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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (03/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 204

TEXTO PAGINA: 203

203 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de agosto de 2022 El Peruano / 9. Comercializar o consumir bebidas alcohólicas o sustancias alucinógenas en el interior o alrededor del vehículo, así como la venta de cigarrillos al menudeo. 10. Preparar y comercializar alimentos y bebidas no alcohólicas en condiciones sanitarias deplorables. 11. Exhibir imágenes, fi guras, estampas, fotografías o cualquier otra representación que atente contra el pudor y las buenas costumbres. 12. Exhibir anuncios o avisos publicitarios o proselitistas sin autorización. 13. No respetar el horario de atención al público, establecido en el documento de autorización. 14. Arrojar o dejar residuos sólidos en la vía pública CAPÍTULO V ASOCIATIVIDAD Artículo 17º .- La Municipalidad de Bellavista, a través de la Gerencia de Desarrollo Económico y Licencias, promoverá la asociatividad y/o formación de un clúster (grupo de empresas relacionadas y que tienen sus actividades en el mismo sector de la industrial, trabajando entre sí para un logro y bene fi cio común) en zonas previamente establecidas con la fi nalidad de ordenar dicho comercio y puedan – además – compartir conocimientos, experiencias, reducir costos, y facilitar su difusión. Asimismo; podrá promover en sus diferentes canales de comunicación, los Food Truck que se encuentren debidamente acreditados. CAPÍTULO VI PROCEDIMIENTO SANCIONADOR (DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES) Artículo 18º .- Las sanciones a imponerse a los infractores son las siguientes: a) Multa. b) Suspensión temporal de la autorización (medida complementaria). Artículo 19º .- Sin perjuicio de la sanción a imponer, la autoridad municipal interpondrá la denuncia ante el órgano jurisdiccional correspondiente, en caso de verifi carse ilícitos penales. Artículo 20º .- La multa es la sanción de carácter pecuniario, personalísimo, aplicada al infractor y sujeta a los montos establecidos en la presente ordenanza. La multa puede ser aplicada de manera simultánea con la sanción de suspensión temporal. En caso de no ameritar la imposición de una multa, pero detectarse situaciones a mejorar, se impondrán un acta de compromiso a fi n de que subsane las observaciones en un plazo establecido. Artículo 21º .- La suspensión temporal de la autorización signi fi ca la imposibilidad de ejercer el comercio por un tiempo determinado por la autoridad municipal competente hasta la subsanación del hecho infractor. Su reincidencia genera revocación de la autorización expedida. Artículo 22º .- El procedimiento sancionador establecido se encuentra en la Ordenanza que aprueba el Reglamento de Aplicación de Sanciones (RAS) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Bellavista. CAPÍTULO VII REVOCATORIA DE LA AUTORIZACIÓN MUNICIPAL Artículo 23º .- La revocatoria de la Autorización Municipal, es una sanción no pecuniaria impuesta al conductor o titular del Food Truck, que consiste en dejar sin efecto la autorización municipal concedida para el desarrollo de actividades de comercio en espacios públicos, cuando se haya incumplido con algunas de las obligaciones señaladas en la autorización municipal o se haya incurrido en alguna de las prohibiciones establecidas en la presente ordenanza, de forma reiterada, sin perjuicio de la multa señalada en el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) vigente a la fecha de infracción. La revocatoria implica la cancelación de la autorización municipal concedida y la imposibilidad de solicitarla durante 01 (un) año. Artículo 24º .- Las sanciones aplicables a cada infracción son las siguientes: CÓDIGO INFRACCIÓNSANCIÓN INFRACTOR % UIT MEDIDA COMPLEMENTARIA SANEAMIENTO Y SALUBRIDAD (Food Trucks) Adulterar los datos consignados en la autorización emitida por la municipalidad.Emprendedor 25% Revocatoria. Ser propietario, conductor o inquilino de algún local comercial dentro del distrito de Bellavista.Emprendedor 25%Revocatoria en caso el hecho se dé después de otorgada la autorización. No contar con autorización para el expendio de alimentos en vehículo motorizado (Food Truck).Emprendedor 25% Exhibir imágenes, fi guras, estampas, fotografías o cualquier otra representación que atente contra el pudor y las buenas costumbres. 20%Suspensión temporal de la autorización por 10 días Tener el lugar de ubicación sucio y con desechos de comida o utensilios.Emprendedor 15%Suspensión temporal de la autorización por 10 días Arrojar o dejar residuos sólidos en la vía pública.Emprendedor 15%Suspensión temporal de la autorización por 10 días No respetar la ubicación asignada. Emprendedor 15%Suspensión temporal de la autorización por 10 días No mantener el balón de gas en un espacio seguro del vehículo.Emprendedor 15%Suspensión temporal de la autorización por 10 días