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10 NORMAS LEGALES Jueves 11 de agosto de 2022 El Peruano / Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la danza Turko tusuy de la provincia de Caylloma, departamento de Arequipa RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 000177-2022-VMPCIC/MC San Borja, 8 de agosto del 2022VISTOS; el Informe N° 000478-2022-DGPC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; la Hoja de Elevación Nº 000440-2022-OGAJ/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú señala que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográ fi cos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública; los mismos que se encuentran protegidos por el Estado; Que, el inciso 1 del artículo 2 de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura – UNESCO, establece que “se entiende por Patrimonio Cultural Inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas –junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes– que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial que se trasmite de generación en generación es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad, y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana”; Que, el numeral 2 del artículo 1 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que integran el Patrimonio Inmaterial de la Nación las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unitaria o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresión de la identidad cultural y social, además de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos autóctonos, el saber y conocimiento tradicional, ya sean artísticos, gastronómicos, medicinales, tecnológicos, folclóricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural; Que, el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1255, establece que es función exclusiva del Ministerio de Cultura realizar acciones de declaración, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo 55 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, establece que la Dirección de Patrimonio Inmaterial es la unidad orgánica encargada de gestionar, identi fi car, documentar, registrar, inventariar, investigar, preservar, salvaguardar, promover, valorizar, transmitir y revalorizar el patrimonio cultural inmaterial del país, en sus distintos aspectos, promoviendo la participación activa de la comunidad, los grupos o individuos que crean, mantienen y transmiten dicho patrimonio y de asociarlos activamente en la gestión del mismo. Depende jerárquicamente de la Dirección General de Patrimonio Cultural;Que, con el O fi cio N° 537-2021-AUTOCOLCA/G, la Autoridad Autónoma del Colca y Anexos solicitó que la danza Turko tusuy de Caylloma, fuese declarada Patrimonio Cultural de la Nación, remitiendo el correspondiente expediente técnico; Que, el proceso de Reconquista de España y la Conquista de América, engendraron en la tradición española y de sus colonias una serie de expresiones cuyo objetivo era la a fi rmación de la fe cristiana, esceni fi cada como una victoria sobre los paganos que terminarían siendo convertidos a la fe verdadera. En la tradición ibérica los paganos representados eran mayormente musulmanes, en su versión primero de los moros, a los que se combatió en la Reconquista y, posteriormente, de los turcos, cuando la expansión del imperio otomano, representados como guerreros belicosos de piel oscura ataviados en cambio con gran lujo y colorido. Esta representación in fl uiría en numerosas tradiciones americanas en las que estos grupos acompañan la procesión de imágenes religiosas. Con la Conquista, se pasó a representar al poblador nativo como otra versión del pagano, sustituyendo al musulmán o acompañándolo como parte de la misma celebración; Que, la provincia de Caylloma, región Arequipa, marcada por la ascendencia étnico-cultural de los pueblos Cabana y Collagua, cuenta con un calendario religioso del que forma parte el circuito festivo del valle del Colca. Como parte de este ciclo destaca también la llamada Danza de los Turcos o Turko tusuy, que suele formar parte de las procesiones en las fi estas patronales de diversas localidades de la provincia. Así, esta aparece en la fi esta de la Virgen de la Candelaria en Choco (2 de febrero), de la Virgen de Chapi, en Yanque (1 de mayo), de San Juan Bautista, en Ichupampa (24 de junio), de San Pedro y San Pablo, en Sibayo (29 de junio), de Santiago, en Coporaque y Madrigal (25 de julio), de San Lorenzo Mártir en Huambo (10 de Agosto), de la Virgen de la Asunción, en Chivay (15 de agosto), y de San Pedro de Alcántara en Cabanaconde (19 de octubre), entre otras. Según el antropólogo Manuel Ráez, la danza Turko tusuy expresa el agradecimiento por los frutos recibidos durante la cosecha y el reconocimiento de la superioridad de la fe cristiana, en la representación de los gentiles que adoptan la fe “verdadera”, haciendo homenaje a la imagen patronal por la protección y el bienestar de la población; Que, los personajes que conforman la danza Turko tusuy son el wallawiqsa, dos negrillos, dos turkos, el inca, la pareja del inti y la killa, dos chunchitos, las Tres Marías, uno o más machus o viejos y el chullcho; seguidos por el mayordomo principal y sus allegados en la organización de la fi esta, y la banda de músicos, como parte de la procesión. Con la excepción de las Tres Marías, todos los personajes de la comparsa están interpretados por varones. La mayor parte de estos personajes tiene algunas prendas en común, como la combinación de camisa y pantalón, las pañoletas de colores cosidas en la manga de sus camisas, a la altura de los codos, y las máscaras de yeso pintado. Algunos de estos personajes han sido adoptados de otras danzas de la región; Que, el wallawiqsa, tinyero o guiador, encabeza al conjunto, marcando el compás con una pequeña tinya que lleva en la mano izquierda e indicando los pasos a seguir, siendo interpretado por un danzante con larga experiencia. Su vestuario consiste en una camisa blanca de manga larga, un chaleco bordado adornado con fl ecos, un pantalón de colores vivos, pañoletas de colores en los codos, porta calzado de vestir. Cubre la cabeza con una máscara de rasgos infantiles, un chullo sobre el cual lleva una corona. Al danzar de desplaza en zigzag para abrir paso al conjunto, moviendo la cabeza, las manos y los pies a la derecha y la izquierda con cada golpe del compás; Que, los negrillos suelen abrir el recorrido de los danzantes en actitud de proteger la imagen de la Virgen o Santo que se lleva en procesión, aunque a veces aparecen detrás de los turkos. Sobre el traje base de camisa con pañoletas en los codos, chaleco y un pantalón de colores, llevan un mandil llano de color vivo; por tocado, un chullo de lana cuyos extremos están atados bajo la barbilla; y en la mano derecha una matraca. Lo más resaltante del personaje es que lleva sobre la cabeza un tocado de gran