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10 NORMAS LEGALES Viernes 19 de agosto de 2022 El Peruano / Que, la descripción de los tres momentos que integran la expresión cultural Unu Juez de Antabamba - Wanso Qocha permiten apreciar que, los saberes culturales vinculados a la gestión tradicional del agua gozan de plena vigencia y se transmiten de manera vigorosa, a través de la participación activa de los niños, niñas, adolescentes, jóvenes, adultos y ancianos, en las diferentes actividades colectivas como la llantakusqa o recolección de leña; los rituales de agradecimiento a las deidades tutelares locales como el despacho, hayhuascca, alcanzo o pagupa, o los rituales de bendición y buen augurio como la t’inkaska; el champeo y la limpieza de los canales de riego; la elección de los Unu Juez, la organización tradicional de autoridades y las normas consuetudinarias que disponen la distribución del agua; los canticos femeninos en idiomas quechua y castellano, los silbidos y guapeos masculinos que acompañan la celebración, así como el toropukllay, actividad lúdica que, junto con la música de la banda típica, forman parte de los elementos que simbolizan el respeto por los animales y la naturaleza; Que, conjuntamente con las referencias citadas, en el Informe N° 000535-2022-DPI/MC la Dirección de Patrimonio Inmaterial hace suyo el Informe N° 000003-2022-DPI-HCC/MC, a través del cual se detallan las características, la importancia, el valor, alcance y signi fi cado de la expresión cultural Unu Juez de Antabamba - Wanso Qocha; motivo por el cual dicho informe constituye parte integrante de la presente Resolución Viceministerial, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 338-2015- MC, se aprobó la Directiva N° 003-2015-MC, “Directiva para la Declaratoria de las Manifestaciones de Patrimonio Cultural Inmaterial y de la Obra de Grandes Maestros, Sabios y Creadores como Patrimonio Cultural de la Nación y Declaratoria de Interés Cultural”, en la que se establecen los lineamientos y normas para la tramitación del expediente de declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial, correspondiendo al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales declarar las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación; así como su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”; Con la visación de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Dirección de Patrimonio Inmaterial y, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo N° 011-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva N° 003-2015-MC, aprobada por la Resolución Ministerial Nº 338-2015-MC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la expresión cultural Unu Juez de Antabamba - Wanso Qocha, por ser un importante y arraigado sistema organizativo de autoridades y normativas tradicionales que establecen, desde tiempos ancestrales, la gestión sostenible del agua y cuyas prácticas rituales y musicales asociadas vigorizan los vínculos entre la población, la naturaleza, y las deidades tutelares locales, constituyendo relaciones armónicas que contribuyen al cuidado del medio ambiente y a la salvaguardia de la cultura local. Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Patrimonio Inmaterial, en coordinación con la Dirección Desconcentrada de Cultura de Apurímac y la comunidad de portadores, la elaboración cada cinco años de un informe detallado sobre el estado de la expresión declarada, de modo que el registro institucional pueda ser actualizado en cuanto a los cambios producidos en la manifestación, los riesgos que pudiesen surgir en su vigencia, y otros aspectos relevantes, a efectos de realizar el seguimiento institucional de su desenvolvimiento y salvaguardia, de ser el caso. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), conjuntamente con los Informes N° 000535-2022-DPI/MC y N° 000003-2022-DPI-HCC/MC. Artículo 4.- Notifi car la presente resolución, los Informes N° 000535-2022-DPI/MC y N° 000003-2022-DPI-HCC/MC, a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Apurímac y a la Municipalidad Provincial de Antabamba, para los fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JANIE MARILE GOMEZ GUERRERO Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 2096448-1 DEFENSA Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a la República Italiana, en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0773-2022-DE Lima, 16 de agosto de 2022 VISTOS: El O fi cio Nº 3318/52 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el O fi cio N° 01462-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01260-2022-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, con O fi cio N° 014/52, el Agregado de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en la República Italiana remite, a la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú, el Comunicado del Estado Mayor de Defensa de Italia – Departamento de Información y Seguridad, con el cual se hace de conocimiento que el Jefe del Estado Mayor de Defensa de Italia ha aprobado la admisión para el personal militar extranjero a los cursos del año académico 2022-2023, entre ellos, el 25° Curso Superior de Estado Mayor Interfuerzas (ISSMI), a realizarse en el Centro de Altos Estudios para la Defensa Nacional (CASD), ubicado en la ciudad de Roma, República Italiana; Que, mediante correo electrónico del 9 de marzo de 2022, el Agregado de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en la República Italiana informa que la fecha de inicio del curso será el 1 de setiembre de 2022 y la fecha de término será el 30 de junio de 2023; asimismo, señala que solo incluye el bene fi cio del pago del curso académico, mas no los gastos de pasajes, compensaciones ni seguros para el O fi cial Superior participante; Que, a través del O fi cio N° 0650/52, el Director General de Educación de la Marina de Guerra del Perú remite, al Comandante General de la citada Institución Armada, el Acta N° 004-2022, mediante la cual la Junta de Selección designa al Capitán de Corbeta Víctor Hugo LINARES Gómez para participar en el citado curso, a realizarse en la República Italiana, debido a que cumple con los requisitos requeridos para participar en el citado curso; Que, con O fi cio N° 2466/52, el Secretario del Comandante General de la Marina hace de conocimiento, al Agregado de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en la República Italiana, la designación del Capitán de Corbeta Víctor Hugo LINARES GÓMEZ para participar en