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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (13/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 86

86 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de abril de 2022 El Peruano / personal técnico avalado por el funcionario responsable de la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro. En caso de existir observaciones se comunicará las mismas al administrado mediante una carta, para la subsanación de estas dentro de un plazo de quince (15) días hábiles, con posibilidad de pedir ampliación de plazo según sea el caso. c. La Subgerencia de Obras Privadas y Catastro será quien dará la conformidad para la emisión de la constancia. En el caso de que se declare improcedente la solicitud se emitirá una resolución y que sobre el mismo proceden los recursos impugnatorios correspondientes según el TUO de la Ley Nº27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General. Artículo Séptimo.- CAUSALES PARA DENEGAR EL OTORGAMIENTO DE LA DE CONSTANCIA DE POSESIÓN PARA FINES DEL OTORGAMIENTO DE LA FACTIBILIDAD DE LOS SERVICIOS BÁSICOS La Constancia de Posesión no se otorgará a los posesionarios, en los siguientes casos: a) Que, el Lote por el cual solicita Constancia de Posesión no se encuentre dentro de del Plano de Lotización aprobado (visado) por ésta Municipalidad. b) Que, el Lote se ubique en:- Zonas de alto o muy alto riesgo no mitigable; - Cauces de las riberas del río;- Ocupando faja marginal o zonas inundables;- Derecho de vía de la red vial del Sistema Nacional de Carreteras; - Vías metropolitanas del plan vial metropolitana, consideradas en la Ordenanza Nº 341-MML, actualizado mediante la Ordenanza Nº 2343-2021 y vías públicas que cuenten con saneamiento a través de COFOPRI o Habilitaciones Urbanas aprobadas; - Áreas Naturales protegidas: zonas catalogadas como ecosistema Frágil de Lomas Costeras aprobadas con Resolución del Ministerio Agricultura y Riego; - Zonas que cuenten con Saneamiento Físico Legal destinado a Otros Usos como: Áreas educativas, de Salud, Zonas de Recreación Pública, Zonas Deportivas y otros equipamientos urbanos; - Ubicados en Zonas arqueológicas o los que se constituyan patrimonio cultural de la Nación, previa opinión del Ministerio de Cultura; - Se encuentren dentro de las distancias mínimas a redes eléctricas e instalaciones debajo de la franja de servidumbre de alta tensión, indicadas en el D.S. Nº 009- 93-EM, Reglamento de la Ley de Concesiones eléctricas y el Código Nacional de Electricidad. c) Además, no se otorgarán Constancia de Posesión en los siguientes casos: - Exista proceso judicial en trámites en el cual se esté discutiendo la propiedad o la posesión del predio materia de la solicitud de Constancia de Posesión. - Que, el predio actualmente se encuentre desocupado o sea un Lote baldío. - Que, el predio ya cuente con servicios básicos. Artículo Octavo.- PLAZOS PARA LA EVALUACIÓN: El plazo para la atención de Constancia de Posesión para los fi nes del otorgamiento de la factibilidad de los servicios básicos es de treinta (30) días hábiles. Considerar que los plazos se interrumpen al noti fi carse al solicitante una carta de observaciones. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- El plazo de vigencia de la presente Ordenanza será hasta el 31 de diciembre del 2022, contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Segundo.- SUSPENDER la vigencia del Artículo Cuarto, numeral 2 y 4 de la Ordenanza Nº 233-MDC, en lo que re fi ere especí fi camente a Visaciones de Planos de Trazado y Lotización y Otorgamiento de Constancia de Posesión, hasta el término de la vigencia de la presente Ordenanza.Tercero.- ENCARGAR el fi el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Sub Gerencia de Obras Privadas y Catastro. Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación su publicación en la página web de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla (www.gob.pe/municieneguilla) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.EDWIN SUBILETI ARECHE Alcalde ANEXO Nº 01 DECLARACIÓN JURADA DE NO TENER PROCESO JUDICIAL O EXTRAJUDICIAL NI RECLAMO ALGUNO SOBRE POSESIÓN CON LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA O CON TERCEROS Yo, ........................................................................ ...............................................................................identi fi cado con DNI/CE Nº .................. y con domicilio en la Manzana:......................... Lote: ....................... de la ............... .................... del Distrito de Cieneguilla, Provincia y Departamento: Lima. DECLARO BAJO JURAMENTO DE LEY:No tener procesos Judiciales respecto del predio en solicitud, ni con terceras personas sobre Posesión del lote.En caso de resultar falsa la información que proporciono, declaro haber incurrido en el delito de falsa declaración en Procesos Administrativos –Artículo 411º del Código Penal y Delito contra la fe Pública – Título XIX del Código Penal, acorde al artículo 32º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativos General. Doy fe, por lo cual fi rmo la presente a los _____ Días del mes de __________ del 20_______ Firma: __________________ DNI. Nº.............................. Huella Dactilar 2057705-2 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA Modifican el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Bellavista, respecto a los servicios no exclusivos a cargo de la Sub Gerencia de Sanidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 228-2022-MDB/AL Bellavista, 7 de abril de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA VISTO: El Informe N° 027-2022-MDB/GPP de fecha 30 de marzo de 2022 emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Legal N° 156-