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120 NORMAS LEGALES Viernes 19 de agosto de 2022 El Peruano / concurrente, fi scalización y control posterior por los órganos y organismos correspondientes; precisando que la documentación se deriva y recepciona de manera virtual mediante el Sistema de Gestión Documentaria del Gobierno Regional de La Libertad; El Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú; Ley Orgánica de Gobierno Regionales Ley Nº27867 y sus modi fi catorias; y los Artículos 23º y 64º del Reglamento Interno del Consejo Regional La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional Nº005-2010-GR-LL/CR; demás normas complementarias, ACORDÓ POR MAYORÍA ; Artículo Primero.- APROBAR; la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Trujillo, hasta por la suma de S/. 2, 300,000.00 (DOS MILLONES TRESCIENTOS MIL CON 00/100 SOLES), destinados al co fi nanciamiento de la ejecución del proyecto, con CUI: 2516367 DENOMINADO MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO EN LA INSTITUCION EDUCATIVA INICIAL Nº1685 MARIA INMACULADA EN LA URB. MOCHICA DISTRITO DE TRUJILLO - PROVINCIA DE TRUJILLO - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD” ; los cuales no podrán ser destinados a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artlículo Segundo.- AUTORIZAR al Gobernador del Gobierno Regional La Libertad, la suscripción del Convenio respectivo, conforme a lo determinado en el inciso l) del numeral 16.1 del Artículo 16º de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, así como disponer las acciones necesarias para la transferencia fi nanciera autorizada en el artículo precedente. Artículo Tercero.- DESIGNAR al Gerente Regional de Infraestructura, bajo responsabilidad, del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales son entregados los recursos que comprende la Transferencia Financiera que se aprueba en el artículo Primero del presente Acuerdo Regional. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional la supervisión para el adecuado uso de los recursos fi nancieros del Estado, bajo responsabilidad; y, poner en conocimiento al OCI del Gobierno Regional de La Libertad para efectos del control concurrente a la ejecución del Proyecto detallado en el artículo primero del presente Acuerdo Regional. Artículo Quinto.- DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional en el Diario O fi cial El Peruano y a través del portal electrónico del Gobierno Regional de La Libertad. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.GONZALO ALFREDO RODRIGUEZ ESPEJO Presidente del Consejo Regional 2096826-1 GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA Concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados durante los meses de mayo y junio del año 2022 RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL Nº 091-2022-DREM.M/GRM Moquegua, 14 de julio del 2022VISTOS:El expediente del derecho minero “MARI CIELO” con código Nº 68-00027-21, “CAMS I” con código Nº 68-00016-21, “JOBEN I” con código Nº 68-00019-21, “DIABLO FUERTE 92” con código Nº 68-00008-18, “MIGUELITOS” con código Nº 68-00033-21, “CAMINITO AL CIELO” con código Nº 68-00032-21, “DIABLO FUERTE 35” con código Nº 68-00025-19; el Informe Legal Nº 168-2022-CPLCH-UTNCM/DREM.M/GRM emitido por la Asesora Legal de la Unidad Técnica Normativa del Área de Concesiones Mineras; y, CONSIDERANDO:Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, concordante con la Ley Nº 27867 y su modi fi catoria Ley Nº 27902, los Gobiernos Regionales emanan de voluntad popular y son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, dispone que los Gobiernos Regionales ejercerán funciones especí fi cas, las mismas que se formularán en concordancia con las políticas nacionales encontrándose entre ellas, asumir las funciones en materia de minas; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 009-2008- MEM/DM, se declara que el Gobierno Regional de Moquegua, entre otros, ha concluido el proceso de transferencia de funciones en materia de energía y minas; Que, el inciso f) del Artículo 19º del Decreto Supremo Nº 020-2020-EM, el cual aprueba el Reglamento de Procedimientos Mineros, establece que es función de los Gobiernos Regionales “Otorgar el título de las concesiones mineras”; y, en su inciso n) señala que “Publicar en el Diario O fi cial El Peruano la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubiera aprobado el mes anterior”; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-92-EM, en su Artículo 124º establece textualmente que “Mensualmente, el Registro Público de Minería publicará en el Diario O fi cial “El Peruano” la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieren sido aprobados el mes anterior”; y, en concordancia con el Artículo 38º del Decreto Supremo Nº 020-2020-EM señala que “(…) el Gobierno Regional competente…publica en el Diario O fi cial “El Peruano” la relación de las concesiones mineras cuyos títulos hubieren sido otorgados durante el mes(…)”; Que, revisados los expedientes administrativos de los derechos mineros “MARI CIELO” con código Nº 68-00027-21, “CAMS I” con código Nº 68-00016-21, “JOBEN I” con código Nº 68-00019-21, “DIABLO FUERTE 92” con código Nº 68-00008-18, “MIGUELITOS” con código Nº 68-00033-21, “CAMINITO AL CIELO” con código Nº 68-00032-21 y “DIABLO FUERTE 35” con código Nº 68-00025-19; se advierte la existencia de títulos mineros otorgados en los meses de MAYO y JUNIO del presente año; por lo que, corresponde realizar su publicación, en vías de regularización, en el diario o fi cial “El Peruano” ello conforme lo prevé el Artículo 38º del Decreto Supremo Nº 020-2020-EM y demás normativa invocada; Que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la descentralización; Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la Resolución Ejecutiva Regional Nº 009-2019-GR/MOQ de fecha 02 de Enero del 2019 concordante con la Resolución Ejecutiva Regional Nº 396-2021-GR/MOQ de fecha 27 de Octubre del 2021; y, asumiendo competencia el Gobierno Regional de Moquegua conforme a la Resolución Ministerial Nº 009-2008-MEM/DM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- PUBLÍQUESE, en vías de regularización, en el Diario O fi cial “El Peruano” las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados durante los meses de MAYO y JUNIO del año 2022, por la Dirección Regional de Energía y Minas Moquegua, ello conforme lo prevé el Artículo 38º del Decreto Supremo Nº 020-2020-EM, conforme al siguiente detalle: 1) Concesión Minera “MARI CIELO” con código Nº 68-00027-21, titular Representaciones R&V Asociados S.A.C., coordenadas UTM WGS84 V1:N8095 000.00 E300 000.00 V2: N8094 000.00 E300 000.00 V3: N8094 000.00 E299 000.00 V4: N8095 000.00 E299 000.00, título R.D.R. Nº 089-2022-DREM.M/GRM en fecha 25/05/2022; 2) “CAMS I” con código Nº 68-00016-21, titular Carlos Alberto Manchego Salazar, coordenadas UTM WGS84 V1:N8082