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112 NORMAS LEGALES Sábado 30 de abril de 2022 El Peruano / EJERCICIO FISCALDESCUENTOS DE ARBITRIOS MUNICIPALES 2019 30 %2018 50 %2017 60 % 2016 80 % 2015 y años anteriores 95 % - Adicionalmente, los contribuyentes, que cumplan con cancelar el pago anual de los Arbitrios Municipales del ejercicio fi scal 2022, se les otorgará un 10 % de descuento en el insoluto por pronto pago. - Descuentos al 99% en las Multas Tributarias generados a raíz de la presentación, recti fi cación de la declaración jurada y/o detección respectiva; y aquellos que se hayan generado antes de la vigencia de la presente Ordenanza. - Descuentos al 99% en las Multas Tributarias para los omisos que declaren dentro de la vigencia de la presente ordenanza. - Condonación del 100 % de los derechos de emisión- Para los casos señalados en los literales c) y d) del Artículo Tercero, se descontará el 99% de la Multa Tributaria. - Para las deudas en fraccionamiento, se descontará el 100% de los intereses moratorios generados por las cuotas pendientes de pago. Artículo Segundo.- FACÚLTESE al señor Alcalde al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las medidas complementarias que sean necesarias para la aplicación y el debido cumplimiento de la presente Ordenanza, así como para suspender y/o prorrogar la vigencia de la misma. Artículo Tercero.- Encárguese el cumplimiento y difusión de la presente Ordenanza a la Gerencia de Administración Tributaria, Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional y la Unidad de Sistemas y Tecnología de la Información, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina de la Secretaría General la publicación del presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano; y a la Unidad de Sistemas y Tecnologías de la Información, la publicación del Texto Íntegro de la presente Ordenanza en el Portal Institucional de la Municipalidad de Villa María del Triunfo www.munivmt.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELOY CHAVEZ HERNANDEZ Alcalde 2062911-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE MI PERU Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza N° 065/MDMP mediante la cual se reguló el procedimiento administrativo gratuito de visación de planos para viabilizar la dotación de servicios básicos a posesiones informales de agrupaciones sociales DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2022/MDMP Mi Perú, 26 abril del 2022LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ VISTO el Memorándum Nº 519-2022-MDMP/GM de la Gerencia Municipal, el Informe Legal Nº 128-2022- MDMP/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 033-2022-MDMP/GODU de la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano, así como el Informe Nº 150-2022-MDMP/GODU-SGOPC de la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, señala que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; asimismo, el artículo IV de la acotada Ley establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, a su vez, el artículo 39º del cuerpo legal referido en el párrafo precedente, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la presente ley mediante decretos de alcaldía; por su parte el artículo 42º señala que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, el artículo 79º numeral 3 Ítem 3.6 de la Ley Nº 27972 -Ley Orgánica de Municipalidades, señala como función especí fi ca de las municipalidades distritales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, la de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fi scalización; Que, mediante Ley Nº 28687, “Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalización de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotación de Servicios Básicos”, modi fi cada mediante Ley Nº 30731, se regula en forma complementaria y desarrolla el proceso de formalizaci6n de la propiedad informal, el acceso al suelo para uso de vivienda de interés social orientado a los sectores de menores recursos económicos y establece el procedimiento para la ejecución de obras de servicios básicos de agua, desague y electricidad en las áreas consolidadas y en proceso de formalización; Que, mediante Ordenanza Nº 065/MDMP de fecha 19 de marzo del 2021, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 29 de abril del 2021, se reguló el procedimiento administrativo gratuito de visación de planos para viabilizar la dotación de servicios básicos a posesiones informales de agrupaciones sociales ubicadas en el Distrito de Mi Perú, estableciéndose en su Primera Disposición Complementaria Final que el plazo de vigencia de la indicada ordenanza es de doce (12) meses contados a partir del siguiente día de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”, facultándose al despacho de alcaldía para que, mediante decreto de alcaldía, emita las normas reglamentarias necesarias para su mejor aplicación o prorrogar su vigencia; Que, la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano mediante Informe Nº 033-2022/MDMP-GODU, teniendo en cuenta el Informe Nº 150-2022-MDMP/GODU-SGOPC de la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro, así como la normatividad antes glosada, solicita se prorrogue la vigencia de la Ordenanza Nº 065/MDMP por un periodo de seis meses; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Legal Nº 128-2022/MDMP/GAJ, luego del correspondiente análisis del caso, opina en sentido favorable para que se prorrogue, mediante el decreto de alcaldía correspondiente, y por un periodo de seis meses, la vigencia de la Ordenanza Nº 065/MDMP;