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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (30/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 113

113 NORMAS LEGALES Sábado 30 de abril de 2022 El Peruano / Estando a lo expuesto y lo dispuesto en el artículo 20º, numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR, por un periodo de seis meses, el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 065/MDMP, mediante la cual se reguló el procedimiento administrativo gratuito de visación de planos para viabilizar la dotación de servicios básicos a posesiones informales de agrupaciones sociales ubicadas en el Distrito de Mi Perú, según los considerandos expuestos. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano a través de la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente decreto de alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Estadística su publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Mi Perú, con dirección electrónica: http://munimiperu.gob.pe Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JADE ELISA VEGA VEGA Alcaldesa 2062989-1 Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 084/MDMP, denominada “Ordenanza que establece beneficios tributarios a los familiares de los fallecidos por el Coronavirus - COVID-19” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2022-MDMP Mi Perú, 26 de abril del 2022LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ VISTO el Memorándum Nº 522-2022-MDMP/GM de la Gerencia Municipal, el Informe Legal Nº 131-2022/MDMP/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, así como el Memorando Nº 120-2022-MDMP-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, señala que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la indicada ley mediante decretos de alcaldía, asimismo el artículo 42º re fi ere que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que mediante Ordenanza Nº 084-MDMP se establecieron una serie de bene fi cios tributarios a favor de los familiares de los titulares de predios que hayan perdido la vida a causa del coronavirus COVID – 19, hasta el 31 de diciembre del 2021; Que, la Cuarta Disposición Final y Complementaria de la Ordenanza Nº 084-MDMP faculta a la Alcaldesa para que mediante decreto de alcaldía disponga la ampliación de los indicados bene fi cios; en ese sentido, mediante Decreto de Alcaldía Nº 013-2021, de fecha 28 de diciembre de 2021 se prorrogó la vigencia de la Ordenanza Nº 084-MDMP, denominada Ordenanza que establece bene fi cios tributarios a los familiares de los fallecidos por el Coronavirus, COVID - 19, hasta el 28 de Febrero de 2022; asimismo, mediante Decreto de Alcaldía Nº 001-2022-MDMP se dispuso prorrogar nuevamente la vigencia de la indicada ordenanza hasta el 30 de abril del 2022; Que, mediante Memorando Nº 120-2022-MDMP- GAT, la Gerencia de Administración Tributaria, señala que resulta necesario ampliar una vez más el plazo de los bene fi cios otorgados con la referida ordenanza que permita brindar mayores facilidades y bene fi cios con carácter general a los vecinos que han sido golpeados por la pandemia, y puedan, a su vez, cumplir con otros pagos tributarios pendientes, proponiendo que se prorrogue hasta el 31 de mayo del 2022; Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica, según Informe Legal Nº 131-2022-MDMP/GAJ, y lo dispuesto en el artículo 20º, numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 084/MDMP, denominada “Ordenanza que establece bene fi cios tributarios a los familiares de los fallecidos por el Coronavirus – COVID – 19”, hasta el 31 de mayo del 2022, según los considerandos expuestos. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria adoptar las acciones pertinentes para el cumplimiento del presente decreto de alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente decreto de alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Estadística su publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Mi Perú, con dirección electrónica: http://munimiperu.gob.pe Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JADE ELISA VEGA VEGA Alcaldesa 2062990-1 Prorrogan vigencia de la Ordenanza N°085/ MDMP, denominada “Ordenanza que otorga beneficios tributarios extraordinarios por Navidad y fin de año, en el Distrito de Mi Perú” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-2022-MDMP Mi Perú, 26 de abril del 2022LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ VISTO el Memorándum Nº 520-2022-MDMP/GM de la Gerencia Municipal, el Informe Legal Nº 129-2022/MDMP/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, así como el Memorando Nº 121-2022-MDMP-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, señala que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972;