdo con el artículo 8 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1228, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2016-PRODUCE, los CITE públicos realizan sus intervenciones a través de servicios de (i) Transferencia Tecnológica, (ii) Capacitación en temas de producción, gestión, comercialización, tecnología, proveedores, mercados, tendencias, entre otros; (iii) Investigación, desarrollo e innovación; y, (iv) Difusión de información; Que, el numeral 43.4 del artículo 43 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo n.º 004-2019-JUS, dispone que, para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular, establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento; Que, mediante Resolución Ejecutiva Nº 047-2021-ITP/ DE de fecha 01 de julio de 2021, se aprobó i) la Directiva Nº 002-2021-ITP/DE denominada “Disposiciones sobre el Diseño y Aplicación de Esquemas Promocionales para el Acceso a los Servicios Tecnológicos que brinda el Instituto Tecnológico de la Producción – ITP” (en adelante, Directiva de Esquemas Promocionales); ii) el documento denominado “Relación de Servicios Tecnológicos Aprobados en los Tarifarios Vigentes”, que como Anexo Nº 2 forma parte integrante de la mencionada Resolución (en adelante, Anexo Nº 02); y, iii) el documento denominado “Lista de Servicios Adicionales (no incluidos en Tarifarios)”, que como Anexo Nº 3 forma parte integrante de la mencionada Resolución; Que, mediante Resolución Ejecutiva Nº 133-2021- ITP/DE de fecha 30 de diciembre de 2021, se aprobó modi fi car el contenido del Anexo Nº 2, aprobado mediante Resolución Ejecutiva Nº 047-2021-ITP/DE, y además modi fi car su denominación por el de “Relación de Servicios Tecnológicos contenidos en los tarifarios vigentes a los que resultan aplicable los Esquemas Promocionales”; Que, mediante Memorando Nº 049-2022-ITP/DEDFO de fecha 02 de marzo de 2022, sustentado en el Informe Nº 006-2022-ITP/MCC-DEDFO, la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica recomendó a la