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118 NORMAS LEGALES Viernes 19 de agosto de 2022 El Peruano / lado, un aproximado de 250 comerciantes ambulantes oferta una diversidad de productos entre ellos (golosinas, dulces, bebidas, juguetes, helados, etc), tanto al interior como el exterior de la Ramada Cajamarquina. A ellos, se suman las numerosas familias que residen en el trayecto, donde preparan comida y ofertan bebidas, además de habilitar sus terrenos agrícolas como cocheras, lo cual les deja signi fi cativos ingresos. De la misma manera, se bene fi cian en un buen número de taxistas, microbuseros y conductores de combis quienes prestan servicios en esa ruta, aprovechando la enorme afl uencia de público. Asimismo, en lo que va de esta celebración y por gestiones de la familia Carrera Dávila, se ha logrado el asfaltado de un importante tramo de la vía Laredo-Conache y Santo Domingo, y la construcción de una Posta Médica. Todo ello suma para que los terrenos se hayan revalorado signi fi cativamente en esta zona, despertando el interés de algunos empresarios que han desarrollado proyectos habitacionales (Villas y Residenciales de campo), caracterizando a Conache como zona de reposo; Que, este Proyecto de Ordenanza Regional, ha sido elaborado por el Consejero Regional por la Provincia de Ascope, Señor Greco Vladimir Quiroz Díaz, en coordinación con el Señor José Nicolás Carrera Dávila, la Familia Carrera Dávila y pobladores del Centro Poblado de Conache, quienes solicitan que se proclame al Carnaval de Conache, como evento con potencial para el desarrollo turístico en la Región La Libertad; con la fi nalidad de difundir, promover el turismo y el desarrollo sostenible de dicho Centro Poblado y por ende del distrito de Laredo; Que, estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales en su Artículo 38º, el Consejo Regional del Gobierno Regional de la Libertad, ha emitido la siguiente: HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- PROCLAMAR al Carnaval de Conache, del Centro Poblado de Conache, Distrito de Laredo, Provincia de Trujillo, como Evento con Potencial para el Desarrollo Turístico en la Región La Libertad. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Comercio Exterior, Turismo y Artesanía del Gobierno Regional La Libertad, apoyar y coordinar con los organizadores del Carnaval de Conache, a fi n de que este evento único en el norte del país, sea un éxito a nivel local, regional, nacional e internacional. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Comercio Exterior, Turismo y Artesanía del Gobierno Regional La Libertad, gestionar la inclusión en el Calendario Turístico Regional que difunde el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo-MINCETUR a través de PROMPERU, el Carnaval de Conache, del Centro Poblado de Conache, Distrito de Laredo, Provincia de Trujillo, Región La Libertad. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” y en Portal Electrónico de la Región La Libertad. POR TANTO:Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional La Libertad para su promulgación En Trujillo, a los 7 días del mes de julio del año dos mil veintidós. GONZALO ALFREDO RODRIGUEZ ESPEJO Presidente del Consejo RegionalGobierno Regional La Libertad AL SEÑOR GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional, a los tres días del mes de agosto del año dos mil veintidós. MANUEL FELIPE LLEMPEN CORONEL Gobernador Regional 2096756-1 Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Trujillo, destinado al cofinanciamiento de ejecución de proyecto ACUERDO REGIONAL Nº 000105-2022-GR-LL/CR Trujillo, 26 de julio de 2022 APROBAR LA TRANSFERENCIA FINANCIERA A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO, HASTA POR LA SUMA DE S/. 2, 300,000.00 (DOS MILLONES TRESCIENTOS MIL CON 00/100 SOLES), DESTINADOS AL COFINANCIAMIENTO DE LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO, CON CUI: 2516367 DENOMINADO MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO EN LA INSTITUCION EDUCATIVA INICIAL Nº1685 MARIA INMACULADA EN LA URB. MOCHICA DISTRITO DE TRUJILLO - PROVINCIA DE TRUJILLO - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD”. El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en su Sesión Extraordinaria virtual de fecha 21 de julio del 2022 VISTO Y DEBATIDO el O fi cio Nº 076-2022-GRLL-CR/COMPLAN, suscrito por el Presidente de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Santos Nicolás Vásquez Ibáñez, que contiene el Dictamen Nº 055-2022-GRLL-CR/COMPLAN, recaído en el Proyecto de Acuerdo Regional relativo a APROBAR la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Trujillo, hasta por la suma de S/. 2, 300,000.00 (DOS MILLONES TRESCIENTOS MIL CON 00/100 SOLES), destinados al co fi nanciamiento de la ejecución del proyecto, con CUI: 2516367 DENOMINADO MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO EN LA INSTITUCION EDUCATIVA INICIAL Nº1685 MARIA INMACULADA EN LA URB. MOCHICA DISTRITO DE TRUJILLO - PROVINCIA DE TRUJILLO - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD”; y, CONSIDERANDO:Que, conforme a lo establecido en el artículo 191º de la Constitución Política del Estado y artículo 2º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modi fi catorias, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, los literales a) y d) del Artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Consejo Regional aprobar y modi fi car o derogar las normas que regulen y reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional y aprobar los Estados fi nancieros y Presupuestarios; Que, es competencia del Gobierno Regional de La Libertad, emitir Acuerdos Regionales, conforme a lo prescrito en el artículo 39º de la Ley Nº 27867, que señala: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)”; Que, el literal l) del numeral 16.1 del Artículo 16º de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, respecto a las transferencias fi nancieras permitidas durante el Año Fiscal 2022 autoriza de manera excepcional, las transferencias necesarias para el fi nanciamiento y co fi nanciamiento de las inversiones en