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17 NORMAS LEGALES Sábado 27 de agosto de 2022 El Peruano / Que, el literal a) del artículo 9 de la Ley Nº 28044 señala que la educación peruana tiene entre sus fi nes formar personas capaces de lograr su realización ética, intelectual, artística, cultural, afectiva, física, espiritual y religiosa promoviendo la formación y la consolidación de su identidad y autoestima, y su integración adecuada y crítica a la sociedad para el ejercicio de su ciudadanía en armonía con su entorno, así como el desarrollo de su capacidad y habilidad para vincular su vida con el mundo del trabajo y para afrontar los incesantes cambios en la sociedad y el conocimiento; Que, asimismo, de acuerdo con lo dispuesto por el literal f) del artículo 21 de la Ley General de Educación, modi fi cado por el artículo 6 de la Ley Nº 30432, Ley que promueve y garantiza la práctica del deporte y la educación física en los diferentes niveles de la educación básica pública; el Estado tiene, entre otras funciones, la de garantizar la obligatoriedad de la enseñanza de la educación física y de la práctica del deporte, incluyendo la recreación, dentro de los diversos estamentos de la educación básica del país, así como orientar y articular los aprendizajes generados dentro y fuera de las instituciones educativas con la fi nalidad de prevenir situaciones de riesgo de los estudiantes; Que, el artículo 1 de la Ley Nº 30432, Ley que promueve y garantiza la práctica del deporte y la educación física en los diferentes niveles de la educación básica pública, declara de necesidad pública y preferente interés nacional la práctica del deporte y la educación física en los diferentes niveles de la educación básica pública del país, con la fi nalidad de promover los niveles de salud adecuados en la población, disminuir la incidencia de enfermedades crónicas entre los niños, adolescentes y jóvenes, así como combatir el sedentarismo y la obesidad; Que, bajo dicho marco normativo, la Dirección General de Educación Básica Regular remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica los Informes Nº 00412-2022-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DEFID y Nº 00559-2022-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DEFID, elaborados por la Dirección de Educación Física y Deporte, que sustentan la necesidad de aprobar los “Lineamientos para la implementación de la estrategia Juego, aprendo y me siento saludable”, que tiene por objeto establecer orientaciones para la implementación de la estrategia “Juego, aprendo y me siento saludable” en las instituciones educativas públicas de la Educación Básica Regular, con el propósito de contribuir al fortalecimiento del bienestar socioemocional y físico, así como al desarrollo de las competencias de las y los estudiantes; Que, a través del Informe Nº 01321-2022-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, emitió opinión favorable señalando que la propuesta se encuentra alineada a los documentos de plani fi cación estratégica e institucional del sector; y en materia presupuestal, su implementación no irrogará gastos adicionales al Pliego 010: Ministerio de Educación ni a las instancias de gestión educativa involucradas; Que, por el Informe Nº 00997-2022-MINEDU/SG- OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emitió opinión favorable a la propuesta, sugiriendo proseguir el trámite correspondiente para su aprobación; De conformidad con la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; el Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-ED y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar los “Lineamientos para la implementación de la estrategia Juego, aprendo y me siento saludable”, que como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Educación Física y Deporte de la Dirección General de Educación Básica Regular, a las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces, a las Unidades de Gestión Educativa Local y a las Instituciones Educativas, en el marco de sus competencias, el cumplimiento de la implementación de la estrategia “Juego, aprendo y me siento saludable”, señalada en el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 3.- Encargar a la Dirección de Educación Física y Deporte de la Dirección General de Educación Básica Regular, la difusión y promoción de la estrategia “Juego, aprendo y me siento saludable”, señalada en el artículo 1 de la presente Resolución, a través del portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu) y en las redes sociales o fi ciales del Ministerio de Educación. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER ALBERTO HERNÁNDEZ ALCÁNTARA Viceministro de Gestión Pedagógica 2100016-1 INTERIOR Dan por concluida la designación de Comandante General de la Policía Nacional del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 132-2022-IN Lima, 26 de agosto de 2022CONSIDERANDO:Que, el artículo 167 de la Constitución Política del Perú, establece que el Presidente de la República es el Jefe Supremo de la Policía Nacional; Que, el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú establece que el Comandante General de la Policía Nacional del Perú es designado por el Presidente de la República; Que, el Teniente General de la Policía Nacional del Perú LUIS ALBERTO VERA LLERENA, fue designado al cargo de Comandante General de la Policía Nacional del Perú mediante Resolución Suprema N° 100-2022-IN; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú. SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida la designación del Teniente General de la Policía Nacional del Perú LUIS ALBERTO VERA LLERENA, al cargo de Comandante General de la Policía Nacional del Perú, y pasarlo de la situación policial de actividad a la situación policial de retiro. Artículo 2.- Agradecer al Teniente General de la Policía Nacional del Perú LUIS ALBERTO VERA LLERENA, por los servicios prestados a la Policía Nacional del Perú y a la Nación. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República WILLY ARTURO HUERTA OLIVAS Ministro del Interior 2100144-1