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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (19/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 109

109 NORMAS LEGALES Viernes 19 de agosto de 2022 El Peruano / Penal Especializada en Delitos Aduaneros y Contra la Propiedad Intelectual de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia del Ministerio Público con competencia nacional. Artículo Sexto.- Precisar que la presente resolución tenga vigencia a partir del 11 de agosto de 2022. Artículo Séptimo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia del Ministerio Público con competencia nacional, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los fi scales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2097159-1 Nombran Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de la Selva Central, designándolo en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Satipo RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1762-2022-MP-FN Lima, 18 de agosto de 2022VISTO Y CONSIDERANDO:Que, con o fi cios Nros. 841 y 955-2022-MP-FN- PJFSSELVACENTRAL e Informe Nº 11-2022-MP-FN-PJFSSELVACENTRAL, cursados por los abogados Janet Rossana Almeyda Escobar, Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de la Selva Central, mediante los cuales formula propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial para el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Satipo, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante. En consecuencia, se hace necesario nombrar al fi scal que provisionalmente ocupe dicho cargo, previa veri fi cación de los requisitos de ley. Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con Enfoque de Gestión por Resultados, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fi scales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal. Que, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “suplencia o provisionalidad, como tal constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; lo antes mencionado tendría sustento en que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual, se tiene que la provisionalidad de los fi scales es de naturaleza temporal, sujeta a la facultad discrecional que tiene la titular de la Institución. Que, la Fiscal de la Nación como titular de la Institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, como parte de su política de gestión, y considerando que la vigencia de los nombramientos y designaciones de los magistrados provisionales no deben extenderse inde fi nidamente en el tiempo más aún si se tiene en cuenta que los nombramientos provisionales deben constituir una situación de excepción y no la regla; se hace oportuno, previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo mencionado en el primer párrafo, los mismos que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el término del presente ejercicio fi scal, esto es el 31 de diciembre de 2022, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar al abogado Darwin Petrovich Tarazona Mena, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de la Selva Central, designándolo en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Satipo, con reserva de su plaza de origen. Artículo Segundo.- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2022, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de la Selva Central, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al fi scal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2097161-1 Nombran Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en el Despacho de la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 1763-2022-MP-FN Lima, 18 de agosto de 2022 VISTO Y CONSIDERANDO: El o fi cio Nº 9960-2022-MP-FN-GG-OGPOHU-OAPH, cursado por el señor Jorge Martín Ugaz Argote, Gerente de la Ofi cina de Administración de Potencial Humano, a través del cual informa respecto a la disponibilidad presupuestaria y los códigos AIRSHP, con los que cuentan, entre otros, una (01) plaza de Fiscal Adjunto Provincial, perteneciente a la Unidad Ejecutora Nº 02 - Gerencia General, por el periodo de agosto a diciembre de 2022. Que, con o fi cios Nros. 5041 y 5369-2022-FSCN- FISLAA-MP-FN, cursados por el abogado Rafael Ernesto Vela Barba, Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos, se hace de conocimiento que en el Despacho de la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos, se requiere la designación de un (01) Fiscal Adjunto Provincial, con la fi nalidad que pueda apoyar en el conocimiento de carpetas en trámite y no afectar la operatividad y funcionalidad del mencionado despacho fi scal, para lo cual remite la propuesta respectiva. Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con Enfoque de Gestión por Resultados, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fi scales provisionales