TEXTO PAGINA: 105
105 NORMAS LEGALES Sábado 30 de abril de 2022 El Peruano / Que, el artículo 50º de la Ordenanza Nº 621-MSB, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de San Borja, establece como función de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica, entre otras, la de: “Conducir y proponer normas, directivas y otros instrumentos de gestión en materia de su competencia”; asimismo, el artículo 55º de la citada Ordenanza, establece como funciones de la Unidad de Planeamiento y Racionalización, entre otras, la de: “Conducir y mantener actualizado los Instrumentos de Gestión y demás documentos normativos de la municipalidad, en coordinación con los órganos y unidades orgánicas de la corporación municipal, y de acuerdo con la normativa vigente”; Que, en el marco de lo expresado en el considerando anterior, la Unidad de Planeamiento y Racionalización a través del Informe N° 008-2022-MSB-OPE-UPR de fecha 12.01.2022 e Informe N° 015-2022-MSB-GM-OPE-UPR de fecha 17.01.2022, sustenta técnicamente la adecuación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de San Borja, aprobado con Ordenanza N° 621-MSB y modi fi cada con Ordenanza N° 662-MSB, sustentándola en el marco de los Lineamientos N° 02-2020-SGP que establecen orientaciones sobre el ROF y MOP, aprobado con Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2020-PCM/SGP, la Directiva N° 002-2021-SGP – “Directiva que regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado”, aprobada con Resolución de Secretaria de Gestión Pública N° 00010-2021-PCM/SGP, y los “Lineamientos de Organización del Estado”, aprobado con Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y modi fi catorias, indicando que como consecuencia de las adecuaciones solicitadas por la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, la reasignación de funciones, y los cambios en la denominación de diversas unidades de organización de la Entidad, se modi fi ca el Reglamento de Organización y Funciones – ROF y la Estructura Orgánica de la Municipalidad de San Borja, aprobada con Ordenanza N° 621-MSB, y modi fi cada con Ordenanza N° 662-MSB; asimismo, señala que existe el sustento técnico correspondiente, por cuanto se cumple con la justi fi cación de la necesidad, análisis de racionalidad, no duplicidad de funciones y no irrogará mayores recursos presupuestales; por lo que, remite la nueva propuesta de Reglamento de Organización y Funciones – ROF, en conjunto con el diseño estructural de la Municipalidad de San Borja; Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica a través del Informe N° 035-2022-MSB-OAJ de fecha 18.01.2022, opina favorablemente por la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de San Borja, aprobado con Ordenanza N° 621-MSB, y modi fi cada con Ordenanza N° 662-MSB; toda vez que, la misma se encuentra acorde a la normativa vigente, Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los Lineamientos N° 02-2020-SGP que establecen orientaciones sobre el ROF y MOP, aprobado con Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2020-PCM/SGP, la Directiva N° 002-2021-SGP – “Directiva que regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado”, aprobada con Resolución de Secretaria de Gestión Pública N° 00010-2021-PCM/SGP, y los “Lineamientos de Organización del Estado”, aprobado con Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y modi fi catorias; más aún cuando se cuenta con el sustento técnico favorable de la Unidad de Planeamiento y Racionalización, como responsable técnico de la propuesta de ROF y del informe técnico que lo sustenta; por lo que habiéndose veri fi cado la procedencia legal de la propuesta presentada por la O fi cina de Plani fi cación Estratégica - Unidad de Planeamiento y Racionalización, opina que resulta viable que se continúe con el procedimiento correspondiente, recomendando que se eleven los actuados al Concejo Municipal a fi n de que procedan conforme a sus atribuciones contenidas en los numerales 3. y 8. del artículo 9° y artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 40º de la Ley orgánica acotada, señala que las Ordenanzas en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, el artículo 9º, numeral 3. de la mencionada norma, señala que es atribución del Concejo Municipal, aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del Gobierno Local; asimismo, el numeral 8. del mencionado artículo, faculta al Concejo Municipal a aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en numeral 8. del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, POR UNANIMIDAD, y con la dispensa de trámite de lectura y aprobación del Acta aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF Y LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA Artículo Primero.- APRUÉBESE el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad Distrital de San Borja, el cual consta de tres (03) títulos, ocho (08) capítulos, ciento cuarenta y nueve (149) artículos, y seis (06) disposiciones complementarias, conforme al Anexo N° 01 que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de San Borja, estableciéndose como nuevo Organigrama Estructural, el contenido en el Anexo Nº 02 que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina de Plani fi cación Estratégica, la adecuación de los instrumentos de gestión y todos aquellos en los que tenga implicancia los órganos y unidades orgánicas que han sido modi fi cados en su denominación. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General del Concejo la publicación del texto de la presente Ordenanza en el diario O fi cial El Peruano y remitir el texto íntegro del ROF y el Organigrama Institucional, a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros para tramitar su publicación con la Secretaría de Gobierno Digital en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional (www.munisanborja.gob.pe). Artículo Quinto.- FACULTESE al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones que sean necesarias para la mejor aplicación e implementación de la presente Ordenanza. DISPOSICIÓN TRANSITORIA:Unica.- El presente Reglamento de Organización y Funciones – ROF y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de San Borja entrarán en vigencia, una vez que se apruebe el Cuadro de Asignación de Personal Provisional de la Entidad (CAP – Provisional) por parte de SERVIR. DISPOSICIÓN DEROGATORIA: Unica.- Una vez que entre en vigencia la presente Ordenanza, quedarán derogadas la Ordenanza N° 621-MSB que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones – ROF y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de San Borja, así como la Ordenanza N° 662-MSB, que aprueba la Creación del Órgano Desconcentrado – “Gerencia de Red Integrada de Salud” y modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de San Borja. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 2062717-1