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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (13/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 85

85 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de abril de 2022 El Peruano / Capítulo I, Articulo 85 indica: “en los casos de solicitantes pertenecientes a zonas habitadas o agrupaciones de viviendas que cuenten con habilitación urbana, o en su defecto, cuenten con planos de lotización, trazado de vías, así como la constancia de posesión; estos aprobados y emitidos por la Municipalidad correspondientes; (...)” . Que, mediante Informe Nº064-2022-MDC/GDUR- SGOPC, de fecha 09 de marzo de 2022 la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro remite a Gerencia Municipal la propuesta de Ordenanza que regula la emisión de constancia de posesión para fi nes del otorgamiento de la factibilidad de los servicios básicos. Que, mediante Informe Nº034-2022-MDC/GDUR de fecha 10 de marzo de 2022, la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural emite opinión técnica respecto a la propuesta de Ordenanza citada en el párrafo precedente; Que, mediante Proveído Nº114-2022-MDC/GM de fecha 10 de marzo de 2022, Gerencia Municipal solicita a este despacho emitir opinión legal respecto a la Ordenanza en mención, cursada por la Sub Gerencia de Obras Privadas y Catastro, atendiéndose con Memorándum Nº016-2022-MDC/GAJ, de fecha 10 de marzo de 2022, requiriendo que, previo a emitirse opinión legal, esta deberá evaluarse y adecuarse (en tanto corresponda) al informe técnico emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural; Que, mediante Informe Nº071-2022-MDC/GDUR- SGOPC, de fecha 16 de marzo del 2022, la Sub Gerencia de Obras Privadas y Catastro remite a la Gerencia de Asesoría Jurídica la propuesta de Ordenanza que regula la emisión de constancia de posesión para fines del otorgamiento de la factibilidad de los servicios básicos tomando en cuenta las observaciones realizadas por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural. Que, mediante Informe Nº 054-2022-MDC/GAJ, de fecha 22 de marzo del 2022, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que resulta viable aprobar el proyecto de ordenanza que regula la emisión de constancia de posesión para los fi nes del otorgamiento de la factibilidad de los servicios básicos, toda vez que promoverá el desarrollo urbano, rural y transitabilidad ordenado, participativo y sostenible en el Distrito. Sin embargo, previamente deberá someterse al Pleno del Concejo Municipal para su debate y/o aprobación. Que, después de algunas intervenciones en el debate pertinente; y dando cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 9º, 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, el Pleno del Concejo Municipal con el voto UNÁNIME de los señores Regidores presentes y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta, se aprobó: ORDENANZA QUE REGULA LA EMISION DE LA CONSTANCIA DE POSESIÓN PARA FINES DEL OTORGAMIENTO DE LA FACTIBILIDAD DE LOS SERVICIOS BÁSICOS Artículo Primero. – OBJETO La presente Ordenanza establece el Procedimiento que regula la emisión de la CONSTANCIA DE POSESIÓN PARA LOS FINES DEL OTORGAMIENTO DE LA FACTIBILIDAD DE LOS SERVICIOS BASICOS, para personas naturales y/o jurídicas que residen dentro del distrito de Cieneguilla, y así puedan acceder a los servicios básicos de energía eléctrica, agua y alcantarillado y, gas natural; garantizando de esta manera el inicio del proceso de implementación y acondicionamiento de tales servicios, esto para fomentar el desarrollo y progreso de dichas poblaciones ubicadas en las áreas consolidadas y en proceso de formalización. Artículo Segundo. - FINALIDAD: La presente Ordenanza tiene como fi nalidad viabilizar el Procedimiento Administrativo para la emisión de Constancia de Posesión para fi nes del otorgamiento de la Factibilidad de los Servicios Básicos para personas naturales y/o jurídicas que residen dentro del distrito de Cieneguilla, a fi n de que puedan acceder y obtener la factibilidad de instalación de los servicios básicos, como de electricidad, agua y alcantarillado y, gas natural en toda la jurisdicción de Cieneguilla.Artículo Tercero.- BASE LEGAL El presente dispositivo se fundamenta en las siguientes normas legales: - Constitución Política del Perú. - Ley Nº27972 - Ley Orgánica de Municipalidades.- Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS – Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General. - Ley Nº 28687 - Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalización de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotación del Servicios Básicos. - Decreto Supremo Nº 017-2006-VIVIENDA – Reglamento de los Títulos II y III de la Ley Nº 28687 - Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalización de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotación del Servicios Básicos. - Resolución Ministerial Nº 301-2017-Vivienda - Aprueba el Plan de Implementación del Programa “Agua Segura para Lima y Callao”. - Decreto Supremo Nº 008-2017-VIVIENDA - Crea el Programa “Agua Segura para Lima y Callao”. - Resolución Ministerial Nº 242-2017-VIVIENDA – Aprueba el Manual de Operaciones del Programa “Agua Segura para Lima y Callao” - Ley Nº 30556 - Ley que Aprueba Disposiciones de Carácter Extraordinario para las Intervenciones del Gobierno Nacional Frente a Desastres y Que Dispone la Creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; Artículo Cuarto.- COMPETENCIA El área competente para otorgar la Constancia de Posesión para los fi nes del otorgamiento de la factibilidad de los servicios básicos, es la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, quien realizara la evaluación y posterior emisión de la respectiva Constancia de Posesión. Artículo Quinto.- REQUISITOS PARA LA EMISIÓN DE LA CONSTANCIA DE POSESIÓN PARA FINES DEL OTORGAMIENTO DE LA FACTIBILIDAD DE LOS SERVICIOS BÁSICOS: a) Solicitud simple indicando nombre y apellidos completos del solicitante, domicilio legal, número de DNI, correo electrónico, número de contacto, indicar los documentos que se adjuntan. b) Plano de Ubicación o croquis del predio en solicitud.c) Declaración Jurada, bajo responsabilidad y sanción de nulidad, de no tener proceso judicial o extrajudicial ni reclamo alguno sobre posesión con la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, o con terceros, que perturbe la posesión pací fi ca; fi rmada por el solicitante (ANEXO Nº 01). d) Constancia de Vivencia otorgada por la Junta Directiva (vigente) o Documento de Posesión emitido por el Juez de Paz del Distrito de Cieneguilla. e) Pago por derecho de trámite: S/. 57.80 (Cincuenta y siete soles con ochenta céntimos). Artículo Sexto.- PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN DE CONSTANCIA DE POSESIÓN PARA FINES DEL OTORGAMIENTO DE LA FACTIBILIDAD DE LOS SERVICIOS BÁSICOS. a. El solicitante debe presentar los requisitos enumerado en el Artículo Quinto de la presente ordenanza a través de Mesa de Partes de la Sub Gerencia de Gestión Documentaria, el cual posteriormente deberá remitir el Expediente a la Sub Gerencia de Obras Privadas y Catastro. b. El personal técnico de la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro procederá a revisar la documentación adjunta en el expediente y veri fi cará si se cumple con las condiciones para el otorgamiento de la Constancia de Posesión para fi nes del otorgamiento de la factibilidad de los servicios básicos. Posteriormente realizará la Inspección Ocular correspondiente para la toma de fotografía que colocará en su informe técnico y deberá levantarse un Acta de Veri fi cación de posesión efectiva del predio, el mismo que deberá estar suscrito por el titular del predio, por los titulares de los predios colindantes y el