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204 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de agosto de 2022 El Peruano / CÓDIGO INFRACCIÓNSANCIÓN INFRACTOR % UIT MEDIDA COMPLEMENTARIA No respetar el horario de comercio establecido en la autorización.Emprendedor 15%Suspensión temporal de la autorización por 10 días Dejar el vehículo en la vía pública fuera del horario permitido.Emprendedor 15%Suspensión temporal de la autorización por 10 días No conducir el titular personalmente el vehículo motorizado (Food Truck), y/o permitir el trabajo de menores de edad o pernoctar en el vehículo.Emprendedor 15%Suspensión temporal de la autorización por 10 días Incumplir las obligaciones establecidas en el artículo 15 de la presente Ordenanza.Emprendedor 15%Suspensión temporal de la autorización por 10 días Mantener el vehículo motorizado (Food Truck) en inadecuadas condiciones externas.Emprendedor 10%Suspensión temporal de la autorización por 10 días Adicionar sombrillas, asientos, cajas y/u otros bienes similares al vehículo motorizado (Food Truck) autorizado con la fi nalidad de ocupar espacio no autorizado.Emprendedor 10%Suspensión temporal de la autorización por 10 días Obstruir el paso de peatones u obstaculizar la visión de los conductores de vehículos u ocupar espacios de estacionamiento impidiendo el libre acceso a la propiedad privada o pública, a los hidrantes o rampas, a los cruceros peatonales u otros similares.Emprendedor 10%Suspensión temporal de la autorización por 10 días Utilizar velas, lámparas o cualquier otro elemento de iluminación a base de combustible para iluminar el vehículo motorizado (Food Truck).Emprendedor 10%Suspensión temporal de la autorización por 10 días Utilizar megáfonos ampli fi cadores de sonido, equipos de música y otros medios generadores de ruidos molestos que atenten contra la tranquilidad del vecindario.Emprendedor 10%Suspensión temporal de la autorización por 10 días Exhibir anuncios o avisos publicitarios o proselitistas sin autorización.Emprendedor 10%Suspensión temporal de la autorización por 10 días Artículo 25º .- La Sub Gerencia de Fiscalización y Control, para el cumplimiento de las funciones detalladas en el párrafo precedente, contará con el apoyo de las Gerencias de: Desarrollo Económico y Licencias, de Seguridad Ciudadana, de Gestión Ambiental y Servicios a la Ciudad, y cualquier otra que resulte aplicable, en la veri fi cación de las infracciones contenidas en la Ordenanza que aprueba el Reglamento de Aplicación de Sanciones (RAS) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad de Bellavista. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS Y FINALES Primera. - FACÚLTESE al Señor Alcalde para que, mediane Decreto de Alcaldía, se apruebe las reglamentaciones y/o aclaraciones que sean necesarias para el cabal cumplimiento de la presente Ordenanza. Segunda .- INCLÚYASE las infracciones establecidas en el artículo 24º de la presente Ordenanza, dentro del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) aprobado por la Ordenanza Nº 010-2019-MDB y sus modi fi catorias. Tercera. - INCLÚYASE dentro del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Bellavista, los requisitos establecidos en el artículo 8º de la presente Ordenanza. Denominándose el procedimiento: “Autorización Municipal para el expendio de comida en vehículos motorizados y no motorizados bajo la denominación “Food Truck”.Cuarta. - El plazo de adecuación a la presente Ordenanza es de 60 (sesenta) días calendarios, contados desde su publicación. Quinta . - Mediante Decreto de Alcaldía se establecerá las características y dimensiones máximas que podrá tener el Food Truck. Sexta. - La Presente Ordenanza deberá de adecuarse en todos sus extremos a las disposiciones vigentes, referidas a la actual emergencia sanitaria: esto es que se sujetaran a horarios, formas de atención y de expendio de los productos. Asimismo, podrán ejercer sus actividades bajo la modalidad de delivery, cuya previsión legal se enmarcará en lo dispuesto por las normas que dicte el Gobierno Central, con sujeción a la actual situación. Sétima. - ENCÁRGUESE a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y Comunicaciones la difusión del texto íntegro del documento de gestión aprobado en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Bellavista (www.munibellavista.gob.pe). Regístrese, publíquese y cúmplase.DANIEL JUAN MALPARTIDA FILIO Alcalde 2091288-1