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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (30/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 111

111 NORMAS LEGALES Sábado 30 de abril de 2022 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Modifican la Ordenanza N° 330-MVMT , que permite actualizar las declaraciones juradas de predios, descuento en arbitrios, multas tributarias y multas administrativas ORDENANZA Nº 333-MVMT Villa María del Triunfo, 27 de abril de 2022EL ALCALDE DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFOPOR CUANTO:El Concejo Municipal de Villa María del Triunfo, en Sesión Ordinaria de la fecha; y, VISTO: El Informe Nº 048-2022-SGRFT-GAT/MVMT de la Subgerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria, el Memorándum Nº 119-2022-GAT-GM/MVMT de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 086-2022-OAJ/MVMT de la O fi cina de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 291-2022-GM-MVMT de la Gerencia Municipal, respecto a la Ordenanza que modi fi ca el Artículo Cuarto de la Ordenanza Nº 330-MVMT, denominado “Tributemos por el desarrollo de nuestro distrito, juntos podemos lograrlo”, que permite actualizar las declaraciones juradas de predios, descuento en arbitrios, multas tributarias y multas administrativas en la Municipalidad de Villa María del Triunfo; y, CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado mediante Ley Nº 30305, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 74º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con la norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, así como lo establecido en el Artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, los gobiernos locales tiene la potestad tributaria para crear, modi fi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, así como para exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y bajo los límites que señala la ley; Que, según el Artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, preceptúa que la deuda tributaria solo podrá ser condonada por norma expresa con rango de ley. Excepcionalmente, los gobiernos locales, podrán condonar con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren; Que, en el Artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades prescribe que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Además, que mediante ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley; Que, mediante la Ordenanza Nº 330-MVMT, de fecha 14 de marzo de 2022, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 25 de marzo de 2022, se aprobó la Ordenanza de sensibilización ciudadana denominado “Tributemos por el desarrollo de nuestro distrito, juntos podemos lograrlo”, que permite actualizar las declaraciones juradas de predios, descuento en arbitrios, multas tributarias y multas administrativas” en la Municipalidad de Villa María del Triunfo; Que, con el Informe Nº 048-2022-SGRFT-GAT/MVMT, la Subgerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria, remite el Proyecto de Ordenanza que modi fi ca el Artículo Cuarto de la Ordenanza Nº 330-MVMT, con el fi n de que la ordenanza citada sea aplicable a los contribuyentes que estén al día en el pago del impuesto predial 2022, dándole opción al pago trimestral o anual para poder acogerse a los bene fi cios que contiene la misma; ya que es política de la gestión incentivar el pago de las obligaciones tributarias generadas por los tributos que administra la municipalidad, brindando las facilidades necesarias para el cumplimiento de las mismas; Que, a través del Memorándum Nº 119-2022-GAT-GM/ MVMT, la Gerencia de Administración Tributaria, solicita opinión legal correspondiente al proyecto de Ordenanza que modi fi ca el Artículo Cuarto de la Ordenanza Nº 330- MVMT denominada “Tributemos por el desarrollo de nuestro distrito, juntos podemos lograrlo”, que permite actualizar las declaraciones juradas de predios, descuento en arbitrios, multas tributarias y multas administrativas” en la Municipalidad de Villa María del Triunfo; Que, mediante el Informe Nº 086-2022-OAJ/MVMT, la O fi cina de Asesoría Jurídica, estando a las opiniones favorables de las áreas intervinientes, opina por la procedencia de la aprobación de la Ordenanza que modi fi ca el Artículo Cuarto de la Ordenanza Nº 330-MVMT denominada “Tributemos por el desarrollo de nuestro distrito, juntos podemos lograrlo”, que permite actualizar las declaraciones juradas de predios, descuento en arbitrios, multas tributarias y multas administrativas en la Municipalidad de Villa María del Triunfo; Que, con el Memorándum Nº 291-2022-GM- MVMT, la Gerencia Municipal, teniendo en cuenta el pronunciamiento de la O fi cina de Asesoría Jurídica, remite los actuados para la emisión del acto resolutivo correspondiente; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 9) del Artículo 9º y Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTÍCULO CUARTO DE LA ORDENANZA Nº 330- MVMT, DENOMINADO “TRIBUTEMOS POR EL DESARROLLO DE NUESTRO DISTRITO, JUNTOS PODEMOS LOGRARLO”, QUE PERMITE ACTUALIZAR LAS DECLARACIONES JURADAS DE PREDIOS, DESCUENTO EN ARBITRIOS, MULTAS TRIBUTARIAS Y MULTAS ADMINISTRATIVAS EN LA MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Artículo Primero.- MODIFÍQUESE EL Artículo CUARTO DE LA ORDENANZA 330-MVMT, EN LOS SIGUIENTES TERMINOS: El bene fi cio que otorga la presente ordenanza, es aplicable para todo contribuyente que se encuentre al día en el pago del impuesto predial del ejercicio fi scal 2022, conforme a las fechas de vencimiento de los tributos municipales que establece la Ordenanza 327-MVMT y sus modi fi catorias. Descuentos:- Condonación del 100 % de los intereses moratorios y reajustes del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales. - Descuentos de un porcentaje del monto insoluto de los Arbitrios Municipales conforme a la escala de los ejercicios fi scales del siguiente cuadro: EJERCICIO FISCALDESCUENTOS DE ARBITRIOS MUNICIPALES 2021 25 % 2020 30 %