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62 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de abril de 2022 El Peruano / EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ Visto, el expediente de fecha 15.02.2022 por medio del cual don Crujer Huaroc Espinoza, solicita Duplicado de Diploma de Grado de Bachiller en Educación (Programa de Complementación Académica y Licenciatura), por pérdida. CONSIDERANDO:Que, de conformidad a los Artículos 13º y 14º de la Constitución Política del Perú, la Educación es un deber y un derecho que todo ciudadano está inmerso, asimismo, promueve el desarrollo del país; Que, de conformidad a la Ley Nº 28626, se faculta a las universidades públicas y privadas expedir duplicados de grados y títulos profesionales, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación, siempre que se cumpla las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada universidad; Que, con Resoluciones Nº 1503-2011-ANR y 1256- 2013-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores, reglamenta la expedición de Duplicados de Diplomas de Grados Académico y Títulos Profesionales en cumplimiento a la Ley Nº 28626; Que, de conformidad a la Ley 30220, y al Art. 14 del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – SUNEDU, en la cual se anula la inscripción primigenia, y autoriza la inscripción del duplicado de diploma; Que, mediante la Resolución Nº 3205-CU-2014 del 10.09.2014, la Universidad Nacional del Centro del Perú, aprueba la “Directiva Nº 001-2014-SG para otorgar Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales por pérdida, deterioro o mutilación, expedidos por la Universidad”; Que, don Crujer Huaroc Espinoza, solicita Duplicado de Diploma de Grado de Bachiller en Educación (Programa de Complementación Académica y Licenciatura), por pérdida, el mismo que fue expedido el 09.09.2019, Diploma Nº 14510, Fojas 133, el Tomo 058-B, para el efecto, adjunta los documentos consignados en el ítem VI de la Directiva Nº 001-2014-SG; y De conformidad al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 14 de marzo del 2022. RESUELVE: 1º ANULAR el Diploma de Grado de Bachiller en Educación (Programa de Complementación Académica y Licenciatura) de don Crujer Huaroc Espinoza, de fecha primigenio 09.09.2019, por motivo de pérdida. 2º OTORGAR EL DUPLICADO DE DIPLOMA DE GRADO DE BACHILLER EN EDUCACIÓN ( PROGRAMA DE COMPLEMENTACIÓN ACADÉMICA Y LICENCIATURA, a don CRUJER HUAROC ESPINOZA, de acuerdo al siguiente detalle: Diploma Nº14510, Fojas 133 del Tomo 058-B 3º DAR CUENTA de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria. 4º ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a Secretaria General y Facultad de Educación. Regístrese y comuníquese. AMADOR GODOFREDO VILCATOMA SANCHEZ Rector MICHAEL PALACIOS RAMOS Secretario General 2060887-1MINISTERIO PUBLICO Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de San Martín, su designación en la Fiscalía Provincial de Familia de Bellavista, y su destaque en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Martín, con sede en Tarapoto RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 726-2022-MP-FN Lima, 26 de abril de 2022 VISTOS Y CONSIDERANDO: Los o fi cios Nros. 1584 y 1707-2022-MP-FN- PJFSSANMARTIN, remitidos por los abogados Juan Domingo León Estrella, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de San Martin y Gisella Olenka Caballero Deza, en ese entonces, en calidad de encargada del Despacho de la Presidencia antes citada, mediante los cuales elevan la carta de renuncia y su complemento, así como emitiendo conformidad de la misma; del abogado Richard Wagner Peña Siesquen, al cargo de Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de San Martín y a su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial de Familia de Bellavista, así como su destaque en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Martín, con sede en Tarapoto, presentada el 08 y 19 de abril del presente año, vía correo electrónico dirigidos a la Presidencia antes mencionada, por motivo de ejercer un cargo en el segundo nivel de la Magistratura - Poder Judicial, informando que su último día de labores será el 09 de abril de 2022. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Richard Wagner Peña Siesquen, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de San Martín y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial de Familia de Bellavista, así como su destaque en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Martín, con sede en Tarapoto, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 1883-2017-MP-FN, 135-2021-MP-FN y 1954-2021-MP-FN, de fechas 02 de junio de 2017, 29 de enero y 30 de diciembre de 2021, respectivamente; con efectividad al 10 de abril de 2022. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de San Martín, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación (i) 2061591-1 Aceptan renuncia de fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte y su designación en la Cuarta Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Comas (sede Independencia) RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 727-2022-MP-FN Lima, 26 de abril de 2022