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55 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de abril de 2022 El Peruano / CD; y, en la denominación del título profesional de un (1) programa de estudio, recogido en la Tabla VI.1 del Informe Técnico de Licenciamiento N° 001-2022-SUNEDU-02-02 señalado en el segundo extremo resolutivo de la referida resolución. 2. Sobre el error material incurrido en el primer extremo resolutivo de la Resolución del Consejo Directivo N° 002-2022-SUNEDU/CD. El artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General 2, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS (en adelante, TUO de la LPAG), regula lo relacionado a los errores materiales; indicando que pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión. Para tal efecto, la recti fi cación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original. Tras la revisión de la Resolución del Consejo Directivo N° 002-2022-SUNEDU/CD y el análisis de la documentación presentada por la Universidad en el procedimiento de licenciamiento institucional, se corroboró que su sede no se encuentra conformada por sus siete (7) locales conducentes a grado académico y servicios complementarios, conteniendo este extremo de la resolución un error material; siendo lo correcto que sus siete (7) locales conducentes a grado académico y servicios complementarios, se encuentran distribuidos de la siguiente manera: cuatro (4) en su sede ubicada en la provincia de Ica y tres (3) en las fi liales de Chincha, Nazca y Pisco, conforme lo señalado en la Tabla VI.5 del Informe Técnico de Licenciamiento N° 001-2022-SUNEDU-02-02. En ese sentido, corresponde efectuar la recti fi cación del error material incurrido en el Primer extremo resolutivo de la Resolución del Consejo Directivo N° 002-2022-SUNEDU/CD, conforme se indica a continuación: Dice: (…) PRIMERO.- OTORGAR LA LICENCIA INSTITUCIONAL a la Universidad Nacional San Luis Gonzaga para ofrecer el servicio educativo superior universitario en su sede conformada por sus siete (7) locales conducentes a grado académico y servicios complementarios: cuatro (4) ubicados en la provincia de Ica, uno (1) en la provincia de Chincha, uno (1) en la provincia de Nazca y uno (1) en la provincia de Pisco. Ello con una vigencia de seis (6) años, computados a partir de la noti fi cación de la presente resolución. El detalle de los locales se encuentra en la Tabla N° VI.5 del Informe Técnico de Licenciamiento N° 001-2022-SUNEDU-02-12 del 11 de enero de 2022. (…) Debe decir:(…) PRIMERO.- OTORGAR LA LICENCIA INSTITUCIONAL a la Universidad Nacional San Luis Gonzaga para ofrecer el servicio educativo superior universitario en sus siete (7) locales conducentes a grado académico y servicios complementarios: cuatro (4) en su Sede, ubicadas en la provincia de Ica y tres (3) en las fi liales ubicadas en las provincias de Chincha, Nazca y Pisco. Ello, con una vigencia de seis (6) años, computados a partir de la noti fi cación de la presente resolución. El detalle de los locales se encuentra en la Tabla N° VI.5 del Informe Técnico de Licenciamiento N° 001-2022-SUNEDU-02-12 del 11 de enero de 2022. (…) 3. Sobre el error material incurrido en la denominación del título profesional de un (1) programa de estudio de pregrado, contenido en la Tabla N° VI.1 del Informe Técnico de Licenciamiento N° 001-2022-SUNEDU-02-12, señalado en el segundo extremo resolutivo de la Resolución del Consejo Directivo N° 002-2022-SUNEDU/CD. En el marco del procedimiento de licenciamiento institucional, la Universidad presentó los siguientes medios de veri fi cación: i) el Estatuto 3 que, en su artículo 49 señala que la denominación del título profesional del programa de Ciencias de la Educación en Ciencias Biológicas y Química es “Licenciado en Ciencias de la Educación con mención en Ciencias Biológicas y Química” , ii) el Plan de Estudios del programa académico de Ciencias de la Educación en Ciencias Biológicas y Química 4 que consigna la denominación del título profesional como “Licenciado en Ciencias de la Educación con Mención en Ciencias Biológicas y Química” ; y, iii) el Formato de Licenciamiento 2 5 en donde se consigna la denominación del título profesional que otorga el programa de Ciencias de la Educación en Ciencias Biológicas y Química como “Licenciado en Ciencias de la Educación con Mención en Ciencias Biológicas y Química” ; no obstante, se veri fi có que, por error material en la transcripción de la denominación del título profesional que otorga el referido programa, di fi ere de lo consignado en la Tabla VI.1 del Informe Técnico de Licenciamiento N° 001-2022-SUNEDU-02-12 señalado en el segundo extremo resolutivo de la Resolución del Consejo Directivo N° 002-2022-SUNEDU/CD, que otorgó el licenciamiento institucional a la Universidad. En ese sentido, de la revisión de los medios de verifi cación contenidos en el expediente de licenciamiento institucional, corresponde efectuar la recti fi cación de ofi cio por error material incurrido en la transcripción de la denominación del título profesional que otorga el programa de estudio de pregrado de Ciencias de la Educación en Ciencias Biológicas y Química, recogido en la “Tabla VI.1 PROPUESTA ACADÉMICA DE LA UNIVERSIDAD” del Informe Técnico de Licenciamiento N° 001-2022-SUNEDU-02-12, señalado en el segundo extremo resolutivo de la referida resolución, conforme se detalla a continuación: Dice: TABLA VI.1 PROPUESTA ACADÉMICA DE LA UNIVERSIDAD CÓDIGO DEL PROGRAMADENOMINACIÓN DEL PROGRAMADENOMINACIÓN DEL GRADO ACADÉMICO QUE OTORGADENOMINACIÓN DEL TÍTULO QUE OTORGAMODA- LIDAD (…) P16Ciencias de la Educación en Ciencias Biológicas y QuímicaBachiller en Ciencias de la EducaciónLicenciado en Ciencias de la Educación con Mención de Ciencias Biológicas y QuímicaPresencial (...) Fuente: SLl. Elaboración: Dilic Debe decir: TABLA VI.1 PROPUESTA ACADÉMICA DE LA UNIVERSIDAD CÓDIGO DEL PROGRAMADENOMINACIÓN DEL PROGRAMA DENOMINACIÓN DEL GRADO ACADÉMICO QUE OTORGADENOMINACIÓN DEL TÍTULO QUE OTORGAMODA- LIDAD (…) P16Ciencias de la Educación en Ciencias Biológicas y QuímicaBachiller en Ciencias de la EducaciónLicenciado en Ciencias de la Educación con Mención en Ciencias Biológicas y QuímicaPresencial (...) Fuente: SLI Elaboración: Dilic