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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (27/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 57

57 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de abril de 2022 El Peruano / fecha 11 de marzo del 2022, que dispone la habilitación anual para el año 2022. Tercero. Que mediante o fi cio de la referencia, la Unidad de Servicios Judiciales, solicita se inicie el procedimiento de inscripción o reinscripción de martilleros públicos de esta Corte Superior de Justicia para el año 2022. Cuarto. Que el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Poder Judicial aprobado por la Resolución Administrativa N° 213-2017-CE-PJ de fecha 12 agosto del 2017 establece el procedimiento 25 “Inscripción y Reinscripción de Martilleros Públicos”, el cual se hace de forma anual. Dando inicio al procedimiento al presentar la documentación en mesa de partes. Quinto. Que, conforme a lo señalado anteriormente, resulta necesario disponer el inicio del procedimiento de Inscripción y Reinscripción de Martilleros Públicos. En atención a los considerandos antes señalados, con el objeto de brindar un e fi ciente servicio de Administración de Justicia en bene fi cio de los justiciables, y en el uso de las facultades conferidas por el artículo 90, incisos 3) y 9) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER el inicio del Procedimiento de Inscripción y/o Reinscripción de Martilleros Públicos para integrar la Nómina de la Corte Superior de Justicia del Callao, correspondiente al año 2022. Articulo Segundo.- ESTABLECER que el plazo para la presentación de solicitudes para la inscripción y/o reinscripción de solicitudes inicia el 20 de abril del 2022 y concluye el 05 de mayo de 2022, siendo dicho plazo improrrogable, fijando que la inscripción de realizará al correo electrónico: mesapartesgadcsjcl@pj.gob.pe Articulo Tercero.- ESTABLECER como requisitos para la inscripción y/o reinscripción de Martilleros Públicos los siguientes: 1) La Solicitud será dirigida a la Gerencia de Administración Distrital con atención a la Unidad de Servicios Judiciales, la cual debe encontrarse en formato PDF y deberá contener Nombres y Apellidos completos, N° de DNI, N° de Casilla Electrónica, estado civil, profesión. 2) El postulante deberá adjuntar el recibo de pago de la tasa arancelaria con el código 07277 por concepto de Inscripción y Reinscripción de Martilleros Públicos, de conformidad a lo señalado en el TUPA del Poder Judicial. 3) En el caso de reinscripción, se adjuntará la Resolución vigente que emite el Órgano Desconcentrado designado por la SUNARP. Articulo Cuarto.- Articulo Cuarto.- ENCARGAR el procedimiento de Inscripción y/o Reinscripción de Martilleros Públicos para integrar la Nómina de la Corte Superior de Justicia del Callao, correspondiente al año 2022 a la Unidad de Servicios Judiciales de esta Corte Superior de Justicia, quien veri fi cará previamente que las solicitudes cumplan con los requisitos establecidos en la Resolución Administrativa N° 213-2017-CE-PJ. Articulo Quinto.- DISPONER que la Unidad de Servicios Judiciales en coordinación con la O fi cina de Imagen Institucional realicen las gestiones necesarias para la difusión de la presente resolución en el portal web institucional y otros medios tecnológicos, con precisión de los requisitos contenidos en el Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos del Poder Judicial para el presente proceso de inscripción y/o reinscripción. Articulo Sexto.- PÓNGASE la presente resolución en conocimiento de la Gerencia de Administración Distrital, Unidad de Servicios Judiciales, O fi cina de Imagen Institucional y a los interesados, para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.FLORA AURORA GUERRERO ROLDÁN Presidenta 2061157-1ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL Dejan sin efecto la designación de Jefe del Órgano de Control Institucional del Instituto Nacional de Investigación y Capacitación de Telecomunicaciones - INICTEL-UNI RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 184-2022-CG Lima, 25 de abril de 2022 VISTOS:La Hoja Informativa Nº 000011-2022-CG/SUNI, de la Subgerencia de Control de Universidades; el Memorando Nº 000097-2022-CG/GCSPB, de la Gerencia de Control de Servicios Públicos Básicos; el Memorando Nº 000302-2022-CG/VCST, de la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial; y, la Hoja Informativa Nº 000142-2022-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias, el Jefe del Órgano de Control Institucional (OCI) mantiene una vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General de la República, en su condición de ente técnico rector del Sistema, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones; Que, el artículo 19 de la citada Ley Nº 27785 dispone que esta Entidad Fiscalizadora Superior, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, designa a los Jefes de los OCI de las entidades sujetas a control; asimismo, establece que las entidades sujetas a control proporcionarán los medios necesarios para el ejercicio de la función de control en dichas entidades, de acuerdo con las disposiciones que sobre el particular dicte la Contraloría General de la República; Que, el numeral 7.1.3 de la Directiva Nº 020- 2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada mediante Resolución de Contraloría Nº 392-2020-CG, y modi fi cada mediante Resolución de Contraloría Nº 124-2021-CG, en adelante, la Directiva de los OCI, establece que la designación en el cargo de Jefe de OCI es una competencia exclusiva y excluyente de la Contraloría General de la República, la cual se efectúa mediante Resolución de Contraloría publicada en el Diario O fi cial El Peruano; asimismo el numeral 7.1.3.1 de la citada Directiva establece que el Jefe de OCI designado por la Contraloría General de la República ejercerá sus funciones en una entidad por un periodo de tres (3) años; y que, por convenir a las necesidades del servicio y al interés institucional, podrán permanecer en el cargo por un periodo menor a los tres (3) años; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 144- 2022-CG, de fecha 30 de marzo de 2022, se designó, entre otros, al señor Roberto Carlos Pizango Lozano, como Jefe del Órgano de Control Institucional del Instituto Nacional de Investigación y Capacitación de Telecomunicaciones - INICTEL-UNI; Que, posteriormente, a través de la Hoja Informativa Nº 000011-2022-CG/SUNI, de fecha 05 de abril de 2022, la Subgerencia de Control de Universidades informa que a través de la Resolución Rectoral Nº 0540 de la Universidad Nacional de Ingeniería, de fecha 23 de marzo de 2022, el Rector de dicha universidad aprobó