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78 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de abril de 2022 El Peruano / Temporal Hambre Cero, con la fi nalidad de contribuir en la reducción de brechas de inseguridad alimentaria de manera focalizada, diferenciada y gradual, en bene fi cio de la población del ámbito urbano y rural en situación de vulnerabilidad como resultado de la propagación del COVID-19. Dicha intervención temporal es liderada por el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social en estrecha coordinación y articulación con los diferentes sectores competentes y niveles de gobierno durante el año 2021, en el marco de sus competencias; Que, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, entre los documentos correspondientes a la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión, elabora la “Nota Metodológica para la elaboración de Agendas Territoriales de la Intervención Temporal Hambre Cero”, que establece los pasos para la formulación de las Agendas Territoriales Hambre Cero. El Paso 3 de esta guía corresponde a la conformación de los equipos regionales o locales, cuya función es elaborar, aprobar y ejecutar la Agenda Territorial Hambre Cero, en base a la priorización de los temas y el análisis previo de la realidad en cada territorio para el abordaje de las brechas que serán abordadas a nivel territorial en base a los objetivos de la intervención; Que, con Informe N° 050-2021-MML-GDE-SDP de 19 de diciembre de 2021, la Subgerencia de Desarrollo Productivo de la Gerencia de Desarrollo Económico, informa los avances de la elaboración de la Agenda Territorial de la Intervención Temporal Hambre Cero, sosteniendo distintas reuniones con la participación de representantes de la Municipalidad Metropolitana de Lima, Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social – MIDIS, representantes de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación – FAO y los actores que han sido incluidos en la Mesa Técnica Multiactor; concluyendo que para continuar con la Nota Metodológica de la Intervención Temporal Hambre Cero, resulta importante que el Equipo Técnico que viene desarrollando la Agenda Territorial sea reconocido por medio de una resolución de gerencia municipal o resolución de alcaldía, ya que es un procedimiento requerido por la Intervención Temporal Hambre Cero del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social – MIDIS. Con Memorando N° D001107-2021-MML-GDE de 04 de enero de 2022, la Gerencia de Desarrollo Económico traslada el Informe N° 050-2021-MML-GDE-SDP a la Gerencia de Plani fi cación, para su opinión; Que, con Memorando N° D000005-2022-MML- GP-SOM de 10 de enero de 2022, la Subgerencia de Organización y Modernización realiza observaciones que son levantadas por la Subgerencia de Desarrollo Productivo, mediante el Informe N° D000010-2022-MML-GDE-SDP; Que, la Subgerencia de Desarrollo Productivo señala que el Equipo Técnico Local Hambre Cero – ETLHC, es la instancia que tiene la función de elaborar, aprobar y ejecutar la Agenda Territorial Hambre Cero, cuya fi nalidad es construir e implementar la Agenda Territorial Hambre Cero de Lima Metropolitana en base a la aplicación de instrumentos para el mapeo e identi fi cación de actores, la identi fi cación de intervenciones y espacios multiactor, en cumplimiento de los objetivos de la intervención; Que, mediante Informe N° D000045-2022-MML- GP-SOM de 23 de febrero de 2022, la Subgerencia de Organización y Modernización emite opinión favorable a la conformación del Equipo Técnico Local Hambre Cero, propuesto por la Subgerencia de Desarrollo Productivo; Que, mediante Memorando N° D000160-2022-MML- GP de 24 de febrero de 2022, la Gerencia de Plani fi cación remite a la Gerencia de Asuntos Jurídicos, para la opinión legal correspondiente, el Informe N° D000045-2022-MML-GP-SOM de la Subgerencia de Organización y Modernización, cuya opinión comparte; Que, a través del Informe N° D000019-2022-MML- GDE-SDP de 17 de marzo de 2022, la Subgerencia de Desarrollo Productivo propone a los representantes del Equipo Técnico Local Hambre Cero; Que, con Memorando N° D000343-MML-GDE de 17 de marzo de 2022, la Gerencia de Desarrollo Económico traslada a la Gerencia de Asuntos Jurídicos el Informe N° D000019-2022-MML-GDE-SDP, complementario al Informe N° D000010-2022-MML-GDE-SDP; Que, mediante Memorando N° D000350-2022-MML- GDE de 18 de marzo de 2022, la Gerencia de Desarrollo Económico precisa la conformación del Equipo Técnico Local Hambre Cero, según el siguiente detalle: a) Por la Municipalidad Metropolitana de Lima: 1. El representante o representantes de la Subgerencia de Desarrollo Productivo de la Gerencia de Desarrollo Económico. 2. El representante o representantes de la Subgerencia de Estrategia Ambiental y Cambio Climático de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental. 3. El representante o representantes de la Subgerencia de Programas Alimentarios de la Gerencia de Desarrollo Social. 4. El representante o representantes de la Gerencia de Participación Vecinal. 5. El representante o representantes de la Dirección General de Estudios del Instituto Metropolitano de Plani fi cación. 6. El representante o representantes de la Subgerencia de Promoción de Mercados de la Empresa Municipal de Mercados S.A. – EMMSA S.A.; b) Por el Equipo Territorial MIDIS: 1. El representante o representantes del Programa Nacional Pensión 65 del Viceministerio de Prestaciones Sociales. 2. El representante o representantes del Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres – JUNTOS del Viceministerio de Prestaciones Sociales. 3. El representante o representantes del Programa Nacional de Alimentación Escolar – Qali Warma del Viceministerio de Prestaciones Sociales. 4. El representante o representantes del Programa Nacional Cuna Más del Viceministerio de Prestaciones Sociales. 5. El representante o representantes del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES del Viceministerio de Prestaciones Sociales. 6. El representante o representantes de la Dirección de la Prestaciones Sociales Complementarias del Viceministerio de Prestaciones Sociales. 7. El representante o representantes de la Dirección de Articulación Territorial del Viceministerio de Políticas y Evaluación Social. 8. El representante o representantes de la Dirección de Articulación de las Prestaciones Sociales del Viceministerio de Prestaciones Sociales. 9. El representante o representantes del Programa de Complementación Alimentaria del Viceministerio de Prestaciones Sociales; Que, mediante Memorando N° D000350-2022- MML-GDE se designan como responsables del Equipo Técnico Local Hambre Cero – ETLHC, para efectos de coordinación entre ambas entidades, a los siguientes representantes: 1. Por el MIDIS: un representante de la Dirección de Articulación de las Prestaciones Sociales – DAPS del Viceministerio de Prestaciones Sociales; 2. Por la MML: un representante de la Subgerencia de Desarrollo Productivo de la Gerencia de Desarrollo Económico; Que, con Informe N° D000346-2022-MML-GAJ de 05 de abril de 2022, la Gerencia de Asuntos Jurídicos señala que de acuerdo con lo dispuesto por la Ley N° 27972, resulta conforme a la normativa vigente que, mediante Decreto de Alcaldía, se conforme el Equipo Técnico Local Hambre Cero – ETLHC, a efecto de concluir con la elaboración, aprobación y seguimiento de la Agenda Territorial de la Intervención temporal Hambre Cero en Lima Metropolitana; Que, es prioridad de la Municipalidad Metropolitana de Lima, seguir desarrollando acciones para garantizar el derecho a la alimentación de todos los ciudadanos de Lima, y contribuir en la reducción de brechas de inseguridad alimentaria de manera focalizada, diferenciada y gradual, en bene fi cio de la población del ámbito urbano y rural en situación de vulnerabilidad como resultado de la propagación del COVID-19, especialmente para aquellos que viven en situación de pobreza; razón por la cual resulta impostergable la creación del Equipo Técnico Local Hambre Cero – ETLHC, que tenga como fi nalidad construir e implementar la Agenda Territorial Hambre Cero de Lima Metropolitana, en base a la aplicación de instrumentos para el mapeo e identi fi cación de actores, la identi fi cación de intervenciones y espacios multiactor, en cumplimiento de los objetivos de la intervención; Que, estando a lo dispuesto por los Artículos 39 y 42 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad con las atribuciones conferidas por el numeral 6 del Artículo 20 de la precitada norma; DECRETA:Artículo 1. Conformación. Conformar el Equipo Técnico Local Hambre Cero – ETLHC, de acuerdo al siguiente detalle: