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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (09/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 46

46 NORMAS LEGALES Sábado 9 de abril de 2022 El Peruano / g. Aprobar los instrumentos de gestión, tales como metodologías, planes estratégicos y operativos, reglamentos, lineamientos, guías, manuales, protocolos u otros de alcance sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - SINAGERD, siempre que la normativa lo permita. h. Remitir a la Unidad Transitoria de Pago las solicitudes de pagos de los Profesionales Altamente Cali fi cados - PAC; así como, comunicar a la Unidad Transitoria de Pago cuando el Personal Altamente Cali fi cado - PAC deje de prestar servicios en el Sector, bajo cualquier causa y/o motivo, en el marco de la Ley N° 29806. i. Solicitar, ante el Jurado Electoral Especial o a quien corresponda, autorización previa para la difusión de avisos o mensajes publicitarios que se consideren de impostergable necesidad o utilidad pública, a ser difundidos por radio o televisión, en periodo electoral, de conformidad a la normativa sobre la materia. j. Presentar, ante el Jurado Electoral Especial o a quien corresponda, el reporte posterior, en los casos de publicidad estatal difundida a través de medios distintos a la radio y a la televisión, en razón de necesidad o utilidad pública, en periodo electoral, de conformidad a la normativa sobre la materia. IV. DELÉGASE EN EL/LA DIRECTOR/A GENERAL DE LA OFICINA GENERAL DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO, LAS FACULTADES Y/O ATRIBUCIONES QUE A CONTINUACIÓN SE DETALLAN: a. Emitir la Carta de Compromiso de Priorización de Recursos para proyectos de inversión que se ejecuten parcial o totalmente en años fi scales siguientes, en el que conste el compromiso de la entidad pública de priorizar, bajo responsabilidad, en la fase de programación presupuestaria los recursos necesarios para fi nanciar el pago de los Certi fi cados de Inversión Pública Gobierno Nacional - Tesoro Público (CIPGN-TP) en los años fi scales inmediatos siguientes y por todo el periodo de ejecución del proyecto, así como de su mantenimiento y/u operación de ser el caso, teniendo en cuenta el límite de los créditos presupuestarios fi nanciados con recursos del Tesoro Público que corresponde a la entidad para cada año fi scal y remitir dicho documento a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. b. Aprobar la formalización de las modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional y Programático, que se realicen dentro de las Unidades Ejecutoras, que correspondan al Titular del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. V. DELÉGASE EN EL/LA DIRECTOR/A GENERAL DE LA OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, RESPECTO DE LA UNIDAD EJECUTORA 001: MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO - ADMINISTRACIÓN GENERAL, LAS FACULTADES Y/O ATRIBUCIONES QUE A CONTINUACIÓN SE DETALLAN: 5.1. En materia de contrataciones del Estadoa. Aprobar y/o modi fi car el Plan Anual de Contrataciones, así como evaluar y supervisar su ejecución. b. Aprobar las Contrataciones Directas tipi fi cadas en los literales e), g), j), k), l) y m) del artículo 27 Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225. c. Aprobar el proceso de estandarización para la contratación de bienes y/o servicios en general. d. Aprobar los documentos de los procedimientos de selección para la contratación de bienes, servicios en general, consultorías u obras, incluyendo las referidas a las contrataciones directas. e. Aprobar la reserva del valor referencial en los procedimientos de selección para la contratación de ejecución de obras o consultoría de obras. f. Aprobar la asignación su fi ciente de recursos en el supuesto que se supere el valor estimado o valor referencial del procedimiento de selección.g. Aprobar y/o modi fi car los Expedientes de Contratación para la contratación de bienes, servicios y/u obras, de todos los tipos de procedimientos de selección. h. Designar a los integrantes titulares y suplentes de los comités de selección, que tendrán a cargo los procedimientos de selección; así como autorizar la modi fi cación de la conformación del comité de selección. i. Autorizar la participación de expertos independientes para que integren los comités de selección. j. Cancelar total o parcialmente el procedimiento de selección para la contratación de bienes, servicios y/u obras. k. Autorizar las prestaciones adicionales y reducciones hasta por el monto máximo previsto en la normativa de contrataciones del Estado, para la contratación de bienes, servicios y consultorías, de todos los tipos de procedimientos de selección. l. Autorizar la reducción hasta por el monto máximo previsto en la normativa de contrataciones del Estado, para la contratación de obras. m. Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual en contratos de bienes, servicios en general, consultorías u obras. n. Aprobar el pago de gastos generales o mayores gastos generales variables que se podrían generar como consecuencia de las ampliaciones de plazo otorgadas en los contratos de bienes, servicios en general, consultoría u obras. o. Suscribir convenios interinstitucionales para encargar procedimientos de selección a entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales, u organismos internacionales, así como aprobar el expediente de contratación y las bases en calidad de entidad encargante. p. Suscribir convenios interinstitucionales con entidades públicas nacionales para contratar bienes y servicios en general en forma conjunta, a través de un procedimiento de selección único, así como, de ser el caso, recibir los requerimientos de las entidades participantes, consolidar y homogenizar las características de los bienes y servicios en general, y otros establecidos en la normativa de contrataciones. q. Resolver el recurso de apelación cuando se trate de procedimientos de selección cuyo valor estimado o valor referencial sea igual o menor a cincuenta (50) UIT, incluyendo aquellos casos donde se tenga la condición de entidad encargada. r. Autorizar la postergación hasta por un plazo máximo de dos (2) días hábiles del otorgamiento de la buena previo informe de la O fi cina de Abastecimiento y Control Patrimonial que explique las razones debidamente justifi cadas para la postergación, de acuerdo con el artículo 32 del Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios a que se re fi ere el Decreto Supremo N° 071-2018-PCM. s. Resolver los recursos de apelación interpuestos en los procedimientos de selección cuyo valor referencial o valor del ítem impugnado no supere las dos mil cuatrocientas (2400) Unidades Impositivas Tributarias - UIT, de acuerdo con los artículos 46 y 51 del Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios a que se re fi ere el Decreto Supremo N° 071-2018-PCM. t. Autorizar el pago por mayores metrados en los contratos de obra bajo el sistema de precios unitarios, de conformidad con el numeral 90.11 del artículo 90 del Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios, aprobado por el Decreto Supremo N° 071-2018-PCM. u. Declarar la nulidad de o fi cio en caso el pliego de absolución de consultas y observaciones e integración de bases incurra en alguno de los supuestos previstos en el numeral 44.2 del artículo 44 de la Ley de Contrataciones del Estado. v. Suscribir los contratos que realice el Estado Peruano con otro Estado, a que hacer referencia el literal e) del numeral 5.1. del artículo 5 de la Ley de Contrataciones del Estado. w. Aprobar la modi fi cación convencional del contrato, cuando implique el incremento de precio.