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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (30/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 114

114 NORMAS LEGALES Sábado 30 de abril de 2022 El Peruano / Que, el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la indicada ley mediante decretos de alcaldía, asimismo el artículo 42º re fi ere que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 085-MDMP, se establecieron una serie de bene fi cios a favor de los contribuyentes del Distrito de Mi Perú para el pago de sus obligaciones tributarias y no tributarias de manera extraordinaria por Navidad y Fin de año hasta el 31 de diciembre de 2021; Que, la Tercera Disposición Final de la Ordenanza Nº 085-MDMP, faculta a la Alcaldesa para que mediante decreto de alcaldía, disponga las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la referida ordenanza, asimismo pueda prorrogar su vigencia; en ese sentido, mediante Decreto de Alcaldía Nº 014-2021, de fecha 28 de diciembre de 2021 se dispuso prorrogar su vigencia hasta el 28 de febrero del 2022; asimismo mediante Decreto de Alcaldía Nº 002-2022-MDMP se prorrogó nuevamente la vigencia de la indicada ordenanza hasta el 30 de abril del 2022; Que, mediante Memorando Nº 121-2022-MDMP- GAT, la Gerencia de Administración Tributaria, señala que resulta necesario ampliar una vez más el plazo de los bene fi cios otorgados con la referida ordenanza denominada “Ordenanza que otorga bene fi cios tributarios extraordinarios por Navidad y fi n de año, en el Distrito de Mi Perú”, a fi n de continuar con el desarrollo de diferentes proyectos en bene fi cio de la población de las zonas más vulnerables, así como incentivar a la población a tener una adecuada cultura tributaria proponiendo que su prórroga sea hasta el 31 de mayo del 2022; Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica, según Informe Legal Nº 129-2022-MDMP/GAJ, y lo dispuesto en el artículo 20º, numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 085/MDMP, denominada “Ordenanza que otorga bene fi cios tributarios extraordinarios por Navidad y fi n de año, en el Distrito de Mi Perú”, hasta el 31 de mayo del 2022, según los considerandos expuestos. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria adoptar las acciones pertinentes para el cumplimiento del presente decreto de alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente decreto de alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Estadística su publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Mi Perú, con dirección electrónica: http://munimiperu.gob.pe Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JADE ELISA VEGA VEGA Alcaldesa 2062991-1 Prorrogan vigencia de la Ordenanza N°094/ MDMP, denominada “Ordenanza que otorga beneficios tributarios por pronto pago de los Arbitrios Municipales para el Ejercicio Fiscal 2022 y prorroga el vencimiento de la I cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2022” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2022-MDMP Mi Perú, 26 de abril del 2022LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ VISTO el Memorándum Nº 521-2022-MDMP/GM de la Gerencia Municipal, el Informe Legal Nº 130-2022/MDMP/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, así como el Memorando Nº 122-2022-MDMP-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, señala que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la indicada ley mediante decretos de alcaldía, asimismo el artículo 42º re fi ere que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 094-MDMP, se otorgó bene fi cios tributarios por pronto pago de los arbitrios municipales para el ejercicio fi scal 2022 y prorroga el vencimiento de la I cuota del impuesto predial y arbitrios municipales 2022; Que, la Tercera Disposición Final de la Ordenanza Nº 094-MDMP, faculta a la Alcaldesa, para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia de la indicada norma o dicte las disposiciones reglamentarias que puedan ser necesarias para su mejor aplicación. Asimismo, pueda prorrogar las fechas de vencimiento del pago del Impuesto Predial 2022, Arbitrios Municipales, y del Pronto Pago de los Arbitrios Municipales 2022, si la gestión operativa de los tributos indicados así lo amerita; Que, mediante Memorando Nº 122-2022-MDMP- GAT, la Gerencia de Administración Tributaria, señala que resulta necesario ampliar el plazo de los bene fi cios otorgados con la referida norma denominada “Ordenanza que otorga bene fi cios tributarios por Pronto Pago de los Arbitrios Municipales para el Ejercicio iscal 2022 y Prorroga el Vencimiento de la I cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2022” hasta el 31 de mayo del 2022; Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica, según Informe Legal Nº 130-2022-MDMP/GAJ, y lo dispuesto en el artículo 20º, numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 094/MDMP, denominada “Ordenanza que otorga bene fi cios tributarios por Pronto Pago de los Arbitrios Municipales para el Ejercicio iscal 2022 y Prorroga el Vencimiento de la I cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2022”, hasta el 31 de mayo del 2022, según los considerandos expuestos. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria adoptar las acciones pertinentes para el cumplimiento del presente decreto de alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente decreto de alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Estadística su publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Mi Perú, con dirección electrónica: http://munimiperu.gob.pe Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JADE ELISA VEGA VEGA Alcaldesa 2062994-1