TEXTO PAGINA: 75
75 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de abril de 2022 El Peruano / para la emisión del Acuerdo de Concejo respectivo, donde se expresará la opinión sustentada respecto de lo solicitado. La opinión emitida por la Municipalidad Distrital no tiene carácter vinculante. Asimismo, se señala que si la Municipal Distrital no comunica su pronunciamiento dentro del plazo señalado en el literal que antecede, se considerará como una opinión favorable; pudiendo la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas continuar con el procedimiento regulado en la presente Ordenanza. De acuerdo con lo antes señalado, se considera que la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco no cumplió con lo señalado como parte del proceso del trámite de Cambio de Zoni fi cación estipulado en la Ordenanza 2086, con lo cual se declara como favorable sin haber emitido opinión según la normativa vigente; Que, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante O fi cio N° D000104-2021-MML-GDU-SPHU de 4 de marzo del 2021, solicitó al Instituto Metropolitano de Plani fi cación - IMP emitir opinión técnica sobre la propuesta presentada por Patrocinia Lastenia Fernández Pérez, David Renzo Valenza Alva y Josué David Renzo Valenza Alva. Posteriormente, mediante O fi cio N° 1042-21-MML-IMP-DE de 01 de julio de 2021, el Director Ejecutivo del Instituto Metropolitano de Plani fi cación - IMP, remite el Informe CEZ N° 031-2021-MML-IMP-DE/DGPT, mediante el cual emite opinión favorable al Cambio de Zoni fi cación de Otros Usos (OU) a Residencial de Densidad Baja (RDB), el cual señala que: - “Según el Plano de Zoni fi cación del distrito de Santiago de Surco (…), en el entorno del predio materia de consulta, encontramos zoni fi cación con predominancia de Residencial de Densidad Baja (RDB) y Zona de Recreación Publica (ZRP). - Según vista satelital en el entorno existen edifi caciones de uso exclusivamente residencial de 2 pisos, 3 pisos y 4 pisos más azotea. - En el expediente se precisa el uso que se desarrolla en el predio de la petición de cambio de zoni fi cación, vivienda multifamiliar, por lo tanto, revisando el Plano de Zoni fi cación de Zoni fi cación del distrito de Santiago de Surco, actualizado y aprobado mediante Ordenanza N° 912-MML, de fecha 03Mar2006 y sus modi fi catorias, dicho uso se puede desarrollar en la zoni fi cación de Residencial de Densidad Baja (RDB). - Se considera que el predio materia de la petición de cambio de zoni fi cación, por su ubicación, cumple urbanísticamente, para el desarrollo de una zoni fi cación de Residencial de Densidad Baja (RDB), debiendo sujetarse a lo establecido en el Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edi fi catorias aprobado con N° 599-MSS de fecha 26 de agosto de 2019. - De acuerdo con lo expresado, se emite opinión favorable al pedido de cambio de zoni fi cación solicitado de Zona de Otros Usos (OU) a Residencial de Densidad Baja (RDB)”. Que, a través del Informe Nº D000421-2021-MML- GDU-SPHU-DP de 04 de agosto del 2021 de la División de Planeamiento de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, concluyó que el Cambio de Zoni fi cación de Otros Usos (OU) a Residencial de Densidad Baja (RDB), del predio de 5,879.70 m², constituido por el Lote 1, ubicado en la Av. Augusto Wiesse y Av. Antúnez de Mayolo y la Calle Herrera Pomareda, Urb. Vista Alegre, distrito de Santiago de Surco, propiedad de Patrocinia Lastenia Fernández Pérez, David Renzo Valenza Alva y Josué David Renzo Valenza Alva, resulta favorable, por cuanto la actividad planteada de vivienda multifamiliar es consecuente con el uso residencial que existe en la zona, no altera su funcionamiento y consolida el carácter residencial de la zona. Asimismo, se ajusta a la visión y objetivos del distrito, que ha incorporado el Cambio de Zoni fi cación materia del trámite en su propuesta de Reajuste Integral de Zoni fi cación del distrito de Santiago de Surco, ya que corresponde a la zoni fi cación del entorno colindante; Que, estando a lo señalado en los considerandos que anteceden y en uso de las facultades previstas según los Artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 145-2021-MML-CMDUVN de 8 de setiembre de 2021; el Concejo Metropolitano de Lima, con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO APROBADO POR ORDENANZA N° 912 Artículo 1. Aprobar la modi fi cación del Plano de Zoni fi cación del distrito de Santiago de Surco, aprobado mediante Ordenanza N° 912, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 03 de marzo de 2006, de Otros Usos (OU) a Residencial de Densidad Baja (RDB), para el predio de 5,879.70 m², constituido por el Lote 1, ubicado en la Av. Augusto Wiesse y Av. Antúnez de Mayolo y la Calle Herrera Pomareda, de la Urb. Vista Alegre, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima; solicitado por Patrocinia Lastenia Fernández Pérez, David Renzo Valenza Alva y Josué David Renzo Valenza Alva, mediante el Expediente N° 129044-2020, conforme al Anexo N° 1, que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2. Encargar al Instituto Metropolitano de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el Plano de Zoni fi cación del distrito de Santiago de Surco, la modi fi cación aprobada en el Artículo 1 de la presente Ordenanza. Artículo 3. Notifi car la presente Ordenanza a la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, a fi n de que se encargue de la respectiva noti fi cación a los administrados. Artículo 4. Encargar a la Secretaría General del Concejo la publicación de la presente Ordenanza en el diario o fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación su publicación, incluido el Anexo N° 1, en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación en el referido diario o fi cial. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 2057146-1 Aprueban los “Lineamientos de Participación Ciudadana en la evaluación de los Instrumentos de Gestión Ambiental para las actividades de residuos sólidos de gestión municipal” DECRETO DE ALCALDÍA N° 04-2022 Lima, 8 de abril de 2022EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAVISTO:Los Memorandos N° D001430-2021-MML-GSCGA- SGA y D000288-2022-MML-GSCGA-SGA de la Subgerencia de Gestión Ambiental perteneciente a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, los Informes N° D000025-2021-MML-GSCGA-SGA-DEIA y N° D000014-2022-MML-GSCGA-SGA-DEIA de la División de Evaluación de Impactos Ambientales en Temas de Residuos Sólidos de la Subgerencia de Gestión Ambiental perteneciente a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, los Informes N° D000315-2021-MML-GP-SOM y N° D000010-2022-MML-GP-SOM de la Subgerencia de Organización y Modernización perteneciente a la Gerencia de Plani fi cación, el Memorando Nº D000049-2022-MML-GP de la Gerencia de Plani fi cación y el Informe Nº D000334-2022-MML-GAJ de la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad Metropolitana de Lima;