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112 NORMAS LEGALES Viernes 19 de agosto de 2022 El Peruano / alguna”; lo antes mencionado tendría sustento en que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual, se tiene que la provisionalidad de los fi scales es de naturaleza temporal, sujeta a la facultad discrecional que tiene la titular de la Institución. Que, la Fiscal de la Nación como titular de la Institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, como parte de su política de gestión, y considerando que la vigencia de los nombramientos y designaciones de los magistrados provisionales no deben extenderse inde fi nidamente en el tiempo más aún si se tiene en cuenta que los nombramientos provisionales deben constituir una situación de excepción y no la regla; se hace oportuno, previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo mencionado en el primer párrafo, los mismos que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el término del presente ejercicio fi scal, esto es el 31 de diciembre de 2022, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado Edilberto Sebastián Choque Gonzáles, Fiscal Provincial Titular de Familia de Arequipa, Distrito Fiscal de Arequipa, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial de Familia de Arequipa, así como la adecuación de la misma, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 1208-2019-MP-FN y 135-2021-MP-FN, de fechas 30 de mayo de 2019 y 29 de enero de 2021, respectivamente. Artículo Segundo.- Nombrar al abogado Edilberto Sebastián Choque Gonzáles, como Fiscal Adjunto Superior Provisional del Distrito Fiscal de Arequipa, designándolo en el Despacho de la O fi cina Desconcentrada de Control Interno de Arequipa, con retención de su cargo de carrera. Artículo Tercero.- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2022, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Fiscalía Suprema de Control Interno, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Arequipa, O fi cina Desconcentrada de Control Interno de Arequipa, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al fi scal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2097167-1 Nombran Fiscal Superior Provisional del Distrito Fiscal de Arequipa, designándola en el Despacho de la Primera Fiscalía Superior Penal de Liquidación de Arequipa RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1767-2022-MP-FN Lima, 18 de agosto de 2022VISTO Y CONSIDERANDO: El o fi cio Nº 1783-2022-MP-FN-PJFSAREQUIPA, cursado por el abogado Freddy Santiago Irigoyen Díaz, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Arequipa, mediante el cual eleva las propuestas para cubrir la plaza de Fiscal Superior para el Despacho de la Primera Fiscalía Superior Penal de Liquidación de Arequipa, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante. Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con Enfoque de Gestión por Resultados, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fi scales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal. Que, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “suplencia o provisionalidad, como tal constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; lo antes mencionado tendría sustento en que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual, se tiene que la provisionalidad de los fi scales es de naturaleza temporal, sujeta a la facultad discrecional que tiene la titular de la Institución. Que, la Fiscal de la Nación como titular de la Institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, como parte de su política de gestión, y considerando que la vigencia de los nombramientos y designaciones de los magistrados provisionales no deben extenderse inde fi nidamente en el tiempo más aún si se tiene en cuenta que los nombramientos provisionales deben constituir una situación de excepción y no la regla; se hace oportuno, previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo mencionado en el segundo párrafo, los mismos que tendrían vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el término del presente ejercicio fi scal, esto es el 31 de diciembre de 2022, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal, o se presente algún supuesto que amerite su conclusión, de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la abogada María Leonor Lazo Rodríguez, Fiscal Adjunta Superior Titular Penal de Arequipa, Distrito Fiscal de Arequipa, en el Despacho de la Primera Fiscalía Superior Penal de Liquidación de Arequipa, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 489-2021-MP- FN, de fecha 06 de abril de 2021. Artículo Segundo.- Nombrar a la abogada María Leonor Lazo Rodríguez, como Fiscal Superior Provisional del Distrito Fiscal de Arequipa, designándola en el Despacho de la Primera Fiscalía Superior Penal de Liquidación de Arequipa, con retención de su cargo de carrera. Artículo Tercero.- Disponer que el nombramiento y designación de manera temporal señalados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2022, en mérito a lo dispuesto en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal, o se presente algún supuesto que amerite su conclusión, de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Arequipa, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la fi scal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2097170-1