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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (09/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 45

45 NORMAS LEGALES Sábado 9 de abril de 2022 El Peruano / invalidez de los Convenios de Inversión, conforme a lo establecido por el artículo 86 y 87 del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley N° 29230, aprobado por Decreto Supremo N° 295-2018-EF. g. Declarar la suspensión, terminación o la caducidad de los Contratos de Concesión. h. Suscribir contratos de fi deicomiso, sus respectivas adendas así como la documentación necesaria para el cumplimiento de sus objetivos, en el marco de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modi fi catorias. i. Autorizar la elaboración de Expedientes Técnicos o documentos equivalentes de inversión; así como la ejecución de inversión pública del sector, declaradas viables o aprobadas, según corresponda. j. Aprobar, de manera previa al otorgamiento de la Buena Pro del proceso de selección de la empresa privada y del proceso de selección de la entidad privada supervisora por parte del Comité Especial, los importes mayores al monto total de inversión referencial cuando la propuesta económica exceda hasta en diez por ciento (10%) el monto total de inversión referencial, en el marco de lo dispuesto en el numeral 49.4 del artículo 49 y el numeral 128.7 del artículo 128 del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley N° 29230. 1.2. En materia administrativa y de gestión:a. Suscribir convenios de colaboración, cooperación, gestión, administración de recursos u otros de naturaleza análoga y sus respectivas adendas, con entidades privadas, organizaciones de la sociedad civil y organismos internacionales, así como suscribir toda la documentación que permita su ejecución. La presente delegación comprende también las designaciones necesarias para la ejecución de los convenios antes citados. b. Aprobar y suscribir contratos y sus respectivas adendas relativos a los asuntos propios de su ámbito, derivados de convenios suscritos con organismos internacionales. c. Suscribir contratos de fi deicomiso, sus respectivas adendas así como la documentación necesaria para el cumplimiento de sus objetivos, en el marco de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modi fi catorias. d. Solicitar a la Contraloría General de la República, la emisión del Informe Previo al que alude el literal l) del artículo 22 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, así como subsanar, completar y/o remitir información adicional. e. Autorizar las contrataciones y suscribir el Anexo N° 01 “Términos de Referencia del Servicio”, así como autorizar las prórrogas o renovaciones de los contratos de locación de servicios, con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público - FAG, que se requieran en sus respectivos despachos y en los órganos de línea y programas dependientes de cada una de estas instancias, en el marco del Decreto Ley N° 25650. f. Suscribir el Convenio Marco Intergubernamental, el Convenio de Gestión y el Convenio de Delegación, y sus respectivas adendas, a los que se hace referencia en la Directiva para el Desarrollo de la Gestión Descentralizada de los Servicios Públicos orientados a Resultados, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 014-2016-PCM. g. Suscribir los Convenios entre el MVCS y los Gobiernos Regionales, a celebrarse en el marco de lo dispuesto por la Directiva N° 001-2007-PCM/SD “Normas para la Ejecución de la Transferencia del año 2007 a los Gobiernos Regionales y Locales, de las Funciones Sectoriales incluidas en los Planes Anuales de Transferencia”, aprobada mediante Resolución de Secretaría de Descentralización N° 003-2007-PCM/SD; y, la Directiva N° 003-2008-PCM/SD, “Directiva para la culminación e implementación de la Transferencia de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales”, aprobada mediante Resolución de Secretaría de Descentralización N° 044-2008-PCM/SD.II. DELÉGASE EN EL/LA VICEMINISTRO/A DE VIVIENDA Y URBANISMO, EN EL ÁMBITO DE SUS COMPETENCIAS, EN MATERIA DE CONTRATACIONES, LAS FACULTADES Y/O ATRIBUCIONES QUE A CONTINUACIÓN SE DETALLAN: a. Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales de obra en los casos en que sus montos, restándole los presupuestos deductivos vinculados, no excedan el quince por ciento (15%) del monto del contrato original. b. Autorizar el pago por la ejecución de mayores metrados ejecutados por el contratista en los contratos de obra. c. Autorizar las prestaciones adicionales de obra menores o iguales al quince por ciento (15%) del monto del contrato original, de acuerdo al artículo 90 del Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios, aprobado por el Decreto Supremo N° 071-2018-PCM. d. Autorizar la reducción de prestaciones de obras en el marco del Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios, hasta por el máximo permitido por la Ley de Contrataciones del estado y su Reglamento. III. DELÉGASE EN EL/LA SECRETARIO/A GENERAL, LAS FACULTADES Y/O ATRIBUCIONES QUE A CONTINUACIÓN SE DETALLAN: 3.1. En materia presupuestal:a. Aprobar las modi fi caciones presupuestarias en nivel funcional programático, que se realicen entre las Unidades Ejecutoras, que correspondan al Titular del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, debidamente sustentadas por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto. b. Aprobar la Matriz de Compromisos de Mejora de Desempeño a que se re fi ere la Directiva N° 007-2019- EF/50.01 aprobada por Resolución Directoral N° 030-2019-EF/50.01. 3.2. En materia administrativa y de gestión:a. Designar a los titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General. b. Autorizar las contrataciones y suscribir el Anexo N° 01 “Términos de Referencia del Servicio”, así como autorizar las prórrogas o renovaciones de los contratos de locación de servicios, con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público - FAG, que se requieran en su respectivo despacho, en el Despacho Ministerial y en los órganos dependientes de la Secretaría General, en el marco del Decreto Ley N° 25650. c. Suscribir la solicitud para el registro de contratos; suscribir el contrato de locación de servicios; suscribir la solicitud para el registro de prórroga y/o renovación de contratos; suscribir el Anexo N° 08 “Adenda”; suscribir la solicitud para el pago de honorarios; comunicar a la Unidad Transitoria de Pago cuando el consultor deje de prestar servicios, bajo cualquier causa y/o motivo; comunicar a la Unidad Transitoria de Pago, de manera inmediata, en caso tome conocimiento de la imposición al consultor de alguna sanción de destitución fi rme o que haya agotado la vía administrativa y/o con sentencia condenatoria consentida y/o ejecutoriada; así como, suscribir otros documentos relacionados con el Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público - FAG, en el marco del Decreto Ley N° 25650. d. Representar al Titular de la Entidad y/o designar a los representantes del MVCS ante Comisiones Multisectoriales, Comisiones, Comités y Grupos de Trabajo donde participan los programas o intervenciones del MVCS o del sector, en los casos que la normativa lo permita. e. Designar y dejar sin efecto la designación de los Fedatarios Institucionales. f. Aprobar el Presupuesto Analítico de Personal - PAP, de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General.